El hombre acusado de ser uno de los principales recaudadores de los fondos públicos desviados de la Legislatura de Entre Ríos con el mecanismo de los llamado contratos truchos, pasará 30 días en la Unidad Penal N° 1 de Paraná. La medida cautelar fue acordada por Alejandro Almada, asistido por el defensor Miguel Ángel Cullen, y el fiscal Ignacio Aramberry, y obedece al incumplimiento judicial de haberse ido a vivir a Misiones y Brasil en los últimos años, sin la autorización de la Justicia. Se despegó de las inversiones de Micaela Banegas en Foz do Iguazú al afirmar que está separado hace tres años.
El miércoles a la tarde, tras la solicitud del Ministerio Público Fiscal, la jueza de Garantías Marina Barbagelata libró el pedido de detención de Almada. Poco después, el hombre que se encontraba en Foz do Iguazú se enteró a través de familiares y se dirigió al puesto de la Gendarmería Nacional del Puente Tancredo Neves y quedó detenido. Lo trasladaron el viernes hacia la capital entrerriana.
La audiencia se realizó este sábado a las 16 en los Tribunales de Paraná. El fiscal Ignacio Aramberry adelantó al inicio de su exposición que se había acordado 30 días de prisión preventiva. Luego, se explayó en los fundamentos: “Estamos en un momento crítico de la causa, en el sentido de que está próxima a remitirse el caso a juicio. Es una etapa en donde el riesgo de fuga, en todos los casos, se intensifica exponencialmente en el sentido de la perspectiva de pena, que ya es más palpable que una mera hipótesis que se configuraría en los primeros momentos de la investigación, quizás. En este caso ya es más palpable la situación de la posible imposición de arte”, afirmó.
Aramberry señaló que el riesgo de fuga debía analizarse junto con un eventual entorpecimiento de la investigación. “De todas maneras, este riesgo de fuga debe computarse, entendemos, o debe analizarse de manera conglobante con lo que hemos afirmado acerca de un posible entorpecimiento de la causa en sí, en el sentido de la realización de negocios comerciales familiares fuera del país, infringiendo la inhibición general de bienes que pesaba fundamentalmente sobre el imputado y sobre su pareja”, expresó.
Sobre ese punto, agregó: “Buscar el quebranto a la inhibición general de bienes también debe ser advertido como un riesgo de entorpecimiento del proceso, en el sentido del posible recupero de activos, si es posible vincular que esos bienes tengan alguna relación con la causa investigada”.
El representante del Ministerio Público Fiscal también vinculó el domicilio declarado, en calle Los Ceibos de Paraná, con un indicio de fuga: “Entendemos que se configura en el caso la hipótesis contemplada en el artículo 66, segundo párrafo del Código Procesal Penal, esto es, cuando reza que la falsedad del domicilio real es considerada un indicio de fuga en el caso concreto”, manifestó.
Según expuso, esa situación implicó además el incumplimiento de las pautas fijadas en 2019: “Al verificarse este indicio de fuga y esta transgresión a las normas de conducta que le habían sido impuestas aquel 15 de marzo de 2019, vigentes hasta la revisión de la causa a juicio, entendemos que, desde que queda firme este acto por parte del magistrado, era mantener el domicilio denunciado en las diferentes actuaciones”, indicó.
El fiscal precisó que ese domicilio había sido ratificado por el acusado. “Un domicilio que fue ratificado en oportunidad del inicio de la audiencia de remisión del caso a juicio, donde se emitió una premisa firmada por el imputado, donde rezaba el domicilio de Los Ceibos como el domicilio real con vive en los efectos de la presente. La prohibición absoluta de modificarlo sin previo acuerdo en la fiscalía o autorización; lo que realmente no ha sucedido”, sostuvo.
Aramberry aseguró que el cambio no fue puesto a consideración de las autoridades: “La Fiscalía no ha tenido oportunidad de considerar que el imputado, denunciando un cambio de domicilio o sometiéndolo a consideración de la fiscalía o de la magistratura, podríamos haber considerado si era operativo o no. No tuvimos esa posibilidad”, afirmó.
