Tag: Justicia

  • Juez de Concordia, propuesto por Milei como Defensor de Víctimas de Entre Ríos – Noticias

    Juez de Concordia, propuesto por Milei como Defensor de Víctimas de Entre Ríos – Noticias

    Juan Ignacio Lazzáneo, actual juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Concordia, fue propuesto por el presidente Javier Milei como nuevo Defensor Público de las Víctimas en Entre Ríos.

    La Ley N° 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, sancionada en Argentina en 2017, creó un marco legal para proteger, asistir y asegurar el acceso a la justicia de las víctimas de delitos. En ese marco, la función del Defensor Público de la Víctima apunta a la asistencia técnica y patrocinio jurídico de las víctimas de delitos en procesos penales, en atención a la especial gravedad. Hasta el momento, esa figura no estaba cubierta en la Provincia.

    La novedad se conoció en el Boletín Oficial de Entre Ríos de este miércoles, que publica que la Secretaría Parlamentaria del Senado de la Nación comunicó el ingreso del mensaje del Poder Ejecutivo Nacional en el que solicita prestar acuerdo para la designación de Lazzáneo como Defensor Público de Víctimas en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa de la Nación.

    La audiencia pública se llevará a cabo el 14 de mayo, a las 11, en el Salón Arturo Illia del Senado de la Nación, y el plazo para presentar preguntas y formular observaciones a las calidades y méritos será desde el 17 hasta el 23 de abril.

    “En el marco del concurso N° 212 convocado por el Ministerio Público de la Defensa para cubrir el cargo de Defensor Público de la Víctima en Entre Ríos, el orden de mérito quedó así: 1) María de las Mercedes Esquivel; 2) Juan Ignacio Lazzáneo; 3) Walkyria Magalí Bértoli; y 4) Eugenio Nicolás Bolotner”, indica el pedido.

    El Ministerio Público de la Defensa elevó en noviembre de 2025 al Poder Ejecutivo Nacional la terna conformada por María de las Mercedes Esquivel, quien lideró el orden de mérito, seguida por Juan Ignacio Lazaneo y Walkyria Magalí Bértoli.

    Lazzáneo había sido designado juez de Ejecución de Penas de Concordia en 2021, cuando Martín Cabonell -padre de su esposa, Mariana Carbonell, funcionaria judicial en el ámbito del Ministerio de la Defensa- presidía el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

    La elección del nombre de Lazzaneo fue a propuesta de la Sala Penal del STJ. Al momento de su designación como juez tenía 36 años. Obtuvo el título de abogado en 2012 en la Universidad Nacional del Litoral. Ingresó al Poder Judicial como escribiente en la Defensoría General desde 2010 a 2014; luego, fue designado como defensor público interino de Paraná, desde 2014 a 2018; más adelante, ocupó el mismo cargo de defensor público interino en Concordia, de 2018 a 2020. Ejerció la defensoría pública en materia de Ejecución Penal ante la Cámara de Casación de Concordia. El 17 de marzo de 2020 fue designado defensor en Gualeguaychú en materia de Ejecución de Penas.

  • Casación Penal declara la inconstitucionalidad de la reforma a Ley de Juicios por Jurados – Noticias

    Casación Penal declara la inconstitucionalidad de la reforma a Ley de Juicios por Jurados – Noticias

    La Cámara de Casación Penal de Concordia declaró la inconstitucionalidad de la ley Nº 11.222, que reformó el andamiaje legal del sistema de juicios por jurados en Entre Ríos y recortó su competencia.

    El pronunciamiento del tribunal se dio en el marco de la tramitación de una causa penal contra un hombre con domicilio en Concepción del Uruguay, a quien se acusó de haber abusado sexualmente de su hija desde que tenía 6 años de edad, “mediante tocamientos en sus partes íntimas durante el primer año, accediéndola carnalmente vía vaginal y anal a partir del año siguiente, en forma frecuente a lo largo de los años, siendo la última vez el día 26/03/2023, y cuando la chica contaba con 16 años”.

