Combustibles sintéticos: la Fiscalía federal aceptó la demanda contra el Estado uruguayo y la empresa HIF

La disputa por la instalación de una planta de combustibles sintéticos de la empresa HIF Uruguay SA en Paysandú —a pocos kilómetros de Colón— sumó en las últimas horas un capítulo judicial que reconfigura el conflicto ambiental binacional. La causa, caratulada como Expediente 3276/2026, avanza en el fuero federal argentino con el impulso de legisladores entrerrianos que buscan frenar posibles impactos sobre el río Uruguay.

El punto de inflexión ocurrió el 18 de marzo, cuando la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay, a cargo de la fiscal María José Minatta, dictaminó a favor de la competencia del fuero federal local. Así, el expediente quedaría radicado en el Juzgado de esa jurisdicción, lo que habilita la posibilidad de analizar medidas preventivas concretas, como inspecciones judiciales en las costas y estudios sobre la calidad del agua del río.

La presentación la impulsaron los diputados nacionales Guillermo Michel y Marianela Marclay, junto al senador Adán Bahl, quienes sostienen que el proyecto no cumple con los estándares jurídicos establecidos en el Estatuto del Río Uruguay ni con la jurisprudencia derivada del caso Botnia-UPM ante la Corte Internacional de Justicia.

La acción judicial se enmarca en la figura de “prevención del daño ambiental” prevista en el Código Civil y Comercial argentino, y busca anticipar las consecuencias de una iniciativa industrial que, por su escala y ubicación, reaviva tensiones históricas entre ambas márgenes del río compartido. No es menor el dato geográfico: la planta proyectada se ubicaría a apenas tres kilómetros de territorio argentino, en un corredor donde el turismo, la biodiversidad y las economías regionales dependen estrechamente de la salud del ecosistema fluvial.

En ese contexto, el pronunciamiento de la Fiscalía adquiere relevancia no sólo jurídica sino también política. La posibilidad de que la Justicia ordene peritajes ambientales o relevamientos in situ introduce un nuevo actor —el Poder Judicial— en un conflicto que hasta ahora se desarrollaba principalmente en el plano diplomático y administrativo.

Las declaraciones de Michel, en tono crítico hacia el gobernador entrerriano Rogelio Frigerio, muestran además la dimensión interna de la controversia. “La inacción y falta de gestión llevó a esta situación de tener que recurrir a la Justicia”, sostuvo el legislador, en una frase que evidencia cómo el conflicto trasciende lo estrictamente ambiental y se inscribe también en la disputa política provincial.

Mientras tanto, en Uruguay el proyecto continúa en etapa de evaluación ambiental bajo la órbita del Ministerio de Ambiente, que ha requerido estudios de impacto que contemplen incluso posibles efectos en territorio argentino. Este punto resulta clave: el propio Estado uruguayo reconoce el carácter transfronterizo de la iniciativa, en línea con los compromisos asumidos en el marco del río compartido.

La apertura de un canal judicial en Argentina no implica, por ahora, la paralización del proyecto, pero sí establece un precedente relevante. Introduce la lógica precautoria en un escenario donde la memoria del conflicto por las pasteras aún persiste como telón de fondo. En ese sentido, la causa podría transformarse en un espacio de tensión —o de articulación— entre el derecho ambiental, la política y la diplomacia. No obstante, hay un antecedente: en la demanda contra la pastera UPM (ex Botnia, proyecto Orión), que se tramita ante el Juzgado Federal de Gualeguaychú a cargo del juez Hernán Viri; el gobierno uruguayo impide por decreto que los directivos de esa pastera sean notificados por la Justicia. Además de violentar el Acuerdo de San Luis del Mercosur, se niega a las poblaciones ribereñas el acceso elemental a la Justicia.

Con la información del expediente ahora disponible públicamente a través de una plataforma digital impulsada por los propios legisladores, el conflicto incorpora otro eje de disputa: la transparencia y el acceso a los datos. En un tema donde el río no reconoce fronteras, la información —como el agua— también se vuelve un bien en disputa.

