El fiscal general José Ignacio Candioti destacó que el Tribunal Oral Federal de Paraná receptó la postura del Ministerio Público Fiscal y condenó a Leonardo Airaldi y a otros integrantes de una organización dedicada al narcotráfico, tras más de cinco meses de audiencias. Remarcó la gravedad de los hechos, el volumen de prueba reunido, el secuestro de casi 30 kilos de cocaína en Puerto Gaboto, la prisión preventiva dispuesta para Juan Andrés Erbes, las multas millonarias y la necesidad de que los hechos de esa magnitud no queden impunes. Asimismo, Candioti dijo que el dinero de las millonarias multas impuestas debe tener como destino los lugares y las personas dañados por las drogas y el narcotráfico.
Luego de que el TOF condenara a Airaldi a 12 años de prisión y fijara penas para otros integrantes de la banda, Candioti valoró la resolución judicial y afirmó: “El Tribunal dio la sentencia luego de más de cinco meses de audiencias, receptó la postura del Ministerio Público Fiscal y dictó una condena importante. Consideró que Airaldi era responsable del delito de organizador, el delito más severo que tiene la ley 23.737, que castiga a quien tiene los medios para predisponer las medidas conducentes para que un grupo de personas, de manera conjunta y organizada, se dedique al comercio de estupefacientes”.
Sobre la valoración de la prueba realizada por el Tribunal, sostuvo: “En el alegato habíamos dicho, y hoy los tres jueces en forma unánime así lo receptan, que estaba absolutamente acreditado que había un actuar plural y organizado en la comercialización de estupefacientes; que era un hecho muy grave”.
El cargamento de cocaína y el daño social
Al referirse al secuestro de 29,5 kilos de cocaína en una vivienda de Puerto Gaboto (Santa Fe), uno de los hechos analizados durante el debate, el fiscal señaló: “Ustedes imagínense que se había secuestrado casi 30 kilos de cocaína de muy alta pureza en lo que se denominó la causa Santa Fe. Poníamos de significación en el alegato el daño que se iba a causar a la sociedad cuando esta droga llegara a destino, cosa que por el accionar de las fuerzas de seguridad no fue así, porque se secuestró en ese domicilio”.
“El material probatorio estaba, se merecía la condena, el Tribunal así lo estableció. También estableció penas pecuniarias millonarias, que nosotros habíamos pedido en el alegato, e hizo lugar al pedido de prisión preventiva para quien, a criterio de la fiscalía, era la persona que le seguía en importancia a Airaldi en la organización: Erbes. Estaba en libertad hasta ahora, nosotros habíamos pedido su prisión preventiva porque nos parecía que había riesgo procesal a su respecto”, agregó.
“No quedaron impunes estos graves hechos”
Candioti vinculó la sentencia con la necesidad de sancionar el accionar de las organizaciones narcocriminales: “Estamos conformes y, fundamentalmente, creo que lo importante es que se hizo justicia. No quedaron impunes estos graves hechos acometidos”.
También recordó el planteo realizado durante el alegato junto al equipo de fiscales integrado también por Juan Podhainy y María Esponda y Martín Uriona, representante de la Procuraduría de Narcocriminalidad: “Yo resaltaba algo que habíamos trabajado con la gente de Suma de Voluntades en unas jornadas que se hicieron acá en Paraná. Su titular, Anabel Albornoz, ponía de manifiesto el flagelo de la droga, cómo está llegando a los barrios y el perjuicio que eso ocasiona en la sociedad”.
“Como operadores judiciales no nos podemos desatender de esa circunstancia. Por eso también era importante que, cuando suceden hechos de esta magnitud, no queden impunes, sino que sean debidamente sancionados; que los culpables paguen por esas acciones disvaliosas que realizan; y que ojalá esos niños de esos barrios que mostraba la gente de Suma de Voluntades en los videos puedan estar en la escuela, en las plazas del barrio, en los clubes haciendo deporte, y no siendo víctimas de los narcotraficantes con todo el daño que le generan a la sociedad”, expresó.
