El 3 de julio de 2026, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, con la firma del vocal Mariano Sebastián Martínez, dictó la Sentencia N° 122 y condenó a cinco personas por los delitos de peculado y falsedad ideológica de documentos públicos en concurso ideal. La resolución, alcanzada a través del procedimiento de juicio abreviado, puso punto final -al menos para cinco de los seis imputados- a una causa que comenzó con una denuncia anónima y terminó desnudando cómo se vació, papel por papel, un programa federal de vivienda destinado a los sectores más humildes de la ciudad. La lectura de los argumentos de la condena se leyeron este último lunes 27 de julio.
Los condenados son Claudio Martín Mazzarello, maestro mayor de obra e inspector auxiliar por la Unidad Ejecutora Provincial; Germán Ernesto Stegemann, también maestro mayor de obra y responsable técnico del consorcio que administraba los fondos; Rodrigo Alberto Romero Oliva, secretario de ese consorcio; y las presidentas y presidente de las dos cooperativas de trabajo que ejecutaban las obras, Ligia Tamara Cáceres, de la Cooperativa San Jorge, y Maximiliano David Saavedra, de la Cooperativa La Unión.
Mazzarello y Stegemann recibieron tres años de prisión de cumplimiento condicional. Romero Oliva, Cáceres y Saavedra fueron condenados a dos años y seis meses, también en suspenso. Para los cinco, además, el tribunal dispuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos. Los tres primeros fueron declarados coautores del delito; Cáceres y Saavedra, partícipes primarios o necesarios.
El origen del expediente tiene fecha y remitente incierto. El 17 de octubre de 2018, una nota anónima llegó al despacho de la entonces procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche. El texto denunciaba, sin rodeos, el robo de las viviendas financiadas con fondos nacionales. Junto a la denuncia venían más de un centenar de fojas de documentación: copias de convenios, certificados de obra, informes del Registro de la Propiedad. Quien escribió aquella nota conocía el detalle fino de la operatoria y ponía el acento en una frase demoledora: el dinero no estaba y las casas no se habían construido.
El programa que se pretendía ejecutar no era menor. Se trataba del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales. Dos convenios, firmados en 2013 entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del gobierno de Entre Ríos y la Municipalidad de Concepción del Uruguay, preveían la construcción de 160 viviendas con su infraestructura completa. El acuerdo identificado como ACU 743/13 abarcaba 80 casas; el ACU 1415/13, las otras 80. En total, los fondos comprometidos ascendían a 49.247.140 pesos, una suma considerable para la época.
La modalidad elegida para llevar adelante la obra fue la de un consorcio de gestión, integrado por representantes del municipio, de la provincia y de los beneficiarios, que a su vez contrataba a dos cooperativas de trabajo para la construcción. Ese esquema, pensado para agilizar la ejecución y dar participación a la economía social, terminó siendo el andamiaje que permitió la maniobra. Porque en el centro del mecanismo estaban los certificados de avance de obra: los documentos que, mes a mes, informaban cuántas viviendas se habían levantado, en qué grado y con qué inversión, y que habilitaban la llegada de nuevos desembolsos desde la Nación.
El truco fue tan simple como sistemático. En esos certificados -instrumentos públicos destinados a acreditar la verdad de la obra- se consignó un grado de ejecución superior al real. Se informaron viviendas más avanzadas de lo que estaban, se declararon obras complementarias que no se ejecutaron y, en el caso más flagrante, se certificó el progreso de 80 unidades cuando en el terreno apenas se habían iniciado 63. Las diecisiete restantes, ya se dijo, nunca salieron del papel.
Los números que reconstruyó la investigación son elocuentes. En el ACU 743/13, hacia febrero de 2016 se había certificado un avance financiero del 92,90 por ciento, equivalente a casi 19 millones de pesos. La auditoría posterior determinó que el avance real de obra rondaba el 73,62 por ciento. La diferencia -ese 19,28 por ciento de más- representaba fondos justificados sobre trabajo inexistente. En el ACU 1415/13 el desfasaje era todavía más grosero: se certificó un 68,58 por ciento cuando la obra real no superaba el 26,45 por ciento. El exceso trepaba al 42,13 por ciento.
La constatación material llegó de la mano de la Gendarmería Nacional. El 15 de noviembre de 2018, en un allanamiento ordenado por la Justicia, un subalférez y un arquitecto de la fuerza recorrieron el predio para verificar, con sus propios ojos, qué había realmente construido. El informe fue lapidario: contaron 143 viviendas en distintas etapas de edificación, muchas de ellas con terminaciones deficientes, humedad, revoques irregulares y aislaciones falladas. Faltaban, respecto de las 160 comprometidas, las diecisiete que jamás se habían iniciado.
A la constatación de Gendarmería se sumaron las auditorías internas que ordenó la gestión municipal que asumió a fines de 2015. El ingeniero Guillermo Benítez, convocado como responsable técnico, recorrió casa por casa y determinó porcentajes de avance sensiblemente inferiores a los que figuraban en los certificados. El contador Fernando Picart hizo lo propio con la situación económica y financiera del consorcio y detectó, ya en marzo de 2016, un déficit que superaba los siete millones de pesos. Más tarde, el ingeniero Héctor Daniel Ruiz Díaz, incorporado en 2017 para terminar la primera etapa, confirmó lo mismo: los certificados de la segunda tanda de viviendas informaban un avance que no se correspondía con la realidad, e incluso las diecisiete casas nunca iniciadas aparecían con un porcentaje certificado.
