La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná declaró la nulidad absoluta del procesamiento con prisión preventiva de Ulises Facundo Lower, el barbero de Concordia que había sido capturado con más de un kilo de cocaína y un arma de fuego en abril. El Tribunal, integrado por Beatriz Aranguren, Mateo Busaniche y Cintia Gómez, determinó que el Juzgado Federal de Concordia vulneró garantías constitucionales al dictar el procesamiento basándose en una declaración indagatoria prestada ante la justicia provincial, la cual ya no tenía competencia en la materia.
El caso se originó el 14 de abril de 2026 por una denuncia por violencia de género radicada ante la Jefatura Departamental de Concordia por la expareja de Lower. En su declaración, la mujer no solo relató los hechos de violencia, sino que alertó a las autoridades sobre la peligrosidad del hombre, asegurando que poseía un arma de fuego enterrada en la vivienda de su hermana y que se dedicaba a la venta de drogas.
A raíz de esta información, el Juzgado de Garantías N° 2 de Concordia ordenó un allanamiento que se llevó adelante el 18 de abril. Durante el registro de un auto VW Vento, los efectivos policiales hallaron un cargador, una pistola calibre 9 milímetros y ladrillo de cocaína, que tras el test arrojó un peso de poco más de un kilo, con la marca Delfín, que indica su envío directo desde los centros de producción y su alta pureza.
La indagatoria de la polémica
El conflicto jurídico se originó en el traspaso del expediente del fuero provincial al federal. El 20 de abril, Lower fue indagado en la Fiscalía local bajo las normas del código de Código Procesal Penal entrerriano. Cuatro días después, el juez de Garantías se declaró incompetente en lo que respecta a la Ley de Drogas, debido a que la cantidad de droga excedía el narcomenudeo, y remitió las actuaciones al Juzgado Federal de Concordia.
La jueza federal Analía Ramponi aceptó la competencia el 6 de mayo y, el 18, dictó el procesamiento de Lower por tenencia con fines de comercialización, manteniendo su prisión preventiva. Pero no le tomó una nueva declaración indagatoria en sede federal, sino que dio por válida la realizada anteriormente en sede provincial.
El abogado defensor de Lower, Javier Orduna, presentó un recurso de apelación donde solicitó la nulidad de todo lo actuado en la instancia federal. Sostuvo que se violó el principio de inmediatez y el debido proceso, ya que su asistido no tuvo la oportunidad de defenderse ante la autoridad que finalmente lo procesó.
Además, Orduna atacó el fondo de la acusación: sobre la calificación legal, argumentó que la acusación de “comercialización” era conjetural. Señaló que, pese al kilo de cocaína, en los allanamientos no se encontraron balanzas, elementos de fraccionamiento ni otros indicios típicos del tráfico a gran escala, por lo que solicitó que el hecho se encuadre como “tenencia simple”.
Asimismo, cuestionó el riesgo de fuga mencionando que Lower es peluquero de oficio, tiene un amplio grupo familiar en Concordia y un arraigo que no fue valorado adecuadamente, por lo que consideró que debía ser excarcelado.
El fiscal general interino, José Ignacio Candioti, defendió la validez del procesamiento. Para la Fiscalía, la declaración en sede provincial era legítima porque se realizó respetando las garantías constitucionales y con asistencia técnica. Candioti fue enfático al justificar la finalidad comercial de la droga: destacó que el hallazgo de un kilogramo de cocaína compactada, la presencia de una marca distintiva (el “Delfín”) y su ubicación junto a un arma de fuego cargada son elementos que, valorados en conjunto, resultan incompatibles con una hipótesis de consumo personal.
Respecto a la prisión preventiva, el fiscal subrayó que existe un peligro concreto para la denunciante, quien podría sufrir “actos de presión, intimidación o represalia” debido a su vínculo previo con el imputado.
El fallo de la Cámara Federal
Al momento de resolver, la camarista Beatriz Aranguren, con la adhesión de Busaniche y Gómez, recordó que el artículo 36 del Código Procesal Penal de la Nación es tajante: la inobservancia de las reglas de competencia produce la nulidad de los actos. La Cámara enfatizó que la declaración indagatoria es el acto de defensa por excelencia y que, al pasar la causa al fuero federal, era obligatorio cumplir con este rito procesal de forma independiente.
“Asiste razón a la defensa en cuanto postula la nulidad del auto de procesamiento, toda vez que los actos realizados por la justicia ordinaria carecen de validez como consecuencia de la declaración de incompetencia material”, sentenció el tribunal.
De esta manera, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná resolvió anular el procesamiento y la prisión preventiva dictados el 18 de mayo, devolver el legajo al Juzgado Federal de Concordia para que, con “la premura que el caso exige” dado que Lower sigue detenido, se le reciba una nueva y válida declaración indagatoria conforme a la ley federal.

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