La investigación y las pruebas
Consultado sobre el trabajo desplegado durante el juicio, Candioti remarcó la intervención de distintas fuerzas de seguridad en investigaciones que confluyeron en una misma hipótesis: “La prueba nos parecía importante. Declararon funcionarios de diversas fuerzas de seguridad, porque se trató de una investigación que abarcó primero la Prefectura Naval Argentina; segundo, la Policía de Entre Ríos; en Santa Fe, la Policía Federal Argentina y la Guardia Rural Los Pumas. Distintas fuerzas de seguridad de distintas provincias, algunas nacionales y otras provinciales, todas con la misma hipótesis: que acá había un grupo de personas que se dedicaban al comercio de estupefacientes”.
“Esos funcionarios policiales y de estas fuerzas de seguridad vinieron a declarar en el juicio, como usted bien dice, bajo juramento. Dieron razón de sus dichos, explicaron y le dieron al tribunal todas las argumentaciones de por qué consideraban que este grupo de personas liderado por Airaldi era responsable de la comercialización de estupefacientes”, añadió.
“El material cargoso era muy abundante, convergente, plural y siempre en el mismo sentido. Los jueces, por unanimidad, hoy los tres así lo entendieron y dieron cuenta, con el grado de certeza que requiere una sentencia condenatoria, que no era un accionar aislado de una persona, sino un grupo de personas que de manera conjunta y coordinada se dedicaban a estas actividades tan disvaliosas de la comercialización de estupefacientes”, completó.
El caso de Soledad Touzet
Respecto de la única mujer sentada en el banquillo, el fiscal explicó por qué no recurrirán la pena de tres años de prisión condicional impuesta por el tribunal: “No la vamos a casar por dos motivos. Primero, porque en el alegato dijimos prácticamente lo que dijeron los jueces ahora. Pensábamos que ese caso debía ser analizado de una manera distinta. Yo argumenté que no solo era una mujer vulnerable, sino que ella en su declaración había pedido perdón, había contado toda la violencia que había sufrido por parte de Leonardo Airaldi, todos sus padecimientos y el miedo que tenía”.
“También recurrí a una figura que no es del Derecho argentino, sino que nace en el derecho americano, pero luego Argentina la toma, que se llama mujeres de las circunstancias. Argumenté que Soledad era una mujer de las circunstancias y que, si bien tenía conocimiento de su accionar disvalioso, teníamos que tener en cuenta su vulnerabilidad y la ascendencia que tenía Airaldi sobre ella, que la había puesto en ese particular lugar y que por ende merecía una atenuación en su responsabilidad”, indicó.
“El Tribunal lo entendió así, simplemente le impuso tres meses menos a lo pedido por la Fiscalía. La legislación actual establece que para el recurso de casación la fiscalía lo tiene cuando la decisión de los jueces es sustancialmente menor a la de la fiscalía. Acá, como el Tribunal puso tres meses menos, ni siquiera tendríamos recurso de casación. Por más que lo tuviésemos, estamos conformes con la resolución del tribunal porque creemos que es justa”, cerró.
Multas, decomisos y asistencia a las víctimas
Sobre el destino de las multas y los bienes decomisados, Candioti explicó: “Eso se tiene que hacer efectivo, al igual que los bienes decomisados. Los bienes decomisados van a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y se utilizan para distintas finalidades. Una de las finalidades también es el trabajo contra las adicciones, que eso es importante”.
“Lo fundamental es que los operadores judiciales y la Justicia persigan a las grandes bandas de narcotraficantes, mientras que los chicos que consumen en realidad son las víctimas. A esos chicos que consumen y son víctimas hay que ayudarlos, por ejemplo, con programas de adicciones y con centros de recupero para los adictos”, concluyó.

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