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  • La ley de Inocencia Fiscal II es inconstitucional porque limita de manera arbitraria la obligación del Estado de recaudar y controlar el lavado de activos

    La ley de Inocencia Fiscal II es inconstitucional porque limita de manera arbitraria la obligación del Estado de recaudar y controlar el lavado de activos

    Volviendo al principio, todos los gobiernos tuvieron su blanqueo. Incluso este. Pero este proyecto de ley es un nuevo parche a un muy mal proyecto que no dio ningún resultado. Si el gobierno quiere discutir un programa de regularización de activos debería decirlo y llevar al Congreso un proyecto de ley técnicamente sostenible y no seguir sosteniendo este engendro jurídico que solo debilita al Estado argentino.

    Inconsistencias de la ley de Inocencia Fiscal II

    Algunas de las inconsistencias legales del proyecto de ley IF2:

    • Primera limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: seguir acotando como medir las “diferencias significativas” para que el Fisco pueda reclamar impuestos.

    A través del artículo 30 de la ley 27.799 se sustituyó el artículo 56 de la ley 11.683, a los fines de acortar el plazo que tiene el Fisco para determinar y exigir el pago de impuestos.

    Ese plazo de prescripción, que en general es de cinco (5) años, se acortó a tres (3) cuando el contribuyente que adhiera al régimen y siempre que el fisco no impugne la declaración jurada presentada por detectar una “discrepancia significativa”.

    Luego, el proyecto incorporó una definición de “discrepancia significativa” la cual se daría cuando se verifique distintas situaciones:

    • (i) Si de la impugnación realizada por ARCA surge una diferencia de impuesto, reducción de quebrantos o de saldos a favor por un porcentaje no inferior al quince por ciento (15 %) respecto de lo que hubiera declarado el contribuyente.
    • (ii) Si la diferencia entre el impuesto declarado y el impuesto que resulte como consecuencia de la impugnación realizada por ARCA se supera el piso de evasión simple del RPT ($100.000.000).
    • (iii) Si se detecta la utilización de facturas y otros documentos apócrifos.

    Ahora bien, el proyecto IF2 avanza más aun sobre las limitantes del Fisco ya que en la propuesta la “diferencia significativa” debe analizarse únicamente respecto al ajuste practicado por el Fisco en relación al monto del impuesto determinado por el contribuyente, sin considerarse otras causales que preveía el texto original, como ser el impuesto abonado.

    Guillermo Michel, en el momento de jurar como diputado nacional.

    Guillermo Michel, en el momento de jurar como diputado nacional.

    Además, el proyecto de IF2 sigue incluyendo dentro de la prescripción acotada de tres (3) años situaciones que también deberían mantener en el plazo de cinco (5) años para que el fisco pueda ejercer sus facultades plenas, como ser:

    • El contribuyente que califique como “grandes contribuyentes nacionales” a criterio de ARCA.
    • El contribuyente haya obtenido un beneficio por haber adherido a regímenes o sistemas voluntarios y excepcionales de sinceramiento fiscal.
    • Se utilicen, de manera abusiva, Convenios Internacionales para evitar la Doble Imposición con el objetivo de eludir, evitar, ocultar o dificultar el pago de los tributos al fisco nacional.

    Resulta lógico que, en estos casos, donde intervienen contribuyentes con capacidad de planificación fiscal y donde el ajuste requiere obtener información del exterior, el fisco argentino requiere de los cinco (5) para fiscalizar.

    • Segunda limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: Declaración Jurada Simplificada con “presunción” de legalidad para todos los contribuyentes, incluso los grandes nacionales y los no residentes y para un ejercicio fiscal ya cerrado.

    El artículo 38 de la ley 27.799 (IF1) incorporó una DJ simplificada para personas humanas residentes que en los últimos tres (3) años -al momento de ejercer la opción- cumplan con las tres siguientes condiciones:

    • Ingresos totales, gravados, exentos y/o no gravados por el impuesto a las ganancias, de hasta pesos mil millones ($1.000.000.000),
    • Patrimonio total de hasta pesos diez mil millones ($10.000.000.000), y
    • No califiquen como “grandes contribuyentes nacionales” a criterio de ARCA.

    ¿Qué beneficios otorga de manera adicional este régimen simplificado?

    • Efecto liberatorio del pago. Una vez que el contribuyente opto por la DJ simplificada, acepte el contenido de la misma que propone ARCA y pague en termino el contribuyente gozará del efecto liberatorio del pago con relación a ese tributo y período fiscal.
    • Presunción de exactitud. Se presumirá, sin admitir prueba en contrario, la exactitud de las declaraciones juradas presentadas correspondientes a los períodos no prescriptos.

    Entonces, si el contribuyente que opto por el régimen de DJ simplificada presentó de manera correcta su declaración y pago y el fisco no detecta una “discrepancia significativa” el contribuyente goza de un “bloqueo fiscal” para atrás.

    Ahora bien, el proyecto IF2 avanza más aun sobre limitar al Estado en su rol de recaudador de impuestos.

    Primero, mediante el artículo 2° del proyecto IF2, se libera totalmente la posibilidad de ingresar a la DJ simplificada, eliminándose todos los limitantes relativos a los ingresos, el patrimonio y el carácter de no calificar como “Grandes Contribuyentes”. Además, se elimina la posibilidad de que el Estado establezca requisitos adicionales.

    Si bien a través del cuarto párrafo que se propone incorporar al artículo 38 de IF1que, si se trata de “Grandes Contribuyentes Nacionales”, éstos podrán adherir al régimen de declaración jurada sin poder gozar de los beneficios del efecto liberatorio del pago y presunción de exactitud si seguirá gozando de la prescripción acotada.

    Caputo y Milei diseñaron un nuevo blanqueo.

    Caputo y Milei diseñaron un nuevo blanqueo.

    Pero además la situación ilegal y arbitraria es otra: el contribuyente que puede acceder a los beneficios no es el que cumple con los requisitos de la ley o de un Decreto, todo depende del burócrata de turno que diga quien es gran contribuyente nacional y quién no.

    Luego, mediante el segundo párrafo del artículo señalado se incluye una norma redundante que es obvia: “Los contribuyentes que decidan ejercer la opción de adhesión -o, en su caso, de permanencia- a la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias, deberán revestir la condición de residentes fiscales durante la totalidad del período fiscal por el cual se presente la declaración jurada bajo dicha modalidad”.

    Es difícil entender para que la inclusión de este párrafo. Es más que obvio que para acceder a este beneficio es necesario ser residente fiscal. Pero claro, el párrafo está incluido de manera asertiva para dar un beneficio adicional más.

    El artículo 9º del IF2 da el beneficio por la exclusión: “El requisito establecido en el segundo párrafo del artículo 38 de la Ley N° 27.799, incorporado por el artículo 2° de esta ley, no resultará de aplicación para aquellos sujetos que hayan ejerzan la opción de adhesión a la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2025”.

    En definitiva, el único requisito para acceder al beneficio de DJ simplificada -que es ser residente fiscal en Argentina- tiene una excepción: los que ejerzan la opción al beneficio en 2025.

    En otras palabras, sin ser residente fiscal durante todo el 2025 el Estado Argentino le da la posibilidad a un sujeto del exterior de adherir al régimen en 2025 con todos los beneficios del régimen.