    El fiscal Eduardo Santo, de la Unidad Fiscal de La Histórica, pretendió que el caso sea juzgado por un juez técnico y no por un jurado popular. En primera instancia, el juez Fernando Martínez Uncal, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, rechazó el planteo del Ministerio Público Fiscal.

    Santo no estuvo de acuerdo con ese pronunciamiento y acudió ante Casación. Hizo notar “el desacierto del fallo en virtud de que el magistrado negara a aplicar las modificaciones introducidas por la ley Nº 11.222 a la Ley de Juicio por Jurados Nº 10.476”. Había planteado “la aplicación inmediata de la Ley Procesal en función de lo cual los acusadores entendieron que la reforma introducida en la normativa preceptuada -N° 11.222- estableció su consideración para todas las causas, excepto aquellas donde ya se hubiera ‘celebrado’ la audiencia prevista en el artículo 25 de la ley Nº 10.476, contraviniendo que existiera una suerte de derecho adquirido al régimen procesal específico”.

    Otro más de los argumentos del fiscal habló de “la disposición del legislador en cuanto al juzgamiento por jueces técnicos de los ilícitos contra la integridad sexual para garantizar celeridad y especialización”. Y aludió al “colpaso” del sistema de juicios por jurados, “lo que importa que las damnificadas deban esperar incluso hasta el 2030 para la elucidación de su denuncia, lo que les pareció discriminatorio y lesivo al acceso a la justicia”.

    El defensor de Casación, Sebastián Tito, observó que la Fiscalía “había partido de una premisa errónea, inexacta e infundada respecto a la mutación de la competencia de los juicios por jurados en función de la exclusión de delitos contra la integridad sexual” por cuanto el cambio en la legislación no implicó excluir los delitos contra la integridad sexual en el sistema de juicios por jurados, sino que el elemento condicionante es el monto de la pena.

    En su voto, la vocal de Casación María del Luján Giorgio tildó de “abstractos” los argumentos de acusación y defensa “en función de que la modificación legislativa importa una regresión constitucionalmente intolerable, conforme de seguido habré de explicitar, más allá de algunas puntuales consideraciones de las que entiendo no correspondería prescindir”.

    Giorgio sostuvo que a su criterio “sí es un derecho adquirido para los justiciables de Entre Ríos, máxime cuando se logró de manera objetiva, mediante discusión parlamentaria, previa consulta a distintos estamentos, y ha sido la reglamentación de una cláusula constitucional de larga data insatisfecha”. La reforma a la Ley de Juicios por Jurados, así, importó una “regresión” para el imputado, “la pérdida de aquella cobertura que exigía unanimidad para su declaración de responsabilidad, la irrecurribilidad del veredicto absolutorio”.

    Al postulado de Giorgio se adhirió el vocal Darío Perroud, con la disidencia de María Evangelina Bruzzo, que se inclinó por la constitucionalidad de la reforma a la Ley de Juicios por Jurados, y por eso mismo se pronunció por hacer lugar al recurso de casación de Fiscalía.

    Así, en voto dividido, la Casación de Concordia tildó de inconstitucional la reforma a la Ley de Juicios por Jurados.

  • Condenaron a prisión condicional a exfuncionario que reconoció haber recibido coimas – Noticias

    Condenaron a prisión condicional a exfuncionario que reconoció haber recibido coimas – Noticias

    En una sentencia dictada este lunes el juez del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio condenó al contador Luis Alfonso Erbes, exSubsecretario y Secretario de Presupuesto y Finanzas de la Provincia, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Erbes, conocido como “el Ruso”, fue hallado responsable de los delitos de cohecho pasivo, negociaciones incompatibles con la función pública y fraude a la administración pública. La condena se alcanzó mediante un acuerdo de juicio abreviado, en el cual el imputado reconoció su participación en una compleja trama de corrupción destinada a favorecer a la empresa Relevamientos Catastrales S.A. en diversas licitaciones de software.

