
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ofrece una prestación destinada a trabajadores en relación de dependencia que quedaron sin empleo por motivos que no les resultan imputables. Alcanzan este beneficio los casos de despido sin causa, vencimiento de contratos y otras situaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo.
La Prestación por Desempleo busca garantizar un ingreso temporal durante el período de búsqueda de una nueva ocupación. El objetivo es compensar, de forma parcial, la pérdida de recursos que implica la desvinculación laboral.
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Quiénes pueden pedir la prestación por desempleo
Para solicitarla, los trabajadores permanentes deben haber registrado, como mínimo, seis meses de aportes en los tres años anteriores al despido o al fin de su contrato.
Los empleados eventuales y de temporada, en tanto, deben acreditar menos de 12 meses de trabajo durante los últimos tres años y más de 90 días de aportes en los 12 meses previos a la desvinculación.

La cantidad de cuotas —entre dos y 12— y el importe mensual se determinan según los salarios percibidos y los períodos con aportes registrados en los tres años previos a la presentación. Las personas mayores de 45 años pueden acceder a seis meses adicionales de cobertura.
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La Anses también tramita la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social a nombre del titular. Allí se deposita la prestación y el banco asignado entrega una tarjeta de débito para realizar extracciones y operar en cajeros automáticos.
Si el solicitante ya cobra otra prestación de Anses a través de una cuenta bancaria, el organismo utilizará esa misma cuenta. A su vez, quienes cuenten con una caja de ahorro propia pueden pedir a la entidad financiera que la convierta en una Cuenta de la Seguridad Social.
El cobro de la prestación puede combinarse con asignaciones familiares, entre ellas la asignación por prenatal, la Asignación Universal por Hijo (AUH), las asignaciones por nacimiento o adopción, la ayuda escolar anual y la asignación por matrimonio.
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Cómo se hace el trámite
La prestación está dirigida a quienes perdieron un empleo formal y reúnen las condiciones exigidas por la normativa laboral.
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Para comenzar la gestión, el interesado debe presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI), en original y copia, junto con la constancia de desempleo, también en original y copia. La documentación requerida para acreditar la desvinculación depende de cada situación.
El trámite está disponible en la web de Anses, dentro de la sección “Atención Virtual”. Para ingresar se necesita CUIL y Clave de la Seguridad Social del usuarios en cuestión, que puede crearse en el momento si la persona todavía no cuenta con una. También es posible hacerlo de manera presencial en una oficina del organismo, con turno previo.
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