    Asimismo, y siguiendo lo que ya se había definido en el Decreto N° 353/26 y Decreto N° 93/2026, se establece en el quinto párrafo del artículo que: “la opción de adhesión a la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias podrá ejercerse para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive”.

    Nuevamente, buscar aplicar un beneficio fiscal, en desmedro de la obligación del fisco de recaudar, sobre un periodo fiscal ya cerrado (31 de diciembre de 2025) viola el principio de irretroactividad ya que esta no es una ley penal más benigna, es una simple ley procedimental administrativa.

    • Tercera limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: posibilidad de rectificar (pagar o evadir ya es lo mismo) y blindaje total hasta el 2025.

    Los artículos 3° y 4° del proyecto IF2 modifican el artículo 40 de la ley 27.799 (IF1) volviendo a flexibilizar la definición de “discrepancia significativa” para determinar si el período base mantiene o no el efecto liberatorio del pago en los siguientes puntos:

    • La diferencia debe analizarse con relación al ajuste practicado por el Fisco respecto del monto del impuesto determinado por el contribuyente, sin poder considerarse, además, la diferencia del impuesto abonado.
    • Se pone un nuevo piso a la “discrepancia significativa”: la medición del 15% se activa en tanto y en cuanto el monto que surja del ajuste supere el umbral mínimo equivalente al 5% del importe previsto en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario ($ 5 millones). En otras palabras, si no se supera ese nuevo piso del 5% del importe de evasión simple, no hay discrepancia a pesar de que el impuesto determinado por ARCA sea el doble que el que termino el contribuyente.
    • Para el caso de IVA, los períodos no prescriptos son aquellos comprendidos hasta el mes de diciembre, inclusive, del período fiscal del impuesto a las ganancias por el cual se ejerció la opción. Un ejemplo: Si el período base del impuesto a las ganancias es 2026, se entiende como períodos no prescriptos del IVA diciembre de 2026, inclusive.

    También, se incorpora un nuevo beneficio para mantenerse en el régimen: si el Fisco investiga y detecta la evasión el contribuyente rectifica y apaga y puede seguir manteniendo beneficios.

    Si bien el Poder Ejecutivo, en un exceso ilegal de reglamentación a través del Decreto Nº 93/2026)[i], había previsto supuestos de rectificación manteniendo los beneficios el penúltimo párrafo que se propone incorporar al artículo 40 de IF1 va mucho más allá, estableciendo que, cualquiera sea el supuesto de discrepancia significativa: “… no se considerará la diferencia que se produzca entre la declaración jurada simplificada original y la rectificativa, en la medida en que esta última sea presentada por el contribuyente en un plazo no mayor a los QUINCE (15) días hábiles de notificada la liquidación administrativa del artículo 14 o la resolución de determinación de oficio a que hace referencia el artículo 17, ambos de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y los saldos de impuesto impugnada por esa circunstancia y no ingresen la diferencia de impuesto que pudiera corresponder, con más sus intereses”.

    El Congreso de la Nación tratará la ley de Inocencia Fiscal II en el segundo semestre.

    El Congreso de la Nación tratará la ley de Inocencia Fiscal II en el segundo semestre.

    Mariano Fuchila

    Con esta nueva norma cumplir con el Fisco y pagar en tiempo y forma o evadir es lo mismo. A partir de ahora, si ARCA detecta una evasión el contribuyente paga el capital y los intereses (ni siquiera las multas) y sigue gozando de todos los beneficios. No queda “zanahoria” alguna para cumplir en tiempo y forma con el Estado.

    Por último, y con un artilugio legal muy sofisticado, blindan de manera definitiva cualquier ajuste que el Fisco quiera hacer sobre un contribuyente que adhiera al régimen hasta el período 2025.

    En efecto, el nuevo último párrafo que se incorpora al artículo 40 de la ley 27.799 prevé que “Las disposiciones de este artículo resultarán de aplicación para cada uno de los períodos para los cuales se hubiera presentado la declaración jurada bajo la modalidad simplificada del Impuesto a las Ganancias”.

    De esta manera, si un contribuyente ejerció la opción en el régimen para el período 2025, el 2025 es período base amparado por el efecto liberatorio del pago, en tanto que los períodos hasta 2024 son aquellos no prescriptos con el beneficio de presunción de exactitud.

    En otras palabras, si al contribuyente que adhirió al régimen en 2025, 2026 y 2027 luego le ajustan y le hacen caer el 2027 por alguna diferencia el Fisco podrán revisarle el 2026 pero nunca podrá ir más allá del 2025 porque fue el primer periodo base. Pero como el 2025 siempre será el primer periodo base disponible sólo podrá ajustarse en caso de que se configure respecto de él una discrepancia significativa en los términos y condiciones que señala la ley 27.799.

    Un artilugio a medida para blindar el patrimonio de contribuyentes y que arranque de cero a partir del 2025.

    El detalle de la ley de Inocencia Fiscal II

    • Cuarta limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: le sacan una herramienta esencial para controlar, cruzar los depósitos bancarios con las ventas.

    El texto proyectado por el artículo 6° de IF2 establece que a los efectos de evaluar si existe o no la “discrepancia significativa” no serán aplicables las disposiciones del inciso g) del artículo 18 de la ley 11.683, esto es analizar y cotejar los depósitos bancarios de los contribuyentes, una herramienta esencial de cualquier inspección.

    • Quinta limitación: sigue permitiendo que funcionarios públicos accedan al régimen.

    Si bien como señale el proyecto de ley no es un blanqueo en términos estrictos, si limita la facultad de fiscalización y otorga una presunción de legalidad fiscal para atrás.

    Independientemente de lo señalado, esta ley solo impacta en términos tributarios y de lavado (como se analizará en el punto siguiente), y no tiene impacto en términos penales. Es decir, los tipos penales del Código Penal (enriquecimiento ilícito) se seguirán aplicando independientemente de esta ley y en nada exime este régimen de los delitos aplicables a los funcionarios previstos en el Código.

    Sin embargo, un funcionario público no puede verse beneficiado de que el Estado (su empleador y a quien sirve) no pueda controlarlo, fiscalizarlo o exigirle el pago de impuestos por el simple hecho de adherir a un régimen específico.

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho, desde el fallo “Unanué c/ Municipalidad de la Capital” de 1923, que la “igualdad es entre iguales”. No hay igualdad de obligaciones y deberes entre un ciudadano común y un funcionario.

    • Sexta limitación: deja de regular exclusivamente la relación entre el contribuyente y la administración tributaria y pasa a incidir directamente sobre la valoración del riesgo que deben realizar los sujetos obligados de la ley de lavado.

    El proyecto IF2 excede el terreo de la discusión sobre la conveniencia fiscal o económica de las medidas. En efecto, IF2 va más allá de la política tributaria y atribuye consecuencias expresas dentro del sistema ALA/CFT/CFP a la adhesión al régimen, en tres puntos particulares:

    • Que la adhesión a un régimen tributario deba ser considerada obligatoriamente como un “antecedente favorable” por los sujetos obligados (artículo 5 del proyecto, nuevo artículo 40 bis, cuarto párrafo);
    • Que la canalización por el sistema formal se considere satisfecha por la intervención financiera únicamente en el origen o en el destino (artículo 5 del proyecto, nuevo artículo 40 bis, primer párrafo), y;
    • Que se establezca una excepción específica respecto de pagos en efectivo vinculados con operaciones inmobiliarias sin prever simultáneamente salvaguardas reforzadas sobre origen de fondos y origen patrimonial (artículo 5 del proyecto, nuevo artículo 40 bis, segundo y tercer párrafos).