    Erbes es el cuarto exfuncionario urribarista que reconoce haber recibido coimas durante las gestiones de Sergio Urribarri al frente de la provincia. El primero en quebrarse fue Guillermo Smaldone. Después le siguieron Miguel Ángel Ulrich y Humberto Flores. Todos hombres que se dieron la gran vida durante los años de gestión del urribarrismo en la provincia.

    A juicio llegarán solamente Urribarri su socio Cardona Herreros y Carlos Haidar (director de Informática). Todos pueden recibir penas de prisión efectiva.

    Detalles de la sanción y normas de conducta

    Además de la pena de prisión condicional y la inhabilitación de por vida, el tribunal impuso a Erbes una multa de 360.000 pesos por haber actuado con ánimo de lucro.

    Como parte de la condena, durante los próximos tres años, el exfuncionario deberá cumplir con las siguientes reglas: fijar domicilio en la ciudad de Paraná, realizar trabajos no remunerados en una institución de bien público por un total de 96 horas anuales y prohibición de realizar actos molestos hacia los testigos del caso.

    El juez Malvasio destacó en su fallo que la prueba cargosa fue “irrefutable” y que el accionar de Erbes causó un evidente perjuicio patrimonial al Estado Provincial, desnaturalizando la transparencia que debe regir en la contratación pública.

    Una mesa de negociaciones para el lucro ilícito

    Según la investigación liderada por los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, Erbes integró una “mesa de negociaciones” designada por el entonces gobernador Sergio Daniel Urribarri. El objetivo central era direccionar procesos licitatorios (como la Licitación Pública 01/08 y sus continuidades) para beneficiar al empresario Diego Armando Cardona Herreros, con quien los funcionarios mantenían una estrecha relación.

    Las fiscalía reveló que la provincia pagó sobreprecios de aproximadamente un 25% en cada contratación. Estos excedentes, identificados internamente por la empresa con la sigla “PLM”, eran distribuidos mensualmente entre los funcionarios intervinientes como contraprestación por sus gestiones.

    Pruebas contundentes: correos y planillas de “retornos”

    La evidencia recolectada incluyó correos electrónicos y planillas de Excel halladas en dispositivos secuestrados, donde figuraban los montos de las coimas. En una de estas planillas, se consignaba que un porcentaje del “PLM” (equivalente a más de 191.000 pesos en una etapa) estaba destinado a las siglas “ZUR RUS”, en referencia a los funcionarios Humberto Flores (“Zurdo”) y Erbes (“Ruso”).

    Además, se acreditó que Erbes recibió sumas fijas mensuales de 7.000 pesos y 20.000 pesos en diferentes contratos. A cambio de estos pagos, el exsecretario utilizaba su influencia para acelerar y priorizar pagos a la firma contratista y proporcionaba información privilegiada sobre los pliegos de condiciones.

  • Jueces dan un revés a Urribarri y Cardona Herreros en causa por supuesto enriquecimiento ilícito

    Jueces dan un revés a Urribarri y Cardona Herreros en causa por supuesto enriquecimiento ilícito

    El juez de Garantías Mariano Budasoff —a cargo de las audiencias sobre el pedido de elevación a juicio por presunto enriquecimiento ilícito contra el exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros— rechazó la mayor parte de los planteos defensivos.

    La decisión se conoció este miércoles, tras un extenso cuarto intermedio en un proceso que se inició a principios de marzo. En esa oportunidad, los defensores Miguel Cullen por Urribarri y José Velázquez e Ignacio Díaz por Cardona Herreros presentaron varios planteos vinculados al desarrollo de la investigación, a supuestas vulneraciones de derechos constitucionales y a pedidos de exclusión probatoria. En ese marco, el juez desestimó casi todos los reclamos.

    Para este jueves, cuando se reanuden las audiencias, quedaron pendientes de resolución sólo dos planteos. Luego, los defensores podrán responder la decisión del juez y, si lo consideran, impugnarla ante instancias superiores.

    Al inicio de las audiencias, los letrados expusieron argumentos similares a los que vienen sosteniendo en otras causas por presunta corrupción que involucran a exfuncionarios públicos y dirigentes políticos.

    En la audiencia oral de este miércoles estuvieron presentes los fiscales Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull y los defensores particulares de los imputados.