Contextos y perspectivas

El Ministerio de Ambiente de Uruguay exigió a HIF la presentación de la Autorización Ambiental Previa (AAP), el instrumento central del Estado uruguayo para habilitar el proyecto.

En esos términos oficiales se ordenó incluir impactos en territorio argentino, algo poco habitual pero clave en este caso transfronterizo. También se exigió relevar los ecosistemas (ríos, montes nativos, áreas protegidas) y los centros poblados —incluida Colón—, además de la actividad turística y recreativa.

¿Qué implica esto? En términos políticos, para el Estado uruguayo el conflicto no está negado, sino incorporado como variable técnica dentro del estudio. Asimismo, se admitió oficialmente el carácter binacional de sus efectos y consecuencias.

Tanto Uruguay como Argentina reconocen formalmente que el proyecto se ubica sobre el río Uruguay, por lo que debe ser regulado por el Estatuto del Río Uruguay; y que sus impactos son transfronterizos, lo que exige la más estricta y amplia cooperación.

En ese marco, el gobierno uruguayo afirmó que el proyecto está en “etapa de análisis ambiental” con equipos técnicos trabajando y que se han incorporado preocupaciones argentinas. Desde la presidencia de Yamandú Orsi se planteó la necesidad de evitar una escalada diplomática y canalizar el conflicto por vía institucional. En otras palabras, por ahora el conflicto está institucionalizado, no plenamente judicializado a nivel interestatal.

La posición del Estado argentino, en cambio, resulta confusa y contradictoria, y conviene diferenciar niveles de gobierno:

a) Nivel nacional (Cancillería): no hay una oposición al proyecto; por el contrario, esa postura ha sido expresada por vías diplomáticas y públicas.
b) Nivel provincial y legislativo (Entre Ríos): los diputados nacionales Guillermo Michel y Marianela Marclay, junto al senador Adán Bahl, son los que presentaron la denuncia judicial por posible violación del Estatuto del Río Uruguay y por riesgo de daño ambiental irreparable. Por su parte, el gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, advirtió que no se puede permitir “otra Botnia”.

Ante este panorama, queda claro que el Estado nacional adopta una actitud más moderada y permisiva, mientras que los actores provinciales sostienen una postura confrontativa: los legisladores de la oposición recurriendo a la Justicia Federal y el oficialismo provincial ensayando gestiones cuyo resultado es incierto.

Desafíos y tensiones

1) Impacto ambiental transfronterizo: aire, agua, biodiversidad y áreas protegidas, lo que obliga a medir efectos en ambas orillas.
2) Uso del río Uruguay: extracción de agua y posibles descargas, con la normativa rectora del Estatuto del Río Uruguay.
3) Impacto socioeconómico indirecto: en Uruguay se promueve como inversión estratégica que generará empleo; en Entre Ríos se advierte sobre riesgos para el ambiente y el desarrollo turístico.
4) Antecedente histórico: el conflicto por la pastera UPM-Botnia, todavía irresuelto, plantea el riesgo de repetir las tensiones vividas entre 2005 y 2010.

El Estado uruguayo impulsa el proyecto como estratégico y lo somete a evaluación ambiental formal incorporando explícitamente la dimensión argentina. El Estado argentino no bloquea la iniciativa y deja que la provincia active los controles políticos; mientras, la oposición promovió la instancia judicial. El desenlace está abierto. Si se mira en espejo del conflicto pastero, es posible que el oficialismo y la oposición uruguaya se reúnan detrás de la empresa; mientras que en Entre Ríos oficialismo y oposición profundicen sus grietas, sin que ello necesariamente afecte a HIF Uruguay SA. El río Uruguay sigue siendo, en este escenario, el epicentro de una disputa que involucra ambiente, política y economía.

El escrito de la Fiscalía

El expediente incluye el texto del dictamen de la Fiscalía —disponible en el documento adjunto en la nota original— que respalda la competencia del fuero federal para tramitar la causa y abre la puerta a medidas con perspectiva precautoria.

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