    En particular, IF2 deja de regular exclusivamente la relación entre el contribuyente y la administración tributaria y pasa a incidir directamente sobre la valoración del riesgo que deben realizar bancos, entidades financieras, escribanos, inmobiliarias, agentes del mercado de capitales y los restantes sujetos obligados alcanzados por la Ley 25.246.

    El momento institucional en el que se propone esta modificación tampoco es indiferente. Argentina acaba de atravesar la Cuarta Ronda de Evaluación Mutua del GAFI/GAFILAT, un proceso que durante 2024 ocupó un lugar central dentro de la política nacional de prevención y lucha contra el lavado de activos.

    La propia UIF señaló en su Informe de Gestión 2024 que la Evaluación Mutua constituyó un objetivo prioritario y transversal, que durante ese período se actualizaron los marcos regulatorios de los distintos sectores conforme al Enfoque Basado en Riesgo y que las amenazas y vulnerabilidades identificadas en la Evaluación Nacional de Riesgos debían orientar la respuesta del sistema.

    El organismo destacó, además, que durante 2024 se dictaron diecinueve nuevas resoluciones destinadas a que los sujetos obligados identificaran, evaluaran, monitorearan, administraran y mitigaran eficazmente sus riesgos de LA/FT/FP.

    Esta evolución es particularmente relevante porque muestra que el sistema argentino venía transitando desde una concepción apoyada excesivamente en controles formales hacia un modelo en el cual lo determinante es comprender la realidad económica del cliente y de sus operaciones.

    El proyecto, sin embargo, corre el riesgo de introducir una lógica inversa al asignar por ley una valoración preventiva positiva a un hecho puramente formal: la adhesión a un régimen tributario.

    La regularidad tributaria de un activo no equivale a su licitud patrimonial. Que una persona declare dinero, regularice una inconsistencia fiscal o incorpore fondos al circuito financiero no permite concluir cómo fue generado ese patrimonio. Puede tratarse de renta lícita que no había sido declarada, pero también puede tratarse del producto de evasión tributaria, corrupción, narcotráfico, contrabando, fraude, administración fraudulenta, trata de personas u otros delitos.

    Esta distinción resulta esencial, porque la política tributaria puede resolver cómo tratar la relación del contribuyente con el fisco, pero no puede, por esa sola razón, producir una conclusión acerca de la procedencia lícita del patrimonio.

  • ¿Cómo es el proyecto kirchnerista de quita de la deuda argentina para implementar en 2027?

    ¿Cómo es el proyecto kirchnerista de quita de la deuda argentina para implementar en 2027?

    Dicen los cercanos que es el capítulo sobre el que más se concentra hoy Cristina Fernández de Kirchner. Incluso más profundamente que en las cuestiones políticas que tienen que ver con la interna con el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof. Aseguran que la ex presidenta consultó a varios expertos tanto en deuda como en acciones jurídicas, para saber qué tan cierta y posible es la alternativa que tiene en mente. Y que cada tanto frena a su hijo Máximo, que busca una salida aún más revolucionaria que la que Cristina tiene en mente y diseña en sus largas horas de condena en su domicilio de prisión.

    Mientras el gobierno de Javier Milei profundiza su estrategia de normalización financiera y busca recuperar el acceso pleno al crédito internacional, en el principal espacio opositor comienza a tomar forma una propuesta de sentido exactamente contrario: revisar el origen de parte de la deuda externa argentina y dejar de pagar aquellos compromisos considerados de naturaleza “política” o “ilegítima”.

    Obviamente no se trata de ningún proyecto de ley ni, aún, de una plataforma formal. Pero sí de una línea de trabajo dictada por la ex presidenta, para que dirigentes del kirchnerismo y sectores del peronismo afines estén al tanto. Y que eventualmente respeten como las tablas sagradas de la propuesta de gobierno para el 2027. La idea parte de una premisa: distinguir entre la deuda tomada para financiar al Estado o inversiones y aquella contraída, según esta visión, por razones geopolíticas o para sostener gobiernos específicos. Por ejemplo, los de Mauricio Macri y Javier Milei.

    Un planteo similar fue propuesto recientemente por el exdirector de Aduanas y exsecretario de Política Tributaria, Guillermo Michel, uno de los principales referentes económicos del peronismo para la campaña de 2027. Michel sostuvo que una futura administración debería dejar de pagar la parte “política” de la deuda con el Fondo Monetario Internacional, argumentando que el organismo violó su propio estatuto cuando otorgó el préstamo récord concedido durante el gobierno de Mauricio Macri en 2018. Sus declaraciones se apoyan en cuestionamientos que distintos economistas vienen realizando desde hace años respecto de la legalidad y los objetivos de aquel programa.

    La discusión gira originalmente alrededor del préstamo “stand by” por US$ 57.000 millones aprobado en junio de 2018, del cual finalmente se desembolsaron cerca de US$ 44.000 millones. Para el kirchnerismo ese crédito tiene un origen ilegal: el objetivo eminentemente político de sostener financieramente al gobierno de Mauricio Macri antes de las elecciones presidenciales de 2019 y evitar una crisis cambiaria que acelerara su derrota electoral. A ese dinero hay que sumarle los otros U$S 20.000 millones adicionales aprobados por el FMI en el acuerdo cerrado en abril del año pasado con el gobierno de Javier Milei, y que implican un acuerdo de Facilidades Extendidas del que ya se desembolsaron unos U$S 15.000 millones.Ese argumento fue reforzado incluso por la Oficina de Evaluación Independiente del propio FMI, que años atrás cuestionó el programa por considerar que se apartó de procedimientos habituales y que sus objetivos resultaron demasiado optimistas. Sin embargo, el organismo nunca declaró inválido el préstamo ni reconoció irregularidades que habiliten jurídicamente su desconocimiento. Por otro lado, el crédito ampliado durante el gobierno de Milei nunca fue siquiera debatido.

    Sobre esa base, el kirchnerismo propone separar conceptualmente la deuda en dos partes. La primera correspondería a obligaciones financieras normales, que deberían seguir siendo honradas, y que se relacionan directamente con el porcentaje de deuda que le hubiera correspondido a la Argentina por su nivel de sociedad con el organismo financiero internacional. Concretamente, ese número no debería superar los U$S 25.000 millones. La segunda parte de la deuda sería aquella vinculada a decisiones políticas extraordinarias del Fondo y que, según esta interpretación, podría ser objeto de una renegociación mucho más agresiva o incluso de un desconocimiento parcial. Concretamente, a los planes de ayuda extra que se le otorgaron a la Argentina durante el gobierno de Macri y de Milei, y que excedan la cuota original y avalada que le hubiera correspondido al país por ser socio del FMI y por su nivel de aportes. Concretamente, serían unos U$S 40.000 millones que Argentina debería desconocer. O, por lo menos, replantear. O, como mínimo, renegociar tanto en plazos como en intereses. Y más allá de los 10 años de máximo que autorizan los estatutos del FMI en las únicas dos variables de créditos: stand by y facilidades extendidas.La doctrina de la “deuda ilegítima” es una idea que dentro del peronismo tiene sus años. Desde hace décadas distintos sectores sostienen que existen deudas “odiosas”, “ilegítimas” o contraídas en violación de normas nacionales o internacionales. La novedad consiste en que ese concepto vuelve a instalarse en un contexto político completamente distinto, con una deuda con el FMI que continúa siendo la mayor exposición crediticia de la historia del organismo y con un nuevo programa firmado por la administración Milei en 2025.