Además, recordó otra de las restricciones impuestas: “Y, fundamentalmente, la prohibición B, que era la prohibición absoluta de ausentarse de la ciudad de Paraná sin previo acuerdo de la fiscalía o autorización judicial”.
“Esas son las pautas de conducta que entendemos que fueron infringidas por el imputado al falsear su situación de residencia”, remarcó el fiscal.
En esa línea, Aramberry consideró que la situación evidencia otra cuestión: “Esto exhibe cierta falta de arraigo real en la ciudad, en el lugar donde había constituido el domicilio para estar vinculado a la presente causa, y las facilidades, en este caso, para ocultarse”.
El fiscal relacionó ese escenario con los movimientos fronterizos y la estructura económica familiar en el exterior: “Constituye un riesgo probable: tiene facilidades para ausentarse, en el sentido de todas las veces que ha pasado las fronteras sin ningún tipo de impedimento para hacerlo. También, obviamente, de mantenerse oculto, más que nada en una zona de triple frontera, una zona donde tiene una estructura económica familiar fuera del país, montada precisamente para quebrantar esta inhibición general de bienes que le había sido impuesta en la presente causa”, afirmó.
Otro de los argumentos fue la expectativa de pena: “Para el diputado hemos pedido una pena de cumplimiento efectivo de 10 años de prisión, por lo cual entendemos que debe ser estimada para la contemplación de este riesgo de fuga”.
Aramberry repasó también la evolución de las medidas cautelares: “Cabe destacar que existe un quiebre del régimen de progresividad cautelar, en el sentido de que a los inicios de esta causa el imputado tuvo prisión preventiva. Posteriormente, se le concedió la libertad morigerada el 15 de marzo de 2019, de acuerdo con las reglas y normas de conducta impuestas”, explicó.
Según el fiscal, aquellas pautas “fueron quebrantadas de manera deliberada, al ocurrir todos estos cambios: básicamente, el cambio de residencia y los advertidos pasos fronterizos hacia Brasil”, sostuvo.
“Por esto entendemos que cualquier pauta o norma de conducta que esté emparentada con la autodisciplina del imputado no va a ser efectiva. A esto me refiero para fundar la intensidad de la prisión preventiva, como última coerción más gravosa dentro del régimen de cautelares, y con esto la afirmación de que se respetó un régimen de progresividad”, dijo.
Al referirse a las permanencias fuera del país, el fiscal enumeró estadías prolongadas de “295 días, 143 días, 66 días”. Como ejemplo, detalló uno de los registros migratorios y sostuvo que hubo un cambio en el centro de vida del acusado. “Por ejemplo, el primer año que egresa, después de las restricciones, el 25 de enero de 2020, lo hace a las 11:50 horas. Retorna el 23 de noviembre de 2020: 302 días y 21 horas. Prácticamente todo el 2020 estuvo en Brasil. Es un egreso y un retorno el 23 de noviembre de 2020. Cuando hablo del período 2020-2023, hablo de un período de tiempo en donde se registraron una serie de salidas que datan de esa cantidad de días, para solventar esta conclusión. De acuerdo con los registros migratorios, estamos en condiciones de afirmar que existió, en este caso, un desplazamiento del centro de vida del diputado. De un domicilio que había fijado en Los Ceibos, ciudad de Paraná, se trasladó a algún lugar próximo a la frontera con Brasil, más concretamente al paso tan creado”, expresó.
La Fiscalía vinculó esos movimientos con emprendimientos comerciales del grupo familiar en Foz de Iguazú. “Esta conclusión aparece abonada por el registro de diversos emprendimientos comerciales del grupo familiar. Estos egresos e ingresos aparecen acompasados por un entramado de negocios familiares establecidos en la ciudad de Foz de Iguazú, en el que aparecen como caras visibles de estos emprendimientos comerciales su pareja, Agustina Micaela Banegas, que recordemos se encuentra con una inhibición general de bienes en la presente causa, y el cuñado de Almada, Tomás Valentín Banegas”, afirmó Aramberry.
