Impulsan un proyecto de ley para prohibir los testeos de cosméticos en animales

Un conejo blanco con ojos rojos está en una mesa de metal pulido. Al fondo, un científico con bata de laboratorio y guantes opera un ordenador.
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La diputada nacional Gabriela Luciana Mabel Muñoz (LLA) presentó ante la Cámara de Diputados de la Nación Argentina un proyecto de ley que propone la sustitución progresiva de ensayos en animales para productos cosméticos mediante la adopción de métodos alternativos con validación científica. La iniciativa, que lleva la firma de otros catorce legisladores, busca alinear al país con las tendencias regulatorias que ya avanzan en distintos países y bloques regionales.

La propuesta se denomina “Ley Nacional de Sustitución Progresiva del Testeo en Animales para Productos Cosméticos: Hacia una Industria Cosmética Libre de Crueldad Animal” y parte de un diagnóstico compartido por organismos científicos y regulatorios a escala global.

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Durante décadas, la industria cosmética recurrió a animales vivos para evaluar la seguridad y toxicidad de sus productos, pero el avance de la ciencia abrió paso a alternativas que ofrecen resultados más rápidos, precisos y reproducibles.

(Imagen Ilustrativa Infobae)

El artículo 2° del proyecto establece la prohibición de realizar ensayos en animales para productos cosméticos terminados, sus ingredientes o combinaciones de ingredientes, con una condición expresa: que existan métodos alternativos científicamente validados y reconocidos por la autoridad de aplicación competente.

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La norma no plantea una veda absoluta ni desvinculada de la realidad técnica, sino una limitación progresiva atada a la disponibilidad efectiva de esas alternativas.

Bajo esa lógica, el texto define como métodos alternativos a los procedimientos que permitan reemplazar, reducir o refinar el uso de animales. La lista incluye técnicas in vitro, cultivos celulares, bioingeniería de tejidos, modelos computacionales y sistemas predictivos de toxicología computacional avanzada, todos reconocidos por organismos científicos y regulatorios nacionales o internacionales.

Uno de los puntos que la propia iniciativa se encarga de precisar es el alcance de la regulación. La propuesta no restringe la fabricación, importación ni comercialización de productos cosméticos dentro del territorio nacional.

Su campo de acción se circunscribe a las prácticas de experimentación realizadas en el país, lo que, según los fundamentos del texto, evita generar obstáculos innecesarios para la actividad privada y respeta principios de libertad económica y seguridad jurídica.

Varios ratones blancos de laboratorio fuera de una jaula transparente, una bandeja metálica con placas de Petri y una pipeta, y una mano enguantada.

La estructura institucional de la ley recae sobre una autoridad de aplicación que será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional. Ese organismo tendrá a su cargo promover la validación y adopción de métodos alternativos, garantizar la actualización permanente de los estándares científicos, coordinar acciones con universidades, laboratorios y organismos técnicos e impulsar políticas de innovación orientadas al desarrollo de tecnologías libres de crueldad animal. El artículo 6° fija un plazo de 180 días desde la promulgación para que el Ejecutivo reglamente la norma.

Los principios rectores que guían la interpretación y aplicación de la ley, según el artículo 5°, son la innovación tecnológica, la eficiencia regulatoria, la libertad de producción responsable, la competitividad internacional y la reducción progresiva del uso de animales en la industria cosmética. La combinación de esos ejes refleja la estrategia del texto: encuadrar la discusión no solo en términos éticos, sino también en la modernización productiva y la optimización de recursos.

Los fundamentos del proyecto señalan que la Argentina cuenta con capacidad científica y recursos humanos calificados para incorporarse a las nuevas tendencias internacionales en materia de investigación cosmética.

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