    En esta visión, el eventual desconocimiento no abarcaría toda la deuda pública argentina sino únicamente aquella parte cuya génesis pudiera demostrarse como política.Los conomistas cercanos a esta postura sostienen que el propio estatuto del FMI prohíbe utilizar sus recursos para financiar salidas masivas de capitales o intervenir con fines políticos, por lo que consideran que existen fundamentos para discutir la legitimidad de parte de los préstamos de 2018 y de 2025. Ambos otorgados durante la gestión de Donald Trump en la Casa Blanca.

    Especialistas en derecho internacional y finanzas advierten, sin embargo, que trasladar esa idea a una decisión concreta sería extremadamente complejo. A diferencia de una sentencia judicial, los préstamos del FMI se encuentran respaldados por acuerdos internacionales aceptados voluntariamente por los Estados miembros. Argentina, además, continuó reconociendo esas obligaciones durante los gobiernos de Alberto Fernández y Javier Milei mediante nuevos acuerdos y refinanciaciones, lo que fortalece la continuidad jurídica de la deuda. En consecuencia, un eventual desconocimiento unilateral difícilmente pudiera limitarse a una discusión técnica.La discusión todavía se desarrolla en el plano conceptual y político. Sin embargo, anticipa uno de los ejes que probablemente dominarán el debate económico de cara a las elecciones presidenciales de 2027: si Argentina debe seguir honrando íntegramente los acuerdos firmados con los organismos internacionales o si existe margen para impugnar una parte de esos compromisos sobre la base de su origen político o de eventuales irregularidades en su concesión.

    Como novedad, desde el kirchnerismo se considera que la deuda privada no es pasible de negociaciones. Y que se debe mantener el esquema de renegociación planteado en el acuerdo cerrado en octubre de 2020, en el gobierno de Alberto Fernández, con Martín Guzmán como ministro de Economía. Se considera que esa deuda es manejable, y que deshonrarla sería ruinoso para la cantidad de acreedores locales que tienen estos bonos. Incluyendo ANSES.El foco es el FMI. Para el kirchnerismo, ahí está el enemigo. Y ya lo dijo hace un tiempo el propio Máximo Kirchner, en un acto en Parque Lezama en junio pasado: “No hay manera de que la mayoría de los argentinos vivan mejor si la deuda externa argentina no es reestructurada. No hay manera de hacer frente a los vencimientos externos y al mismo tiempo prometerle a la gente que tendrá mejor educación, salud, acceso a la tierra y a la vivienda”. La sola existencia de esta frase implica que la deuda argentina que vence en 2027 valga tres puntos porcentuales menos que la que debe liquidarse en octubre de 2028. Y eso que aún no es pública la propuesta en la que trabaja Cristina Fernández de Kirchner en su arresto domiciliario.

  • En las últimas tres semanas se acumularon 15 proyectos en Diputados sobre las Islas Malvinas y una denuncia penal

    En las últimas tres semanas se acumularon 15 proyectos en Diputados sobre las Islas Malvinas y una denuncia penal


    En las últimas tres semanas se acumularon 15 proyectos en Diputados sobre cuestiones relacionadas a las Islas Malvinas. Van desde pedidos de informes al Ejecutivo por el buque HMS Medway y las actividades de exploración de petróleo, hasta proyectos para expresar beneplácito a los jugadores de la Selección Argentina por desplegar la bandera de Malvinas y a los hinchas por confeccionarla. También hay textos de repudio contra funcionarios por sus declaraciones sobre el tema.

    El último en ingresar, este miércoles fue el presentado por los diputados peronistas Guillermo Michel y Kelly Olmos. Le piden al Ejecutivo que informe a la Cámara “sobre las actividades de exploración y búsqueda de hidrocarburos impulsadas o autorizadas por el Reino Unido de Gran Bretaña en el área circundante a las Islas Malvinas” y cuáles son las actuaciones que hizo o va a hacer Cancillería.

    Como contó Clarín, Argentina se viene quedando afuera del negocio petrolero que se cocina en las islas en disputa con el Reino Unido. Ahora, las autoridades del archipiélago, donde una empresa de Israel y otra de Gran Bretaña prometen extraer crudo a partir de 2028, negocian con una compañía naviera de Chile la provisión de los servicios futuros.

    “Toda actividad de exploración o explotación de recursos naturales autorizada ilegal y unilateralmente por el Reino Unido constituye un desconocimiento de la jurisdicción argentina y una afectación directa de los derechos soberanos de una de nuestras provincias; y vulnera el derecho internacional y las resoluciones de las Naciones Unidas”, planteó Michel.

    Por ese mismo tema la ex diputada libertaria Marcela Pagano presentó una denuncia penal contra las empresas involucradas. “Denuncié penalmente la entrega de licencias petroleras a empresas extranjeras para explotar el petróleo de NUESTRAS Malvinas. Es tiempo de que todos juntos pongamos fin al saqueo británico”, sentenció.

    Pagano es autora también de cinco proyectos ligados a Malvinas. Entre ellos, uno para “declarar de interés de la Cámara el paño con la inscripción ‘Las Malvinas son argentinas’” desplegado por los jugadores de la Selección Argentina y otro para “expresar reconocimiento a los hinchas argentinos que confeccionaron y aportaron” la bandera.

    Por su parte, el bloque de Unión por la Patria casi en su conjunto presentó una iniciativa para exigirle al Ejecutivo explicaciones sobre “diversas cuestiones relacionadas con el tránsito del patrullero oceánico HMS Medway perteneciente a la Royal Navy del Reino Unido y asignado al despliegue militar británico en Islas Malvinas”.

    Por el mismo tema, el radical Pablo Juliano presentó un proyecto para expresar su “repudio y preocupación”.

    Como contó Clarín, el día en que Argentina le ganó a Inglaterra en el Mundial la Cancillería emitió una protesta por el paso de ese buque de guerra británico y dijo que fueron ilegales. Desde Londres informaron que era una “misión logística planificada”.

    Por otra parte, se recibieron proyectos de repudio contra la ministra de Seguridad Alejandra Monteoliva y el vocero Adrián Ravier por declaraciones suyas sobre el tema.

    El socialista santafesino Esteban Paulón y el diputado peronista de Tierra del Fuego pidieron repudiar a la ministra por confirmar la prohibición de ingresar con mensajes alusivos a las Islas Malvinas al partido de Argentina contra Inglaterra y por calificar “el reclamo de soberanía de la República como un mensaje político”.

    Contra Ravier, se presentó un texto por señalar a la Argentina como un país bananero. “Siendo un país bananero nunca vamos a recuperar las Malvinas”, declaró aunque después aclaró sus dichos.

  • Terreno complicado Inocencia Fiscal II: el Gobierno busca avanzar con su reforma tributaria pero hay dudas en sus aliados

    Terreno complicado Inocencia Fiscal II: el Gobierno busca avanzar con su reforma tributaria pero hay dudas en sus aliados

    El Gobierno presentó el proyecto de Inocencia Fiscal II y busca avanzar con una nueva reforma tributaria a partir de agosto, aunque la iniciativa ya genera dudas entre sus aliados y un fuerte rechazo de la oposición.