El peritaje contable oficial, a cargo del contador Héctor Eduardo Enrique, del Ministerio Público Fiscal, puso cifras al perjuicio. Solo en concepto de mano de obra, la suma de ambos convenios arrojaba un posible daño de más de 13 millones de pesos a valores históricos. Actualizado con los índices de la construcción, el monto se multiplicaba varias veces. El perito también advirtió sobre las obras complementarias -redes cloacales, agua potable, apertura de calles, iluminación- cuya ejecución se certificó sin que existieran constancias técnicas que respaldaran ese avance.
La prueba caligráfica cerró el círculo. El peritaje de la División Criminalística estableció que las firmas estampadas en los certificados fraudulentos pertenecían efectivamente a los imputados. Stegemann, como responsable técnico, rubricaba prácticamente todos los certificados; Cáceres y Saavedra firmaban en representación de sus cooperativas; Mazzarello suscribía en su carácter de inspector de la Unidad Ejecutora Provincial. La imputada Cáceres se había negado a confeccionar cuerpo de escritura, por lo que se recurrió a su firma indubitada en la declaración de imputada para el cotejo.
El expediente reconstruyó también el circuito del dinero. Los fondos nacionales ingresaban a una cuenta del municipio en el Banco Nación y, mediante decretos y órdenes de transferencia, pasaban a una cuenta del consorcio en el Nuevo Banco de Entre Ríos. Desde allí se pagaba a las cooperativas, en su mayoría por transferencia y, en ocasiones, mediante cheques que se cobraban en ventanilla. La pericia contable de Analía Rolhaiser detectó que el consorcio no llevaba los libros contables obligatorios, que faltaban remitos de materiales y que buena parte de la documentación respaldatoria se había extraviado. Una carpeta con los remitos, según declaró la administrativa Dulce Squivo, desapareció del obrador tras una supuesta tormenta.
En la trama declaratoria desfilaron funcionarios municipales, técnicos y responsables de la obra. Casi todos coincidieron en un punto: el control técnico de los avances no correspondía a la Municipalidad ni al intendente, sino al inspector designado por la Unidad Ejecutora Provincial. El exintendente Carlos Schepens, durante cuya gestión se iniciaron las obras, sostuvo que la firma que él y otros funcionarios estampaban respondía a una exigencia formal del convenio y que nunca le informaron de irregularidad alguna. La misma línea siguió el exsecretario de Gobierno Ricardo Vales, quien recordó que en más de una oportunidad se discutió internamente la innecesariedad de que el intendente firmara certificados de naturaleza eminentemente técnica.
Hay, en la sentencia, un ausente central. Mario Jorge Acuña, quien fue secretario de Obras Públicas de la Municipalidad y, simultáneamente, presidente del consorcio durante el desarrollo de la obra, no suscribió el acuerdo de juicio abreviado. Su nombre aparece una y otra vez en las testimoniales: era quien acercaba los certificados a la firma, quien discutía los porcentajes de avance, quien presidía las reuniones del consorcio. La documentación de la causa le fue devuelta a la Unidad Fiscal para que su situación se resuelva por la vía ordinaria. Su juicio, por lo tanto, sigue pendiente.
En la fundamentación jurídica, el tribunal distinguió con precisión los dos delitos en juego. El peculado protege el correcto funcionamiento de la administración pública y la integridad del patrimonio estatal; se configura cuando un funcionario sustrae, o permite que otro sustraiga, caudales cuya administración le fue confiada por su cargo. La falsedad ideológica de documento público, en cambio, protege la fe pública: se produce cuando se insertan declaraciones falsas en un documento auténtico, destinado a acreditar hechos que resultan mendaces. Como una única maniobra lesionó ambos bienes jurídicos, el hecho quedó encuadrado en un concurso ideal. Entre los agravantes, el juez ponderó la naturaleza de los hechos, la extensión del daño causado y la directa participación de cada acusado. Como atenuantes, consideró la falta de antecedentes penales computables, la edad laboral activa de los condenados y el reconocimiento de los quebrantos normativos. El balance derivó en las penas de cumplimiento condicional, acompañadas de una regla de conducta: fijar domicilio y no modificarlo sin autorización del tribunal durante tres años.
Detrás del expediente, de los certificados y de los peritajes, queda una realidad de ladrillo y cemento. Las primeras 80 viviendas del ACU 743/13 se terminaron y se entregaron a fines de 2018; allí fueron reubicadas familias de un asentamiento del barrio San Isidro. La segunda etapa, en cambio, quedó inconclusa. Diecisiete casas nunca se empezaron, y los fondos que la Nación remitió como ampliación presupuestaria -algo más de tres millones y medio de pesos de ese entonces- terminaron devueltos, porque el municipio no obtuvo respuesta sobre si alcanzaban para concluir la obra.
El fallo de Concepción del Uruguay se inscribe en una serie de causas que, en los últimos años, han expuesto los mecanismos de sustracción de fondos públicos en Entre Ríos. Lo distintivo, esta vez, es la materialidad del daño: no se trata de un perjuicio abstracto, sino de familias que esperaron una vivienda que, en diecisiete casos, nunca llegó a existir. Los certificados decían que estaban construidas. El terreno, y la Justicia, dijeron lo contrario.

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