    El objetivo de esta etapa es debatir el requerimiento de elevación a juicio: una instancia intermedia que prepara el terreno para el juicio oral en el que se expondrá la investigación penal preparatoria y se juzgará la conducta de los imputados.

    Planteos que el juez rechazó

    Budasoff desestimó una serie de reclamos formulados durante la oralización del requerimiento de elevación a juicio. En lo relativo al proceso investigativo y a las garantías constitucionales, las defensas pidieron que se declare la “extinción de la acción penal”; que se disponga la “inconstitucionalidad de la acción” respecto de Cardona Herreros; que se establezca judicialmente que “se violaron los plazos razonables” en la causa; y que, en el caso de Cardona, se hayan afectado sus garantías por ser juzgado (según sus defensores) por los mismos hechos en expedientes distintos, es decir la causa por “coimas” y la investigación actual por presunto enriquecimiento ilícito. Todos estos pedidos fueron atendidos, analizados y rechazados por el juez.

    Extinción de la acción penal

    En cuanto al primero de los planteos, que implicaría el sobreseimiento de los imputados, las defensas sostuvieron que, una vez iniciada la acción penal, el Estado cuenta con los elementos para continuar la investigación y que ésta no puede suspenderse. Señalaron que en este expediente la pesquisa se detuvo mientras Urribarri desempeñó funciones públicas. “La investigación inició en 2015. Urribarri continuó en funciones hasta 2019, volvió a función pública en 2020 para ser embajador”, remarcó Budasoff. Además, recordó que esa cuestión ya fue discutida y resuelta en instancias anteriores.

    Inconstitucionalidad de la acción penal para Cardona Herreros.

    El defensor del empresario paraguayo pidió que se declare la inconstitucionalidad de la acción penal para su representado, argumentando que la suspensión de la acción penal no debía aplicarse en su caso, tal como sucedió con Urribarri por su condición de funcionario público. Budasoff rechazó ese planteo y sostuvo que la suspensión de la acción penal procede para todos los imputados de un mismo proceso, aun cuando no todos sean funcionarios públicos.

    Violación de plazos razonables

    Los defensores sostuvieron que se violaron los plazos razonables porque la causa lleva 11 años desde su apertura; afirmaron que la investigación debió desarrollarse en el menor tiempo posible; que la prolongación no fue provocada por sus propios planteos y que la pesquisa fiscal demoró ocho años. También consideraron que la pandemia no puede usarse como justificación de la demora. En este punto, el juez remarcó la complejidad del expediente como causa válida de la dilación: “Ni Urribarri ni Cardona sufrieron restricciones en su libertad ambulatoria. Recién en 2023 fueron convocados para defenderse. Si bien el legajo se abrió en 2015, esa circunstancia temporal no afectó el derecho de defensa de los imputados”, leyó de la resolución.

    Afectación de garantías non bis in idem

    Los defensores de Cardona plantearon, por último, una afectación al principio “non bis in ídem”, es decir que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho. Velázquez pidió que se sobresea a su representado por esa razón. Las defensas consideraron que la evidencia coincide en buena medida entre dos causas distintas: la que investiga presuntas coimas (que ya fue elevada a juicio e involucra a varios exfuncionarios) y la actual por presunto enriquecimiento ilícito. El juez rechazó el planteo en esta instancia, aunque no descartó que en etapas posteriores pueda reabrirse el debate sobre este punto. “Estos hechos son potencialmente complementarios, pero jurídicamente autónomos”, consideró.

    Planteos de exclusión probatoria

    En los primeros días de marzo también se presentaron pedidos de exclusión probatoria por parte de las defensas. Reclamaron que se aparten los informes periciales sobre dispositivos informáticos al sostener que quienes los realizaron eran bioingenieros y no ingenieros informáticos. Esa estrategia, utilizada por el abogado Ignacio Díaz desde lo que se conoció como el “megajuicio por corrupción” en 2021, volvió a repetirse en este expediente.

