La jueza Bértora rechazó por ahora intervenir en el caso Urribarri y Báez por no contar con la documentación

La jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná, Cecilia Bértora rechazó las peticiones de los abogados defensores del exgobernador Sergio Urribarri, condenado a 8 años de cárcel en el Megajuicio, y de su exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, que recibió la pena de 6 años y 6 meses, para ser trasladados de la Unidad Penal N° 1 de Paraná, donde están alojados desde este sábado, a la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú.

Las condenas recayeron al concluir el proceso que se siguió contra ellos en el Megajuicio en 2022. Pero sólo adquirieron firmeza al rechazar la Corte Suprema de Justicia de la Nación sendos recursos extraordinarios federales. Con esa decisión, la Justicia ordenó las detenciones y su alojamiento en la cárcel de Paraná. Pero el Servicio Penitenciario explicó que era imposible alojarlos ahí por la superpoblación, y sugirió llevarlos a Gualeguaychú, publicó el portal Entre Ríos Ahora.

Pero ahora todo quedó enredado en un galimatías. No se sabe quién resuelve los traslados.

La defensa de Báez arguyó: “La pretensión se sustenta en la amenaza grave, inminente y actual sobre el derecho fundamental a la vida, la salud y la integridad personal de Pedro Ángel Báez. La demora inherente al trámite en días hábiles administrativos o judiciales genera un riesgo cierto de daño grave e irreversible”. Y sumó: “Conforme lo ha establecido la doctrina procesal y la jurisprudencia en materia de ejecución de penas y derechos humanos, ante la existencia de una afectación concreta a la integridad psicofísica o un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención, la tutela judicial no admite dilataciones temporales bajo apercibimiento de tornar abstracta la protección de los derechos fundamentales”.

La jueza Bértora indicó en que en el “Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a mi cargo, no se ha recibido sentencia y cómputo” de las penas aplicadas.

“Cabe destacar que dicha solicitud ya fue receptada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones, habiéndose dispuesto que oportunamente se hará saber a esta Magistratura, para que en el ámbito de las competencias que son propias de este organismo, se decida sobre el particular tomando en consideración los extremos suficientes y necesarios para resolver lo que corresponda legal y administrativamente, para mejor resguardo de los derechos del peticionante”, expresó la jueza, publicó el portal Entre Ríos Ahora.

Y agregó: “Conforme a lo expuesto, no corresponde que me expida, debiendo estarse a la recepción de la documentación mínima necesaria para dar comienzo a la ejecución de la pena, como son la sentencia firme y cómputo de pena -el cual se encuentra en etapa de confección al día de la fecha-”.

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