Ante la proximidad de la entrada en vigencia de la Ley N° 27.801 de Régimen Penal Juvenil, el defensor general de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, resolvió adoptar en el Ministerio Público de la Defensa (MPD) las Reglas Comunes Iberoamericanas sobre Justicia Penal Juvenil Restaurativa y recomendar a los integrantes de este Ministerio su aplicación efectiva, en el marco de las disposiciones de la Convención de los Derechos del Niño.
En la Resolución Nº 68/2026, Benítez tuvo en consideración que en cuestiones relacionadas con la justicia penal juvenil, además del derecho vigente local, nacional y convencional, se tienen presentes normas y acuerdos internacionales, opiniones consultivas y observaciones generales vertidas por organismos internacionales, así como sentencias de tribunales internacionales, que configuran el Corpus Iuris internacional en la materia.
En ese sentido, mencionó que las redes de justicia y actores iberoamericanos conformados por la Cumbre Judicial Iberoamericana (CJI), la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (Al DEF), la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países iberoamericanos (COMJIB) y el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD) han aprobado las Reglas Comunes Iberoamericanas sobre Justicia Penal Juvenil, el 11 de abril de 2022.
Dichas Reglas establecen lineamientos comunes que operan como guías para la elaboración de políticas públicas de responsabilidad juvenil en los distintos países, entras las cuales se encuentran la aplicación de mecanismos sustitutivos y complementarios a la judicialización, el uso de medidas alternativas para que la privación de libertad sea el último recurso y la atención de los derechos y las necesidades de los niños, niñas y adolescentes, de las víctimas y de la comunidad.
La finalidad es garantizar el efectivo acceso a la justicia teniendo como marco general el modelo de justicia restaurativa. Se procura una resignificación de las situaciones, pensar en la responsabilización y la manera de reparar daños, y gestionar condiciones para proyectos de vida superadores que promuevan el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.
Los beneficiarios y beneficiarias de estas Reglas son los NNyA desde el primer contacto con el sistema penal juvenil hasta la finalización de las intervenciones, con independencia de su condición de víctimas (directas o indirectas), victimarios o testigos. Igualmente, las Reglas benefician a las personas víctimas directas o indirectas y/o damnificadas por los actos infraccionales cometidos por los niños, niñas y adolescentes, sus referentes afectivos, así como todas las personas integrantes de la comunidad que participan en los procedimientos de justicia juvenil restaurativa.

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