    El juez examinó el planteo y detalló cómo se llevó a cabo la extracción de los datos informáticos, cada vez que se solicitó autorización judicial para realizarla. Subrayó que los bioingenieros fueron las personas autorizadas para realizar la copia forense sobre la que se trabajó, y que contaban con habilitaciones otorgadas años antes del inicio de estas investigaciones para ese tipo de tareas.

    Las defensas también cuestionaron los protocolos de recolección de evidencias del Ministerio Público Fiscal y argumentaron que ello afectó la calidad de los datos recabados, una afirmación que el magistrado refutó.

    Finalmente, Budasoff profundizó sobre las incumbencias profesionales de los bioingenieros y objetó una concepción “rígida” de las tareas que pueden desarrollar los profesionales o la falta de matriculación en el Colegio de Ingenieros Informáticos. Sostuvo que eso “no hace a la validez” de la prueba producida ni del trabajo realizado por esos profesionales.

    “No se verifica afectación de las garantías procesales. Correspondiendo rechazar los planteos defensivos”, dijo Budasoff sobre el final de la audiencia, este mediodía.

    La causa

    En noviembre de 2023, el Ministerio Público Fiscal solicitó la remisión a juicio oral de la causa por enriquecimiento que involucra a Sergio Urribarri. El dos veces titular del Poder Ejecutivo ya fue condenado a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio; y tiene además pedido de remisión a juicio en una causa por coimas, con una solicitud de pena de 10 años de cárcel.

    Los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano remitieron la investigación por enriquecimiento con un pedido de condena para Urribarri de 5 años y 6 meses de prisión. Para el empresario Diego Armando Cardona Herreros, implicado en esa investigación, solicitaron 5 años de prisión de cumplimiento efectivo. En tanto, para Rubén Ángel Martínez pidieron 3 años de cumplimiento condicional. Sin embargo, Martínez —un jubilado de más de 70 años— quedó afuera del juicio oral en mayo de 2024, cuando el juez de Garantías Julián Vergara refrendó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba (probation) por un plazo de 3 años.

    A Urribarri se le imputa que no pudo justificar un aumento patrimonial de 7 millones de dólares, maniobras en las que, según la acusación, habría participado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamiento Catastrales SA, contratista del Estado entrerriano durante el urribarrismo, y en menor medida Martínez.

    A Martínez se le atribuyó que en 2011 adquirió un vehículo a su nombre y luego tramitó una tarjeta azul para que pudiera disponer de él uno de los hijos del exgobernador, Mauro Urribarri, y la esposa del exmandatario, Ana Lía Aguilera. Además, se le imputó que “colaboró” con el enriquecimiento al posibilitar el ingreso al país de obras de arte traídas de Europa con destino a los Urribarri.

  • Milei recibió a Mahiques y acordaron acelerar la reforma del Código Penal

    Milei recibió a Mahiques y acordaron acelerar la reforma del Código Penal

    Tras reunirse con el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques confirmó en su cuenta oficial de X que el Gobierno nacional redactará un nuevo Código Penal.

    El funcionario detalló: “Acabo de tener una reunión de trabajo con el Presidente Javier Milei en la que hemos decidido avanzar en la redacción de un nuevo Código Penal a la altura de los desafíos actuales. A su vez, en la transición hacia el momento en que tengamos el nuevo Código Penal, trabajaremos junto al Congreso de la Nación en el endurecimiento de penas, la armonización de las mismas y en la incorporación de nuevos delitos tales como: delitos migratorios, estafas piramidales, viuda negra, salideras y entraderas, motochorro, daño animal, armas en las cárceles, picadas y centralidad sobre las víctimas”, detalló el funcionario.

    Luego agregó: “También impulsaremos el agravamiento de la pena para: Casos de incumplimiento de deberes alimentarios; Trapitos; ⁠Grooming y abuso sexual infantil”.

    Según Noticias Argentinas, la reforma del Código Penal contempla más de 900 artículos, lo que dotaría a los magistrados de mayores herramientas y, en teoría, reduciría las posibles “arbitrariedades” al analizar cada causa.