    La propuesta se suma a otras reformas impulsadas por el Ministerio de Economía, como la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central y el Súper RIGI, además de los proyectos diseñados por el Ministerio de Desregulación, entre ellos la Ley Hojarasca y la iniciativa sobre la inviolabilidad de la propiedad privada.

    La primera reacción de los bloques aliados resultó cauta. El PRO decidió esperar hasta la próxima semana para fijar una posición, mientras que el radicalismo informó que sus diputados todavía analizan el proyecto.

    También surgieron reparos entre los sectores provinciales que acompañan al oficialismo. Una de las principales objeciones apunta a que la iniciativa no excluye a funcionarios públicos y a sus familiares directos.

    Qué propone Inocencia Fiscal II

    El proyecto permite que los contribuyentes rectifiquen sus declaraciones juradas ante diferencias o inconsistencias sin quedar automáticamente excluidos del régimen simplificado.

    Además, quienes regularicen su situación podrán conservar los beneficios del sistema. La iniciativa también propone eliminar los topes vinculados con las diferencias detectadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

    El organismo recaudador solamente podrá cuestionar una declaración jurada si demuestra, mediante información objetiva, la existencia de diferencias significativas.

    La propuesta también incorpora una presunción de exactitud para determinados contribuyentes, que contarían con mayores garantías frente a eventuales fiscalizaciones.

    El proyecto establece, además, un tratamiento especial para los fondos hasta el 31 de diciembre de 2027 y contempla la exención de determinadas multas para quienes hayan regularizado ajustes en el Impuesto a las Ganancias o el IVA y adhieran al régimen simplificado.

    El rechazo de la oposición

    La oposición ya expresó su rechazo al proyecto. El diputado bonaerense Pablo Juliano cuestionó que la iniciativa mantenga la posibilidad de que funcionarios y familiares directos queden alcanzados por el régimen.

    “¿Creen que el Gobierno recapacitó? No. La Inocencia Fiscal 2 sigue abierta para ellos”, sostuvo.

    El santafesino Esteban Paulón también criticó la propuesta y afirmó que apunta a generar “más impunidad y menos transparencia”. En ese sentido, sostuvo que la ley “no puede ser un salvavidas para los poderosos”.

    Dentro del peronismo, Agustín Rossi calificó el proyecto como “vergonzoso” y sostuvo que beneficia a funcionarios y políticos. “Otra ley hecha a medida”, afirmó.

    El entrerriano Guillermo Michel, por su parte, cuestionó la constitucionalidad de la iniciativa y afirmó que el Estado no puede renunciar a sus facultades de fiscalización.

    En el Senado, la bonaerense Juliana Di Tullio presentó una propuesta para derogar artículos del Régimen de Inocencia Fiscal vinculados con las garantías fiscales y penales para los contribuyentes y las restricciones a las inspecciones de períodos ya aceptados por el fisco.

    El proyecto de Inocencia Fiscal II deberá ahora atravesar el debate legislativo, en un escenario en el que el Gobierno todavía busca conocer el nivel de respaldo que tendrá entre sus aliados y los bloques provinciales.

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  • Primeras repercusiones de Inocencia Fiscal II en el Congreso: duda de aliados y rechazo opositor

    Primeras repercusiones de Inocencia Fiscal II en el Congreso: duda de aliados y rechazo opositor

    El proyecto se anotó en la lista de prioridades del Ejecutivo para el segundo semestre legislativo. Resquemores entre los bloques por la inclusión de funcionarios a la posibilidad de blanqueo.

    Aún desconociendo el escenario que sobrevendrá tras el receso legislativo, por las posturas de sus aliados en la construcción de alternativas electorales, el Gobierno continúa anunciado proyectos a tratar desde agosto y esta semana presentó el proyecto de Inocencia Fiscal II, una renovación más profunda del régimen tributario que aprobó en el Congreso junto al Presupuesto 2026, en diciembre pasado.

    La iniciativa se anota junto a otras reformas impulsadas por el Ministerio de Economía, como la reforma de la carta orgánica del BCRA o el Súper RIGI, y los proyectos que diseñó el Ministerio de Desregulación, como la ley Hojarasca y la de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada“.

    La primera recepción de los aliados fue cauta al respecto de la ley. El PRO evitará pronunciarse hasta la próxima semana, mientras que el radicalismo le expresó a Ámbito que están “estudiando el proyecto conjuntamente todos los diputados de nuestro bloque”. Desde los aliados provinciales, donde crece el malestar por la imposición sistemática de propuestas inconsultas, llegó la primera definición: “Hay malestar por la no exclusión de funcionarios familiares directos”.

    Luis Caputo y María Ibarzábal Murphy presentaron el proyecto de Inocencia Fiscal II.

    Luis Caputo y María Ibarzábal Murphy presentaron el proyecto de Inocencia Fiscal II.

    Captura de pantalla

    Rechazo opositor a Inocencia Fiscal II

    Las voces más antagonistas de Provincias Unidas ya mostraron su rechazo a la propuesta del Gobierno. El bonaerense Pablo Juliano, quien recordó que “la primera ‘Inocencia Fiscal’ la metieron por la ventana en la madrugada del 18 de diciembre. En el recinto pedimos excluir a los funcionarios, pero no quisieron. ¿Qué pasó después? La usaron Adorni, Francos, Sturzenegger, Felipe Núñez y Espert. ¿Creen que el Gobierno recapacitó? No. La ‘Inocencia Fiscal 2’ sigue abierta para ellos. La doctrina Adorni sigue vigente: no declarar y evadir todo lo que se pueda”.

    Así también se posicionó el santafesino Esteban Paulón, quien en sus redes sociales calificó que la intención apunta “más impunidad y menos transparencia”: “La ley no puede ser un salvavidas para los poderosos”. El diputado también recordó su proyecto que busca modificar el artículo 38 de la ley 27.799 del Régimen de Inocencia Fiscal para excluir de este régimen a funcionarios de todos los poderes del Estado y sus familiares directos desde 2 años antes de ingresar a la función pública.

    Dentro del peronismo, la primera reacción fue la del santafesino Agustín Rossi, quien calificó al intento como “vergonzoso” porque “beneficia a funcionarios y políticos”. “No solo premian a los grandes evasores, ahora también habilitan un régimen para quienes ejercen la función pública. Los que venían a convertir la moral en política de Estado son, en realidad, profundamente amorales”, dijo en sus redes sociales y remató: “Otra ley hecha a medida”.

    Entrevistado en Gelatina, el entrerriano Guillermo Michel consideró que al proyecto no “lo hicieron los funcionarios públicos, sino los estudios de abogados” y sostuvo que “es inconstitucional” porque “el Estado no puede renunciar a su facultad de fiscalización”. En sintonía, desde el Senado la bonaerense Juliana Di Tullio elevó una propuesta para derogar los artículos 38, 39, 40, 41 y 42 de la ley 27.799 del Régimen de Inocencia Fiscal, que ofrecen garantías fiscales y penales de los contribuyentes ante sus declaraciones juradas simplicadas y restringe las inspecciones de períodos ya aceptados por el fisco.

    La oposición busca frenar un nuevo intento tributario libertario.

    La oposición busca frenar un nuevo intento tributario libertario.

