El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) fue aceptado como Amicus Curiae por el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén en la causa penal contra responsables de la empresa Comarsa.
El Inecip sostiene que la suspensión del juicio a prueba concedida, pese a la oposición de la Fiscalía y las querellas, desnaturalizó el artículo 108 del Código Procesal Penal provincial y solicita que se respete la decisión de los acusadores de continuar el proceso y avanzar hacia el juicio oral.
En la causa se investiga la acumulación de residuos peligrosos provenientes de la industria hidrocarburífera en Vaca Muerta. Según la acusación de la Unidad Fiscal de Delitos Ambientales provincial, acompañada por las querellas de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y la APDH-Neuquén, Comarsa habría omitido darles un tratamiento adecuado y parte de esos residuos permanecerían a cielo abierto y sobre el suelo en el Parque Industrial Neuquén Oeste, a unos 500 metros de zonas habitadas. Por estos hechos, los acusados enfrentan una imputación por contaminación peligrosa para la salud y administración fraudulenta.
En el marco del proceso, el juez de Garantías concedió a los imputados la suspensión del juicio a prueba pese a la oposición fundada del Ministerio Público Fiscal y de las querellas. La decisión fue posteriormente revocada por el Tribunal de Impugnación.
En su presentación, el Inecip sostiene que la resolución del juez de Garantías desnaturalizó el artículo 108 del Código Procesal Penal de Neuquén y desconoció el reparto de funciones propio del sistema acusatorio. La norma establece que la suspensión del juicio a prueba requiere la conformidad del imputado y de la Fiscalía. Por ello, ante una oposición fiscal fundada, el control judicial debe limitarse a evaluar su legalidad y razonabilidad, sin sustituir al Ministerio Público Fiscal en una decisión vinculada con el ejercicio de la acción penal.
Para el Inecip, la oposición de la Fiscalía estuvo debidamente motivada en la gravedad y magnitud del daño ambiental investigado y en la insuficiencia de la reparación ofrecida. Por ello, el Inecip considera acertada la decisión del Tribunal de Impugnación y sostiene que debe respetarse la voluntad fundada de los acusadores de continuar con la persecución penal y avanzar hacia el juicio oral. La discusión trasciende el caso Comarsa, ya que involucra la autonomía del Ministerio Público Fiscal y los límites de la intervención judicial en el sistema acusatorio neuquino.

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