
Luego de haber otorgado un aumento, el Gobierno estableció un nuevo esquema de suplementos salariales para el personal de las Fuerzas de Seguridad Federales y el Servicio Penitenciario Federal a través del decreto 845/2026 que oficializó esta madrugada.
La medida modifica distintos beneficios no remunerativos y no bonificables para la Policía Federal (PFA), la Gendarmería Nacional (GNA), la Prefectura Naval (PNA), la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y el Servicio Penitenciario Federal (SPF).
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Para la Policía Federal se incorporó la compensación “Responsabilidad Profesional Sanidad”, que percibirá en forma mensual el personal profesional con título habilitante afectado a tareas de salud dentro de la Superintendencia de Bienestar.
En Gendarmería y Prefectura Naval se creó el suplemento “Destino Estratégico de Operaciones”, para quienes cumplan tareas operativas en zonas con índices críticos de conflictividad, con montos fijos por grado. Ese beneficio no podrá superar el 16% del personal en actividad de cada fuerza, aunque el Ministerio de Seguridad Nacional, con aval de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública y la Secretaría de Hacienda, podrá ampliar ese límite en situaciones críticas y temporales.
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Para la PNA se suma además el suplemento “Alto Riesgo de Grupos Especiales”, dirigido al personal de la Unidad de Operaciones Policiales Especiales de la Agrupación Albatros y al personal de Infantería que conduzca operaciones de alto riesgo.
Ambas fuerzas también incorporan el suplemento “Zona”, que se cobrará de manera proporcional al tiempo de permanencia en los puntos geográficos determinados, donde la cartera que conduce Alejandra Monteoliva podrá para modificar esos destinos y coeficientes, previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.
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En la PSA se crea la bonificación “Destino de Alta Complejidad” para el personal de las Unidades Operacionales de Seguridad Preventiva de categorías A y B, incompatible con los suplementos por Jefatura, Tarea Jerárquica y cargo o función intermedia.
Todos estos adicionales son en su mayoría incompatibles entre sí y con el “Servicio de Seguridad Adicional”, una compensación con cargo a los aportes de los requirentes que se limita a 180 horas mensuales y se abona en la Ciudad de Buenos Aires y en jurisdicción federal del resto del país. También se crea la compensación “Recargo de Servicios” para tareas extraordinarias fuera del horario habitual, con un plus del 100% cuando el exceso supera las cinco horas diarias.
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Además, fijaron el haber mensual del personal alumno del Servicio Penitenciario Federal: 779.942,83 pesos para el cadete de primer año y 894.362,74 pesos para el aspirante. En paralelo, se derogó el artículo que había creado el suplemento por “Función de Prevención Barrial” en Gendarmería.
En la reciente edición de Boletín Oficial, el Gobierno incluyó también dos nuevos beneficios salariales para el personal militar en actividad. Lo hizo mediante el decreto 846/2026 el cual modifica la Reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 y operativiza el “Suplemento por Alta Especialización”, previsto en esa norma pero hasta ahora sin condiciones concretas de aplicación.
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El decreto desdobla ese suplemento en dos figuras. La primera, el “Suplemento por Alta Especialización Operacional”, alcanza al personal que acredite la Aptitud Especial de Comandos y se encuentre destinado en organismos de operaciones especiales, o bien en organizaciones que ejecuten operaciones de excepcional complejidad con estándares superiores de selección y adiestramiento.

La segunda, el “Suplemento por Operación y Sostenimiento de Sistemas de Armas de Alta Performance”, será percibido por quienes cuenten con capacitación o certificación técnica específica y estén afectados de forma directa a la operación o el mantenimiento de esos sistemas.
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En ambos casos, el Ministerio de Defensa determinará los requisitos funcionales y técnicos exigibles, el personal comprendido y los organismos o sistemas de armas alcanzados. La liquidación será mensual.
La incorporación de los adicionales mencionados en lo que respecta al personal militar, se suma a la resolución conjunta 44/2026 establecida con el Ministerio de Economía que fijó un nuevo esquema de haberes mensuales para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para la Policía de Establecimientos Navales.
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La norma actualiza los valores vigentes desde septiembre de 2026 y reemplaza la escala fijada en julio que rigió para el trimestre junio-agosto.
El artículo 1° establece el haber mensual del personal militar en actividad según cada jerarquía, con los montos detallados en el Anexo I, mientras que el artículo 2° actuó sobre el personal de la Policía de Establecimientos Navales, cuyos importes constan en el Anexo II.
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La medida se enmarca en la pauta de incrementos salariales acordada en el ámbito de la negociación colectiva de la Administración Pública Nacional para los meses de septiembre a diciembre de 2026, de aplicación escalonada.
Según ese esquema, el personal militar recibirá una suba del 6,9% a partir del corriente mes. Ese ajuste se suma al 17,62% acumulado entre enero y agosto, con lo cual la recomposición proyectada del haber militar llegaría a un 32% durante todo el año.

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