    Mariano Fuchila

    Los puntos clave del proyecto de Inocencia Fiscal II

    • Rectificación de las declaraciones juradas: los contribuyentes podrán corregir diferencias o inconsistencias sin quedar automáticamente excluidos del régimen simplificado.
    • Conservación de los beneficios: quienes regularicen su situación podrán mantener las ventajas contempladas por el sistema.
    • Eliminación de topes: el proyecto propone quitar los límites actualmente vigentes vinculados con las diferencias detectadas por ARCA.
    • Mayores exigencias para ARCA: el organismo solamente podrá cuestionar una declaración jurada si demuestra, mediante información objetiva, la existencia de diferencias significativas.
    • Presunción de exactitud: los contribuyentes alcanzados por este principio tendrán mayores garantías frente a posibles fiscalizaciones del organismo recaudador.
    • Tratamiento especial para los fondos: hasta el 31 de diciembre de 2027, el dinero utilizado por quienes estén alcanzados por la presunción de exactitud conservará las condiciones previstas por la normativa.
    • Exención de multas: la iniciativa contempla que determinadas sanciones no sean aplicadas a quienes hayan regularizado previamente ajustes en los impuestos a las Ganancias o al Valor Agregado (IVA) y adhieran al régimen simplificado.

    Proyecto completo de Inocencia Fiscal II

    Por Fernando Brovelli.-

  • Exigen explicaciones a Milei por la exploración petrolera de Reino Unido en Malvinas

    Exigen explicaciones a Milei por la exploración petrolera de Reino Unido en Malvinas

    El diputado nacional Guillermo Michel junto a las diputadas Kelly Olmos y Moira Lanesan Sancho presentaron en la Cámara de Diputados un pedido de informes sobre la explotación de hidrocarburos en las Islas Malvinas, donde le exigen al Poder Ejecutivo que detalle las medidas que adoptó frente a las recientes actividades de exploración y búsqueda de petróleo impulsadas o autorizadas por el Reino Unido en el área marítima circundante al archipiélago.

    Islas Malvinas, imagen satelital - Enero de 2011

    La iniciativa solicita información sobre las acciones diplomáticas, judiciales y administrativas llevadas adelante por el Gobierno, así como la estrategia prevista para impedir el avance de actividades unilaterales sobre recursos naturales en la zona en disputa.

    En diálogo con PERFIL, Michel aseguró que la presentación responde a una preocupación por la falta de reacción oficial frente al avance británico en el Atlántico Sur. “Esto tiene que ver con una constante por parte del Gobierno de no cumplir con el mandato constitucional de que primero la Argentina, primero el trabajo argentino, primero la industria argentina y primero el territorio argentino”, sostuvo.

    El diputado nacional del Frente Renovador, que integra el bloque Unión por la Patria, recordó que semanas atrás ya había impulsado un pedido de informes por el paso de un patrullero británico por aguas bajo jurisdicción argentina, aunque afirmó que el Ejecutivo nunca respondió. En esta oportunidad, explicó, decidió ampliar el reclamo para incluir la explotación de hidrocarburos y de recursos pesqueros alrededor de las islas.

    “Ayer volvimos a hacer un pedido de informes, un poco más profundo, vinculado justamente al tema de la extracción ilegal de petróleo por parte del Reino Unido y de empresas que el Reino Unido estaría autorizando”, afirmó.

    HMS Medway, Royal Navy 08072026

    Qué reclama el proyecto

    El proyecto solicita que el Gobierno informe si tomó conocimiento de las nuevas actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en Malvinas autorizadas por el Reino Unido, y qué medidas adoptó frente a esa situación. También pide precisiones sobre las actuaciones de la Cancillería, las eventuales protestas diplomáticas y las acciones impulsadas ante las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.

    Además, requiere que el Poder Ejecutivo detalle si prevé iniciar acciones contra las empresas involucradas y cuál es la estrategia oficial para impedir el avance de la explotación de recursos naturales en el área en disputa.

    En los fundamentos, la iniciativa sostiene que las actividades impulsadas por el Reino Unido constituyen una acción unilateral sobre un territorio cuya soberanía permanece en disputa y advierte que la explotación de recursos naturales sin autorización argentina vulnera el derecho internacional, afecta los derechos soberanos del país y compromete recursos estratégicos.

    Michel insistió en que considera ilegítimas esas actividades porque “las Malvinas son argentinas” y advirtió que el impacto no se limita a la explotación petrolera.

    “La pérdida de recursos que está teniendo la Argentina, vinculados a la pesca, producto de autorizaciones ilegales que está dando el Reino Unido, es alarmante”, concluyó.

    RG/MSS

  • Tras el caso Adorni. La oposición pide excluir a los funcionarios de la ley de “inocencia fiscal 2”

    Tras el caso Adorni. La oposición pide excluir a los funcionarios de la ley de “inocencia fiscal 2”

    “La doctrina Adorni sigue vigente”. Con ese tono de críticas, la oposición recibió el proyecto de “inocencia fiscal 2” que el Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados. La iniciativa, con la que el ministro de Economía, Luis Caputo, busca que los ahorros “puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad de ningún tipo”, permite que funcionarios y exfuncionarios públicos adhieran al régimen. Ese es uno de los puntos que enfrenta mayor resistencia en el Congreso.

    Sonia Becherman, una de los tres tributaristas convocados por el Gobierno para explicar el contenido técnico del proyecto en la conferencia de prensa que encabezó Caputo, confirmó que están incluidos en el sistema: “No hay exclusiones que tenga la ley en este caso [por los funcionarios]. Todos los contribuyentes que cumplan las condiciones de la ley podrán ingresar en el régimen simplificado”.

    El proyecto busca incentivar la bancarización de los “dólares del colchón” mediante la ampliación del acceso al régimen simplificado del Impuesto a las Gananciasy el fortalecimiento de las garantías jurídicas para los contribuyentes. Quien se acoge a este beneficio evita sanciones penales y antecedentes, aunque debe regularizar sus declaraciones y contribuciones impositivas.

    Luis Caputo, ministro de Economía, encabezó la presentación del proyecto en el Palacio de Hacienda junto a María Ibarzábal Murphy, secretaria de Legal y Técnica
    Luis Caputo, ministro de Economía, encabezó la presentación del proyecto en el Palacio de Hacienda junto a María Ibarzábal Murphy, secretaria de Legal y TécnicaPresidencia

    Las dudas y los cuestionamientos de dirigentes opositores aluden a la adhesión de Bettina Angeletti, esposa de Manuel Adorni, entonces jefe de Gabinete, al régimen simplificado de Ganancias incluido en la primer Ley de Inocencia Fiscal. Lo hizo el 31 de mayo pasado, días antes de que el ahora exministro coordinador presentara su declaración jurada, en medio de un escándalo político y judicial en torno a su situación patrimonial.

    Manuel Adorni y su esposa, Bettina Angeletti
    Manuel Adorni y su esposa, Bettina Angeletti(Fuente: Instagram/ Bettina Angeletti)

    El diputado radical Pablo Juliano, integrante del bloque Provincias Unidas, fue quien sostuvo que “la doctrina Adorni sigue vigente”, al tiempo que aseguró que durante el tratamiento de la Ley de Inocencia Fiscal, en diciembre pasado, pidieron excluir a los funcionarios, “pero no quisieron”.

    “¿Qué pasó después? La usaron Adorni, [Guillermo] Francos, [Federico] Sturzenegger, Felipe Núñez y [José Luis] Espert. ¿Creen que el Gobierno recapacitó? No. La ‘inocencia fiscal 2’ sigue abierta para ellos”, se lamentó. En la votación de diciembre, 13 integrantes de la bancada votaron en contra del proyecto, uno a favor y una se abstuvo.