El fiscal dijo desconocer ingresos formales de las personas mencionadas y aludió a inversiones en reales: “Desconocemos ingresos formales de ellos. Sí que Agustina Banegas pesa una inhibición general de bienes, con lo cual cualquier registro de índole comercial hubiese sido operativo en la Argentina, no en Brasil. Hemos registrado inversiones, de acuerdo con la información recabada, de varios miles de reales”, indicó.
Entre los emprendimientos, Aramberry mencionó dos sociedades. “Por ejemplo, registran una inversión en V8 Garagem Bar Limitada. Micaela Banegas tiene un aporte de 400.000 reales. Restaurant Limitada, que es otra sociedad vinculada a la primera, registra un capital de 100.000 reales”, detalló.
También enumeró otras inversiones: “Herma Holding Limitada, dedicada a la compra, venta y alquiler de inmuebles propios, registra también un capital de 100.000 reales. Vivra Travel, agencia de viajes limitada, registra un capital de 20.000 reales. Tomás Valentín Bar Limitada, que es donde el cuñado de Almada registra un capital de 200.000 reales”.
De acuerdo con su exposición, el monto acumulado alcanzaría los 800.000 reales. “Es una inversión importante, registrada y acumulada, de 800.000 reales, que está siendo operativa en una zona fronteriza, en otro país. Suponemos que tiene que ver con la inhibición general de bienes que pesa sobre la pareja del imputado, como consecuencia de una imposición que se ha previsto en la presente causa”, sostuvo.
Finalmente, el fiscal relacionó uno de los comercios con la actividad turística y con posibles vínculos internacionales. “A esto le tenemos que sumar que existe uno de esos negocios, esos comercios vinculados al rubro turístico. Tienen vínculos, presuponemos, con otros destinos, otros países, donde también se configura o acrecienta, al menos, un riesgo de fuga”, concluyó.
Posteriormente, el abogado defensor Miguel Ángel Cullen manifestó el acuerdo al que han arribado con respecto a la medida cautelar, aunque aclaró que no comparte los argumentos de la Fiscalía: “No tenía ninguna prohibición para salir del país, en modo alguno podemos acordar con el que señor Almada quiso fugarse porque precisamente si hay algo que está claro es está acá porque él emprendió el regreso al país ni bien la madre le avisó que la policía lo estaba buscando para detenerlo. Ya sabía que lo iban a detener, agarró su auto, se fue al paso fronterizo y dijo ‘señores yo son Almada’. Jamás existió una intención de fuga donde por supuesto la presencia de él en este salón no hace necesario que yo agregue absolutamente nada más”.
Asimismo, afirmó que no está vinculado a la actividad empresarial de Banegas: “El señor Almada está separado de la mamá de su hija desde hace más de tres años. Está muy bien todo lo que ha investigado la Fiscalía, pero se ve que no investigó esta otra circunstancia y lo que él me cuenta es que este viaje fue exclusivamente para poder ver a su hija, que eran esos viajes muy cortos”.
“Ahora que nos enteramos de ese lapso de 300 días lo explicará, él está tan sorprendido como yo, por lo que veo en la fecha que menciona fue justo durante la pandemia, hay que ver qué es lo que sucedió. Y también aclarar que estos pedidos largos que mencionó el señor fiscal dará la explicación si es necesario aclararlo, se produjeron hace más de tres años”.
La causa contratos y la corrución
Almada es cuñado de Juan Pablo Aguilera, a su vez cuñado del exgobernador Sergio Urribarri, quienes se encuentran presos hace una semana cumpliendo condenas por corrupción en la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú.
