Ganancias: ARCA prorrogó la presentación de las declaraciones juradas y dio más tiempo para adaptarse a cambios normativos

Primer plano de una mano con un bolígrafo escribiendo en un formulario blanco y azul de ARCA Impuesto a las Ganancias.
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La presentación de las declaraciones juradas de Ganancias 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas podrá realizarse hasta el 30 de octubre. La extensión, que no modifica el plazo de pago, responde a reclamos del sector profesional ante los cambios normativos y la presión sobre el calendario fiscal.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 30 de octubre de 2026 el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025. La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

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La modificación quedó establecida en la Resolución General 5911/2026, publicada este 8 de octubre en el Boletín Oficial. La norma extiende un vencimiento que, tras sucesivas postergaciones, estaba fijado para el 13 de octubre.

La prórroga alcanza a la presentación, no al pago

La resolución dispone que las obligaciones de presentación podrán cumplirse de manera excepcional hasta fines de octubre. Sin embargo, el cambio no altera la fecha prevista para el ingreso del saldo resultante: el vencimiento de pago continúa fijado para el 27 de julio de 2026.

La diferencia entre ambos plazos resulta central para los contribuyentes alcanzados. La nueva fecha da margen para completar y enviar la información de la declaración jurada, pero no modifica el calendario establecido para la cancelación del impuesto.

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ARCA justificó la extensión por el impacto de la Ley 27.826, sancionada el 17 de septiembre, sobre la liquidación del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. El organismo señaló que la medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los sujetos comprendidos en el régimen.

ARCA afip

Los estudios contables reclamaban más tiempo para completar las declaraciones

La postergación responde además a los planteos de las entidades que representan a los profesionales de ciencias económicas. En su comunicación oficial, ARCA indicó que la decisión fue tomada en el marco del diálogo con esas organizaciones.

La necesidad de extender el calendario se acentuó por la incertidumbre sobre las normas que inciden en la liquidación de Ganancias del período 2025. Los profesionales debían definir cómo avanzar con las declaraciones en un escenario de cambios legislativos y a la espera de precisiones sobre su aplicación. Esa situación resultaba especialmente relevante para quienes evaluaban adherir al Régimen de Declaración Jurada Simplificada o podían quedar alcanzados por sus condiciones. Con el vencimiento de presentación previsto inicialmente para el 13 de octubre, los estudios contables reclamaban un plazo que permitiera revisar la información de cada contribuyente, adecuar los cálculos y evitar presentaciones apuradas. La nueva fecha hasta el 30 de octubre incorpora ese margen, aunque deja sin cambios el vencimiento para ingresar el saldo del impuesto.

El medio especializado Errepar señaló que la ampliación del calendario ofrece un alivio para contadores y contribuyentes, al habilitar un plazo adicional para confeccionar las presentaciones. Según ese análisis, la medida reduce la presión operativa de los estudios contables ante posibles inconsistencias y la concentración de vencimientos.

El nuevo cronograma también evita que la presentación de Ganancias quede condicionada por la espera de precisiones normativas que inciden en la determinación del tributo. En ese contexto, los profesionales habían advertido sobre la necesidad de contar con un margen adicional antes del cierre.

La caracterización como Pequeño Contribuyente pasa al 16 de noviembre

La Resolución General 5911/2026 también cambia la fecha para la ejecución del proceso sistémico de caracterización como Pequeño Contribuyente. El trámite, que había sido diferido hasta el 23 de octubre, pasará a realizarse el 16 de noviembre de 2026.

La norma entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial y modifica disposiciones de las resoluciones generales 5.851 y 5.902.

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