Quedó firme el archivo de la denuncia contra Macri por el acuerdo con el FMI por u$s57.100 millones

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el archivo de la denuncia contra Mauricio Macri y exfuncionarios de su gobierno por el acuerdo de u$s57.100 millones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), luego de que el fiscal general Raúl Omar Pleé desistiera del recurso que buscaba revertir la decisión. La causa investigaba si el endeudamiento durante la gestión de Cambiemos se utilizó para financiar la fuga de capitales y si hubo beneficios económicos indebidos para funcionarios o terceros.

La Sala IV de Casación tuvo por desistida la queja fiscal y rechazó la presentación de un ciudadano que pretendía mantener la impugnación. La decisión se produjo después de que Pleé sostuviera que, tras cinco años de investigación, no se había logrado fundamentar una hipótesis delictiva concreta.

El expediente apuntaba a determinar si el acuerdo firmado durante la gestión de Cambiemos había profundizado el endeudamiento externo para garantizar la disponibilidad de divisas que luego se habrían destinado a la fuga de capitales, en perjuicio de las arcas públicas. También buscaba establecer si los funcionarios involucrados habían obtenido beneficios económicos indebidos para sí o para terceros.

La resolución fue dictada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky. El tribunal tuvo por desistida la queja fiscal y rechazó otra presentación impulsada por Antonio Conrado De Martino, quien había intentado adherir al recurso del Ministerio Público.

La causa se inició para investigar posibles delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y malversación de caudales públicos.

Además de Macri, en su carácter de presidente de la Nación, estaban bajo análisis las actuaciones de Federico Sturzenegger, Luis Caputo y Guido Sandleris, quienes se desempeñaron sucesivamente al frente del Banco Central; Nicolás Dujovne, exministro de Hacienda; y Gustavo Cañonero, Verónica Rappoport, Enrique Szewach y Mauro Alessandro, integrantes del Comité de Política Monetaria de la autoridad monetaria.

El objetivo era determinar si el préstamo del FMI había sido utilizado para sostener un proceso de formación de activos externos que, sin ese ingreso de divisas, no habría podido continuar en las mismas condiciones.

En ese sentido, el fallo describió el objeto de la investigación como la posibilidad de que se hubiera iniciado un ciclo de endeudamiento destinado “no a los fines declamados formalmente en los documentos suscriptos con el FMI, sino primordialmente a obtener divisas para su posterior fuga”.

La denuncia también buscaba establecer si esa operatoria había provocado un perjuicio para el Estado y si los funcionarios intervinientes habían obtenido ventajas económicas indebidas.

El argumento del fiscal para abandonar el recurso

El punto central de la resolución es el dictamen del fiscal Pleé, quien el 14 de octubre desistió de la queja presentada por el fiscal general ante la Cámara Federal porteña.

El representante del Ministerio Público consideró que las hipótesis de la acusación no se desprendían de manera lógica de las pruebas reunidas y que tampoco se habían propuesto medidas concretas capaces de sostener la continuidad de la investigación.

En su dictamen afirmó que “las hipótesis presentadas por el fiscal de instrucción no se corresponden con inferencias lógicas de las constancias de la causa, obtenidas luego de una extensa investigación”.

También cuestionó la falta de precisión sobre cómo avanzar en la reconstrucción del recorrido de los fondos. Según sostuvo, la discusión no pasaba por el resultado que pretendían alcanzar los fiscales, sino por las diligencias necesarias para conseguirlo.

“La incógnita que señaló la cámara de apelaciones no era el resultado que los fiscales esperaban obtener, sino cuáles serían las medidas investigativas concretas que permitirían alcanzarlo”, señaló.

Pleé agregó que el fiscal de primera instancia, Franco Picardi, había cuestionado de manera genérica la falta de trazabilidad del dinero, pero no había explicado cómo superar esa dificultad. “Más allá de la necesidad de avanzar con la investigación, no pudo explicar cómo hacerlo”, expresó.

En otro tramo, el fiscal sostuvo que la acusación confundía la falta de respaldo contable con la existencia de una infracción legal concreta. “No se ha indicado una infracción concreta en la aplicación de los fondos, sino que se ha planteado un cuestionamiento general a la política pública sobre su destino”, afirmó.

Para Pleé, las medidas realizadas y la información recolectada durante cinco años “permiten concluir que no se ha infringido norma penal alguna, de modo que no corresponde continuar con el trámite de las actuaciones”.

El dictamen también diferenció el expediente de otras investigaciones y consideró que no existía una hipótesis criminal suficientemente delimitada ni diligencias probatorias aptas para demostrarla. En esa línea, sostuvo que “lo único que queda en pie de esta acusación es el desacuerdo con un modelo económico determinado”.

El archivo ya había sido confirmado

La decisión de Casación se produjo después de que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 5 archivara la causa el 2 de febrero de 2026, en los términos del artículo 195 del Código Procesal Penal de la Nación.

El 4 de septiembre, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el archivo. Posteriormente, el 25 de septiembre, declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el fiscal general ante esa Cámara.

La acusación acudió entonces en queja ante Casación, pero Pleé desistió de esa presentación. De ese modo, la Sala IV tuvo por abandonada la impugnación fiscal. El pronunciamiento no consistió en un análisis de fondo realizado por Casación sobre la responsabilidad penal de cada uno de los funcionarios, sino en la resolución de los recursos que habían llegado a esa instancia. El archivo de la investigación había sido confirmado previamente por la Cámara de Apelaciones.

Rechazaron el planteo de un ciudadano y cuestionaron el tono de sus escritos

En paralelo, los jueces rechazaron la queja de Antonio Conrado De Martino, quien había adherido al recurso fiscal y luego intentó mantener la impugnación pese al desistimiento de Pleé.

El tribunal explicó que la adhesión es una vía accesoria y que, en este caso, el recurso principal nunca había sido concedido. Por eso, entendió que De Martino debía haber presentado una impugnación autónoma, en tiempo y forma, si pretendía cuestionar el archivo. “Caído el recurso principal, cae con él la vía accesoria”, resumieron los magistrados.

Además, recordaron que la Cámara de Apelaciones había considerado que De Martino no era parte del expediente, ya que no se había constituido como querellante ni había acreditado un perjuicio directo y personal. La sola invocación de su condición de ciudadano y contribuyente no resultaba suficiente para reconocerle legitimación.

El tribunal también rechazó las recusaciones que De Martino había formulado contra Carbajo, Hornos y Borinsky, así como sus planteos contra los fiscales Raúl Pleé y José Luis Agüero Iturbe. Los jueces entendieron que no se habían presentado elementos objetivos que permitieran poner en duda la imparcialidad de los magistrados o justificar la nulidad del dictamen fiscal.

En ese contexto, cuestionaron el contenido de los escritos presentados por De Martino y su abogado patrocinante, Nicolás Roberto Corbetto Norese. “La crítica judicial es esencial en cualquier sociedad democrática”, señalaron, aunque advirtieron que el escrito contenía expresiones agraviantes que excedían los cuestionamientos jurídicos y resultaban incompatibles con el respeto y el decoro exigibles en una presentación judicial.

Por esa razón, formularon una observación tanto al presentante como a su letrado para que ajusten sus expresiones en futuras actuaciones. También dispusieron remitir las presentaciones al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que analice la conducta profesional de Corbetto Norese, ante la presencia de manifestaciones que la Cámara calificó como discriminatorias.

 

Fuente: Ámbito Financiero.

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