    Cuando asumió su cargo, el pasado 5 de marzo, Mahiques escribió en su cuenta de X que “Argentina necesita una Justicia independiente de las disputas políticas, imparcial en sus decisiones, ágil en sus tiempos y moderna en sus herramientas; una institución que proteja a las víctimas, que no confunda garantías con impunidad y que reafirme, sin excepciones, que la ley se cumple para todos por igual”.

    La asunción de Juan Bautista Mahiques como nuevo ministro de Justicia

    El pasado 5 de marzo, el exfiscal general de la Ciudad de Buenos Aires Juan Bautista Mahiques reemplazó a Mariano Cúneo Libarona como nuevo ministro de Justicia y le agradeció a Milei “por la confianza para asumir esta responsabilidad. Su liderazgo ha sido claro al marcar el camino: sin justicia no hay futuro posible. Ese rumbo exige instituciones que funcionen con arreglo al Estado de Derecho y un sistema jurídico con reglas claras y estables, que reconstruya la confianza pública, brinde seguridad real y un marco previsible para quien cumple la ley”.

    También tuvo palabras para la hermana del mandatario: “Agradezco a Karina Milei, Secretaria General de la Presidencia, por su apoyo permanente y por la dedicación con la que conduce y fortalece al equipo político del Gobierno”.

    HM

  • Provincia implementará sistema algorítmico para proteger víctimas de violencia con despliegue gradual

    Provincia implementará sistema algorítmico para proteger víctimas de violencia con despliegue gradual

    El Poder Judicial puso en marcha en Paraná el Sistema Integral de Abordaje de las Violencias (SIAV), un mecanismo que se implementará de forma gradual en todas las localidades de Entre Ríos.

    Con el objetivo de ofrecer una respuesta más rápida y eficaz ante situaciones críticas, el Superior Tribunal de Justicia activó esta nueva herramienta para tramitar denuncias en el marco de la Ley de Violencia de Género y Violencia Familiar.

    Quienes necesiten o deseen presentar una denuncia o redenuncia en el marco de la ley podrán acudir a la Oficina de Violencia de Género (OVG), en calle La Paz 3 de la capital provincial, en el horario de 7 a 13. Allí un profesional recepcionará el caso y, a continuación, lo incorporará al Sistema Integral de Abordaje de las Violencias mediante una planilla de Predicción de Riesgo.

    Al momento de la denuncia también se completa, a través de un cuestionario de preguntas, una Planilla de Predicción de Riesgo. Este instrumento técnico permite a los profesionales evaluar de forma temprana los peligros actuales a los que se enfrenta la denunciante.

    Gracias a ese algoritmo de detección, la Justicia puede recomendar y disponer medidas de protección —como restricciones de acercamiento o botones de pánico— casi de manera inmediata, incorporándolas a las resoluciones judiciales cuando la magistratura lo considere pertinente.

    El SIAV es una herramienta diseñada por el máximo tribunal provincial con el fin de optimizar la respuesta ante los casos de violencia, en especial los de género, mediante la integración, organización y circulación segura de la información relevante entre las instituciones intervinientes.

    El proyecto nació de la necesidad de superar la fragmentación informativa entre organismos del Estado, un problema que dificulta garantizar la protección integral y oportuna de las víctimas.

    Según lo informado por el Servicio de Información y Comunicación del Poder Judicial, la eficacia de la herramienta quedó demostrada al ser premiada en el “Concurso de Innovación para la Justicia”, impulsado por el BID y JusLab, por el módulo de alojamiento desarrollado junto al equipo de la Startup Data Género.

    No obstante, es importante remarcar que el acceso a la justicia para las víctimas de violencia sigue garantizándose también a través de los organismos receptores: comisarías y Juzgados de familia, de Paz, fiscalías de toda la provincia y la OVG.

  • Imputan a dueños de la rotisería por el incendio en Victoria que causó dos muertes

    Imputan a dueños de la rotisería por el incendio en Victoria que causó dos muertes

    El proceso judicial por el incendio del 30 de diciembre de 2025 en la rotisería Costa Rica Fast Food de Victoria, donde murieron dos trabajadoras, registró un avance clave: el fiscal Eduardo Guaita imputó a Ramón Alberto Mansilla y a Verónica Bernachea por el delito de estrago doloso, luego de incorporarse al expediente la pericia técnica sobre las planchas y freidoras vinculadas al hecho.