Tal como informó el programa Cuestión de Fondo (Canal 9 Litoral) y ANÁLISIS el pasado miércoles, tras una investigación periodística sobre los movimientos fronterizos e inversiones de Almada y su pareja Micaela Banegas, ambos se encontraban residiendo en la Triple Frontera. Inicialmente la familia se radicó en Puerto Iguazú, pero en los últimos años se radicaron en Foz do Iguazú con importantes inversiones, como un bar de grandes dimensiones con autos de colección.
Almada está imputado en la causa desde 2018 y, tras permanecer detenido unas semanas a fines de ese año, la Justicia le impuso la prohibición de abandonar Paraná sin autorización judicial, una restricción que fue ratificada en distintas instancias posteriores. Pese a esa limitación, Almada residió durante años entre Puerto Iguazú y la vecina ciudad brasileña de Foz do Iguazú, en la Triple Frontera, pese a mantener fijado su domicilio legal en una vivienda del barrio San Agustín de la capital entrerriana.
Las inversiones que motivaron su detención
Según se pudo reconstruir, el clan familiar montó distintos negocios y sociedades en la zona de la Triple Frontera, entre ellos un bar con exhibición de autos de colección —el V8 Garagem Bar, sobre la avenida Das Cataratas, en Foz do Iguazú, inaugurado a fines de 2023, con servicio de lavadero de vehículos y eventos—, lo cual ha sido descripto por el fiscal en la audiencia, así como las demás firmas.
El problema es que los bienes de Almada y Banegas permanecen inhibidos por la Justicia desde una resolución de abril de 2019, que alcanzó a más de 20 personas vinculadas a la causa y que en su momento congeló, entre otros activos, un inmueble en Estancia Grande, un Ford Focus, cuotapartes de la firma NEXT S.R.L. y bienes de la propia Banegas en La Picada. En diciembre pasado, además, se había ordenado la reinscripción de esas inhibiciones. Para la Fiscalía, si se confirma que Almada realizó inversiones pese a esa inhibición patrimonial, el cuadro podría agravarse hacia una maniobra de lavado de activos, delito de competencia federal.
El rol de Almada en la causa Contratos
La causa Contratos investiga el armado de un sistema de contratos apócrifos dentro de la Legislatura de Entre Ríos, que habría funcionado entre 2008 y 2018 para sustraer fondos públicos. El expediente reúne a 32 imputados, entre ellos Juan Pablo Aguilera —cuñado del expresidiario y expresidente provincial Sergio Urribarri—, quien se desempeñaba como asesor en el bloque justicialista del Senado, señalado por la Fiscalía como cabecilla de la banda.
Almada, cuñado de Aguilera, ingresó como empleado administrativo en la Cámara de Diputados mientras Aguilera operaba en el Senado, y ambos son señalados por la investigación como recaudadores del esquema. Según la acusación fiscal, la maniobra se sostuvo a través de empresas como TEP y NEXT S.R.L., formalmente en cabeza de terceros —entre ellos la propia esposa de Aguilera, Luciana Almada, hermana de Alejandro— pero que, según el Ministerio Público Fiscal, respondían en los hechos al propio Aguilera.
En el juicio, la Fiscalía solicitó una pena de 10 años de prisión para Alejandro Almada. Durante su declaración en el debate, Almada rechazó haber actuado como testaferro de su cuñado: “yo no soy el testaferro de Juan Pablo Aguilera”, sostuvo, y remarcó que su vínculo con las firmas cuestionadas se limitaba a su propio emprendimiento, una librería. También cuestionó que se lo hubiera vinculado con un episodio de 2018 en el que la Policía Federal interceptó en la ruta 12 el Ford Focus en el que viajaba junto a Banegas, y en el que se secuestró una caja con $371.400 —unos USD 20.000 de la época— por su origen no esclarecido. Para los investigadores, ese hallazgo coincidió con anotaciones de un cuaderno secuestrado al también imputado Hugo Mena, donde figuraban entregas de dinero a Almada en su rol de recaudador.

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