El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) restableció la cobertura del 100% de los medicamentos para sus afiliados en toda la Argentina. La decisión se adoptó tras un amparo presentado en la provincia de Tucumán; la resolución judicial dejó sin efecto las restricciones económicas y patrimoniales que el organismo había aplicado en los últimos meses para acceder al beneficio.
La medida judicial fue promovida por el diputado nacional Carlos Cisneros junto con la asociación civil REDECU. Ambos solicitaron ante la Justicia Federal de Tucumán que se garantizara el acceso total y gratuito a los medicamentos para jubilados y pensionados, luego de que el PAMI impusiera nuevas resoluciones que condicionaban la gratuidad a exigencias patrimoniales y trámites adicionales, lo que complicó el acceso a un amplio grupo de afiliados.
El proceso judicial avanzó en dos instancias. En primera instancia, el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza ordenó retrotraer las restricciones y restablecer la cobertura integral, buscando dejar sin efecto los condicionamientos recientes. El PAMI demoró el cumplimiento de esa orden, lo que motivó que el expediente ingresara en el fuero penal federal de Tucumán, donde se requirió la indagatoria del titular nacional del PAMI y del responsable de la Unidad de Gestión Local (UGL) de Tucumán por la presunta desobediencia judicial.
En ese marco, el organismo presentó un acuerdo de reparación integral ante la Justicia Federal y dictó una resolución que instruyó a todas las delegaciones del país a implementar de inmediato la restitución de la cobertura plena y sin restricciones. La nueva normativa también amplió el listado de medicamentos incluidos en el vademécum gratuito, lo que representó una mejora directa para los beneficiarios.
El conflicto se originó cuando el PAMI dictó normas que modificaron el esquema de acceso a los medicamentos. Los requisitos patrimoniales y la exigencia de documentación adicional afectaron a numerosos jubilados y pensionados que hasta entonces recibían los fármacos de manera gratuita. La reacción de organizaciones sociales y legisladores impulsó la presentación judicial colectiva en Tucumán.
Durante el proceso legal, el PAMI mantuvo un esquema de cobertura acotado y sujeto a verificación socioeconómica, lo que dejó fuera del beneficio a muchas personas y generó reclamos en distintas provincias. La intervención del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza y la posterior actuación penal en Tucumán marcaron un punto de inflexión: la Justicia penal solicitó la indagatoria de autoridades del PAMI por desobediencia, tras el incumplimiento de la orden judicial inicial.
La resolución final estableció la restitución del 100% de la cobertura y la ampliación del vademécum de medicamentos gratuitos. El acuerdo de reparación integral presentado por el PAMI permitió destrabar el conflicto y evitar sanciones penales para sus autoridades. El texto de la resolución instruyó a las unidades de gestión local a garantizar la implementación efectiva de la medida en todo el país, sin demoras.
Las organizaciones sociales y los legisladores que promovieron el amparo destacaron la importancia de la intervención judicial para revertir las restricciones. Cisneros sostuvo que la acción colectiva fue clave para asegurar derechos y evitar retrocesos en materia de salud pública. En tanto, la asociación REDECU remarcó que la restitución de la cobertura del 100% para jubilados y pensionados constituye un avance en la protección social de los adultos mayores.
Las autoridades del PAMI informaron que trabajan en coordinación con las delegaciones provinciales para asegurar la correcta aplicación de la nueva normativa. El acuerdo de reparación integral presentado ante la Justicia Federal incluyó compromisos de monitoreo y seguimiento para evitar nuevos conflictos. Organizaciones sociales y legisladores permanecen atentos a la implementación en cada jurisdicción y al cumplimiento de la cobertura en todo el país.
Quiénes quedarán excluidos de la cobertura
Por nivel de ingresos
– Personas que superen 1,5 haberes previsionales mínimos.
– En caso de convivir con alguien con Certificado Único de Discapacidad, el límite se amplía a 3 haberes mínimos.
– Quienes tengan participaciones en empresas que indiquen capacidad económica.
Por situación patrimonial
– Titulares de más de un inmueble
– Propietarios de vehículos con menos de 10 años de antigüedad.
– Personas con bienes de lujo, como embarcaciones o aeronaves.
Por cobertura de salud
– Afiliados con prepaga o doble cobertura médica.
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