    El anuncio lo hizo el representante de la querella, Agustín Greco, quien destacó que se trata de un paso “concreto y significativo en la búsqueda de justicia”, fruto de un trabajo persistente y comprometido. “Desde un primer momento venimos impulsando la imputación por estrago doloso”, dijo a AHORA el letrado.

    Además, el abogado informó que ya entregaron el pliego de preguntas para la intendenta de la ciudad, Isa Castagnino, y añadió que declaró la secretaria de Gobierno, Lucina Menescardi, quien se refirió al funcionamiento del área y a los controles que se realizan en la ciudad.

    Las víctimas

    El incendio causó la muerte de Agustina Magalí Cabrera, de 20 años y embarazada de cinco meses, y de Natalí Ayelén García, de 39 años y madre de dos niños. Días después se produjo el suicidio de Fabricio Mansilla, de 23 años, pareja de Cabrera, lo que profundizó la conmoción en la comunidad.

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    Natalí Ayelén García y Agustina Magalí Cabrera.

    Natalí Ayelén García y Agustina Magalí Cabrera.
    La investigación

    La fiscalía hizo lugar en forma parcial a los pedidos de la querella. Además de Mansilla y de Bernachea, está bajo análisis la responsabilidad de Yocelin Bernachea, hermana de Verónica y encargada del local. La investigación sigue en desarrollo y no se descarta la imputación de otras personas.

    Desde la querella destacan que este avance renueva la esperanza de las familias de las víctimas y reafirma que, aunque el camino hacia la justicia es complejo, el proceso está en marcha.

  • Defensa de Airaldi intenta frenar pericias a celulares secuestrados en la causa por presunto plan criminal

    Defensa de Airaldi intenta frenar pericias a celulares secuestrados en la causa por presunto plan criminal

    En la investigación por un supuesto plan para atentar contra altos funcionarios judiciales y políticos de Entre Ríos, la defensa de Leonardo Airaldi presentó recursos para declarar la nulidad del secuestro y de las pericias practicadas sobre tres teléfonos móviles incautados en la Unidad Penal 9.

    La abogada defensora Mariana Barbitta solicitó al juez federal Hernán Viri la nulidad del allanamiento efectuado el pasado viernes 20 de febrero, tras la denuncia de Daniel “Tavi” Celis. El recurso pretende impedir que la Justicia acceda a la información almacenada en los dispositivos, donde se buscan pruebas sobre las presuntas amenazas de muerte dirigidas al juez federal de Paraná, Leandro Ríos; al fiscal general José Ignacio Candioti; y al ministro de Seguridad provincial, Néstor Roncaglia.

    Rechazo judicial y recurso de queja

    El magistrado Hernán Viri rechazó en primera instancia el pedido de la defensa y luego denegó el recurso de apelación. Ante esa decisión, la abogada Barbitta presentó “en queja” el caso ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, cuyos integrantes deberán resolver en los próximos días si admiten el planteo o autorizan que la investigación prosiga con la apertura de los teléfonos.

    El caso plantea interrogantes en el ámbito judicial: si Airaldi sostiene no tener vinculación con los aparatos hallados en poder de otros internos y niega la existencia de un plan criminal, la estrategia de intentar bloquear el peritaje resulta, cuando menos, llamativa para los investigadores.

    Billeteras virtuales y transferencias sospechosas

    Según trascendió, las pericias técnicas están próximas a comenzar y la expectativa es alta. En al menos dos de los tres dispositivos habría elementos que comprometerían seriamente al productor agropecuario de Diamante. Además, se detectaron aplicaciones de billeteras virtuales con movimientos de dinero que podrían dar lugar a nuevas causas judiciales.

    Se habrían identificado:

    Transferencias bancarias por abultados montos, tanto en pesos como en dólares.