    Tras la presentación el proyecto, el diputado Pablo Juliano afirmó que "la doctrina Adorni sigue vigente"
    Tras la presentación el proyecto, el diputado Pablo Juliano afirmó que “la doctrina Adorni sigue vigente”X – Pablo Juliano

    Gisela Scaglia, jefa del bloque Provincias Unidas, indicó que aún no definieron su postura respecto del nuevo proyecto en su conjunto, pero advirtió a LA NACION que está “en desacuerdo” con el hecho de que habilite la adhesión de funcionarios. Afirmó que volverán a insistir con una modificación para “excluir a las PEP [Personas Expuestas Políticamente]” de la iniciativa.

    La legisladora es miembro de Pro, aunque está alineada con el gobernador radical de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, quien anteayer firmó con el Gobierno el traspaso de la ruta nacional A012, para que la provincia se haga cargo de la administración, el mantenimiento y las obras.

    Desde la misma bancada, Esteban Paulón (Partido Socialista) habló de “impunidad libertaria”. Tras la divulgación de que la esposa de Adorni había adherido al régimen, el diputado presentó un proyecto para excluir del régimen a funcionarios, magistrados, legisladores, y a sus cónyuges y convivientes. Ahora afirmó que insistirá con esta iniciativa para que “no lo usen para eludir explicaciones como hizo en su momento Manuel Adorni”.

    En aquella oportunidad, el diputado Martín Lousteau (Provincias Unidas) afirmó que la Ley de Inocencia Fiscal “es un blanqueo a medida de los más ricos: te perdonan el pasado y no miran de dónde salió el patrimonio”. Y agregó: “Que la inocencia te valga, Manuel”.

    En la misma línea, el diputado Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) sostuvo en su momento que es “una ley con nombre y apellido que benefició a evasores, que alcanzó a Lázaro Báez y que ahora también beneficia al entorno familiar de Manuel Adorni”. En marzo, la Justicia sobreseyó parcialmente a Báez y a otras 11 personas acusadas de evasión en Austral Construcciones, al aplicarle la Ley de Inocencia Fiscal (que benefició a los acusados del 81% de las causas del fuero penal económico al elevar los montos punibles por presunta evasión).

    En las últimas horas también surgieron críticas a la “inocencia fiscal 2” desde el peronismo, por el mismo motivo. “Vergonzoso: la nueva ley de ‘inocencia fiscal’ beneficia a funcionarios y políticos. Otra ley hecha a medida”, introdujo el diputado nacional Agustín Rossi (Unión por la Patria). Y agregó: “Habilitan un régimen para quienes ejercen la función pública. Los que venían a convertir la moral en política de Estado son, en realidad, profundamente amorales”.

    El diputado peronista Agustín Rossi dijo que el proyecto es "vergonzoso" y "hecho a medida"
    El diputado peronista Agustín Rossi dijo que el proyecto es “vergonzoso” y “hecho a medida”X – Agustín Rossi

    A su vez, consideró que “estamos ante un gobierno de corrupción extendida”, fenómeno en el que “está involucrado Adorni”. “Evaden, son funcionarios y ahora les permiten blanquear sin tener que preguntarles de dónde sacaron la plata”, concluyó, en diálogo con LT9.

    Entre tanto, su compañero de bancada Guillermo Michel estimó que el justicialismo “planteará excluir a los funcionarios” del régimen, con un dictamen de rechazo en comisiones o durante una eventual votación en particular en el recinto. De todos modos, advirtió a LA NACION que si el Gobierno consiguiera aprobar la iniciativa incluyendo a los funcionarios, “no quedarían excluidos de la responsabilidad penal ni de la figura de enriquecimiento ilícito”. A su vez, señaló que la iniciativa “es inconstitucional porque el Estado no puede renunciar a su facultad de fiscalización”.

    El bloque Unión por la Patria en su totalidad votó en contra del proyecto oficialista en diciembre pasado.

    En paralelo, el diputado Oscar Zago (Movimiento de Integración y Desarrollo), un aliado frecuente del oficialismo en el Congreso, apuntó contra Caputo, en diálogo con LA NACION. Cuestionó: “El ministro de Economía se la pasa diciendo que su familia tiene plata afuera: ¿es en blanco o en negro?”. Sin embargo, se preguntó: “¿Cuál es [la diferencia entre que] un funcionario evada impuestos y un comerciante [lo haga]? ¿No es el mismo evasor? Ahora, si el dinero proviene de cuestiones ilícitas, es totalmente distinto. Habría que verlo”. El MID votó a favor del proyecto original a fin del año pasado.

    Mientras, Pro y la Unión Cívica Radical (UCR), socios de La Libertad Avanza, se mantuvieron cautos y argumentaron que están estudiando el proyecto. El macrismo comparte “el espíritu” de la iniciativa, pero no discutió formalmente sobre el articulado. “Está todo muy verde”, observó una fuente legislativa. “Es muy reciente para dar una opinión definitiva”, justificaron en el radicalismo. Ambos bloques acompañaron al Gobierno en la votación de diciembre pasado.


  • Ahora una naviera chilena busca sumarse al negocio petrolero en las Malvinas y dejan a la Argentina afuera

    Ahora una naviera chilena busca sumarse al negocio petrolero en las Malvinas y dejan a la Argentina afuera


    Como ocurrió con la pesca alrededor de las Islas Malvinas, las Georgias del Sur y las Sandwich del Sur, Argentina se viene quedando afuera del negocio petrolero que se cocina en las islas en disputa con el Reino Unido.

    Ahora, las autoridades del archipiélago, donde una empresa de Israel y otra de Gran Bretaña prometen extraer crudo a partir de 2028, negocian con una compañía naviera de Chile la provisión de los servicios futuros en torno a lo que en Londres ya consideran que pueden convertirse las Malvinas: “la próxima Dubai”.

    La empresa en cuestión es la Easter Island Naviera, también conocida como Empresa de Navegación Isla de Pascua (EIL) o como Easter Island Logistics, que hace la logística y el transporte marítimo de todo tipo de carga, también de vehículos y de material peligroso entre el Puerto de Valparaíso e Isla de Pascua.

    EIL y las partes involucradas comunicaron en estos días que están realizando visitas a las Islas Malvinas. Y que mantienen negociaciones con la llamada Falkland Islands Development Corporation (FIDC), el organismo de promoción económica del gobierno isleño, para proveer servicios al negocio petrolero, que promete ser gigante y enriquecer tanto al archipiélago para poder pagarse su propia Defensa, hoy a cargo de los contribuyentes en Gran Bretaña.

    Pese al rechazo de Argentina porque lo considera actividades ilegales en áreas de disputa, las dos empresas que anunciaron que explotarán petróleo a partir de 2028 son Navitas Petroleum (la empresa israelí) y la Rockhopper Corporation (británica).

    En principio, trabajan sobre el yacimiento Sea Lion (cuenca norte de Malvinas), y contemplan inversiones por US$ 1.800 millones en su primera fase, apuntando a extraer más de 170 millones de barriles y luego duplicarlo. El valor bruto del crudo extraíble total del proyecto podría superar los US$ 10.000 millones. Y negocian una expansión a otros, lo que cambiará la geopolítica en la zona y el reclamo argentino.

    Tan grande es el asunto, que Israel va a levantar un consulado honorario en Ushuaia. Desde el gobierno de Benjamín Netanyahu se distancian del proyecto porque afirman es de capitales privados.