    Vínculos directos entre internos relacionados con el hecho investigado.

    Esta línea de investigación coincide con las recientes declaraciones del ministro Néstor Roncaglia, quien la semana pasada advirtió en el programa Cuestión de Fondo: “Va a haber una sorpresa; no fue una pelea entre presos”.

    Traslado y declaración indagatoria

    Mientras se resuelve el conflicto por los celulares, la situación procesal de Airaldi suma nuevos capítulos. El próximo martes, el imputado será trasladado desde el penal federal de Ezeiza a la ciudad de Paraná, donde deberá prestar declaración indagatoria en el marco del juicio oral y público que se le sigue por narcotráfico.

  • Condena condicional a peluquero por estafar con autos de patentes “mellizas” en Colón y La Histórica

    Condena condicional a peluquero por estafar con autos de patentes “mellizas” en Colón y La Histórica

    En un fallo dictado por Mariela Emilce Rojas, el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay condenó a un hombre identificado como DF, de 39 años, como autor penalmente responsable del delito de uso de documento público adulterado o falso.

    El primer hecho ocurrió en julio de 2012, cuando DF vendió una camioneta Ford EcoSport y entregó un formulario 08, una cédula de identificación y el título del automotor que resultaron ser falsos. La irregularidad fue advertida por el personal del Registro Nacional de la Propiedad Automotor Seccional Nº 2 de La Histórica cuando un gestor intentó tramitar la transferencia.

    El segundo caso, registrado en 2014, involucró a un Audi A1 Sportback vendido a través de la plataforma Mercado Libre. Meses después el comprador detectó la estafa, al recibir la notificación del Registro Automotor de Colón de que el dominio del vehículo era “mellizo” de otro radicado en la provincia de Buenos Aires. La investigación posterior determinó que el Audi vendido por DF tenía un pedido de secuestro vigente desde julio de 2014.

    La justicia acreditó la autoría de DF mediante pericias caligráficas minuciosas, que confirmaron que los documentos falsos y los boletos de compraventa habían sido confeccionados de puño y letra por el imputado. Asimismo, los informes técnicos revelaron que el título y la cédula del Audi eran reproducciones apócrifas impresas a chorro de tinta, que imitaban sellos y firmas de funcionarios registrales.

    Al no registrar antecedentes penales y haber reconocido voluntariamente su responsabilidad en los hechos, la jueza Rojas hizo lugar a la pena en ejecución condicional. DF, quien actualmente reside en la localidad bonaerense de El Palomar y se desempeña como peluquero a domicilio, deberá cumplir estrictas reglas de conducta, entre ellas fijar un domicilio permanente y someterse al control del Patronato de Liberados.

    Finalmente, el tribunal ordenó la destrucción de toda la documentación apócrifa secuestrada durante las investigaciones de ambos expedientes.

  • Juicio por abuso suspendido tras fuga del acusado, que además está buscado por un violento tiroteo

    Juicio por abuso suspendido tras fuga del acusado, que además está buscado por un violento tiroteo

    El juicio oral por una causa de abuso sexual que se llevaba adelante en los tribunales de Concepción del Uruguay fue suspendido y quedó en cuarto intermedio sin fecha, tras la ausencia del imputado, que se encuentra prófugo.

    El debate estaba a cargo del vocal de Cámara, doctor Mariano Martínez, y había comenzado la semana pasada. Llegado el tramo final —cuando debían realizarse los alegatos de cierre— se constató la falta del acusado, representado por el abogado Ernesto Figún.

    Ante esa situación, el magistrado ordenó la detención del imputado y libró una orden de captura para dar con su paradero.

    Según se informó, el hombre también es buscado en relación con un grave hecho ocurrido en una vivienda de la calle Antártida Argentina al 500, frente al parque La Loba, donde un hombre resultó herido de bala en el pecho.

    De acuerdo con la investigación, el ahora prófugo habría actuado en complicidad con otro individuo, de apellido Cáceres, quien permanece detenido a disposición del fiscal Eduardo Santo.

    La continuidad del juicio quedó supeditada a la localización y detención del acusado.