    Para el caso, la naviera EIL avanza en gestiones para establecer una nueva conexión marítima comercial entre Punta Arenas y las Islas Malvinas, en un proyecto impulsado por las autoridades británicas del archipiélago que busca fortalecer la logística de abastecimiento para la creciente actividad económica, especialmente la vinculada al desarrollo petrolero offshore, indican las páginas oficiales de las compañías, de los isleños y en Chile, que pudo confirmar Clarín de otras fuentes en el medio de las distintas tensiones que imperan hoy entre Argentina y Reino Unido por la soberanía de las islas, y en el que se mezclaron temas desde muy diversas aristas con los chilenos, con Donald Trump, con Netanyahu y con los jugadores de la selección nacional de futbol tras desplegar al final del partido con Inglaterra una tela con la leyenda Las Malvinas son argentinas.

    Argentina tuvo enorme presencia comercial en las Islas Malvinas hasta la guerra de 1982, en general tras los exitosos acuerdos de comunicaciones de los años 70 en que principalmente el Estado argentino proveía educación, conexión aérea y salud a los isleños. Eso se quebró con el desembarco militar del 2 de abril de 1982, y tras la derrota frente a las tropas enviadas por Margaret Thatcher las empresas argentinas no son bienvenidas en las Malvinas, donde el crecimiento de la presencia chilena los convirtió no sólo en la primera minoría.

    Los chilenos allí son pro británicos, se han casado con los locales y toda la zona de la Patagonia más austral chilena tiene un fuerte vínculo con las islas donde hay también importante presencia económica. La iniciativa de la naviera se suma a una relación comercial que Chile mantiene desde hace años con las Malvinas, centrada en la logística, el transporte, la provisión de alimentos y distintos servicios. La aerolínea LATAM opera el principal corredor aéreo entre Santiago, Punta Arenas y la base de Mount Pleasant; la pesquera chilena Emdepes ha trabajado históricamente con licencias otorgadas por el gobierno isleño, mientras que empresas como KSB Chile suministran equipamiento industrial para la infraestructura local.

    La misión forma parte de una estrategia más amplia de acercamiento entre las autoridades británicas de las Malvinas y el sector empresarial chileno. Los isleños, como los británicos, tienen una inteligente estrategia con chilenos, uruguayos y ahora la buscan con los brasileños, a espaldas de la Argentina.

    Protesta argentina

    Recientemente, el paso del buque militar británico HMS Medway por aguas argentinas para adentrarse en el Estrecho de Magallanes (chileno) por el que la Cancillería argentina buscaba no confrontar ya que lo quieren llevar a Javier Milei a Londres a una semana de inversión y comercio, terminó con una escalada fenomenal. La secretaria del Area Malvinas, Paola Di Chiaro, quería protestar por la informalidad del aviso del paso del buque por parte de Londres si se tiene en cuenta que hay toda una normativa de procedimiento desde los años 90 y no se cumplió.

    Los asesores militares que tiene Di Chiaro y el canciller Quirno evitaron ser duros pero terminaron presionados por el clamor popular. Y también porque la oposición peronista, y del bloque Provincias Unidas empezó a pedir informes y explicaciones por doquier.

    Al final, protestaron. Londres rechazó la nota con una contra protesta y mientras tanto, se desató la polémica por el despliegue de la bandera con la leyenda “Las Malvinas son Argentinas” de los jugadores argentinos tras su victoria a Inglaterra en el Mundial. El asunto es más complejo y más largo porque tambén se le presentó una protesta al gobierno chileno porque marinos de ese país le hicieron una recepción al buque HMS Medway cuando amarró en Punta Arenas y se subieron al mismo.

    El gobierno argentino no quiere escalar contra su aliado Jose Antonio Kast, donde hay molestia por la protesta. Los militares británicos y los chilenos tienen mucha relación, como se vio en el apoyo trasandino a los primeros durante la guerra de las Malvinas.

    En las últimas horas, diputados del peronismo mandaron una carta al embajador británico David Cairns, que encabezó Guillermo Michel, para pedirle una reunión por diversos temas relacionados a las Malvinas. Y ahora le piden al Gobierno de Milei y al canciller Pablo Quirno que amplíe la información sobre la pesca y los hidrocarburos en disputa. Les respondieron que el tema va por el canal de la Cancillería, que fue muy criticada por la oposición, que le pide más firmeza sobre la cuestión Malvinas.

    La empresa y las Islas

    Según informaron las propias fuentes oficiales en Chile, Malvinas y privadas, durante la misión de la naviera en el archipiélago, tuvieron más de una docena de reuniones con compañías locales, ofrecieron una presentación ante la Cámara de Comercio de las Malvinas y concedieron entrevistas a medios locales para explicar el proyecto.

    La iniciativa apunta a crear un servicio marítimo mensual entre Punta Arenas y las islas, que se sumaría a las conexiones existentes y reforzaría la cadena logística de un territorio que atraviesa un renovado auge económico por los proyectos de explotación de hidrocarburos en la cuenca norte de las Malvinas.

    Desde la FIDC destacaron que existe un fuerte interés del sector privado chileno en restablecer un vínculo comercial permanente con las islas.

    “Hay claramente un interés de Chile por restablecer una conexión marítima comercial con las Islas Falkland“, afirmó Sam Cockwell, gerente de proyectos estratégicos de la FIDC. Agregó que la visita de Easter Island Naviera y la respuesta positiva de la comunidad empresarial isleña demuestran “la seriedad con la que este proyecto está avanzando”.

    La FIDC viene profundizando sus vínculos con la Cámara Británica de Comercio en Chile y organizó durante 2024 y 2025 diversas delegaciones comerciales recíprocas entre las islas, Punta Arenas y Santiago.

    Según explicó Zachary Franklin, director ejecutivo de la FIDC, esos intercambios permitieron transformar una idea que inicialmente parecía lejana en una oportunidad concreta de negocios. “La visita de empresarios chilenos y la misión organizada por la FIDC a Punta Arenas y Santiago aceleraron el proceso para convertir esta iniciativa en una oportunidad real”, sostuvo.

  • Fuerte aumento de morosidad de familias y empresas con bancos y billeteras

    Fuerte aumento de morosidad de familias y empresas con bancos y billeteras

    La morosidad de las familias y las empresas con los bancos y las billeteras virutales registró un fuerte ascenso en mayo, lo que demuestra la crisis económica que afrontar los hogares para cumplir con sus obligaciones financieras.

    En un informe del Centro de Economia Política Argentina (CEPA) realizado en base a datos del Banco Central se precisa que los problemas de atraso en los pagos con los bancos en mayo al 7,6% y con las billeteras virtuales al 29,6%, con lo cual 19 meses de aumentos desde octubre del 2024

    El problema de la morosidad ya es motivo de debate en la Cámara de Diputados donde Unión por la Patria, la izquierda, y Provincias Unidas buscan avanzar´con un proyecto para establecer un Programa de Desendeudamiento de las familias.

    En la Comisión de Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia -que preside el sindicalista Hugo Yansky-  se debaten desde hace dos meses una bateria de 18 proyectos de ley que busca ayuda a los usuarios de tarjetas de crédito y tomadores de préstamos de billeteras virtuales.

    Uno de los proyectos que se analiza impulsado por los peronista Guillermo Michel y Marianella Marclay crea el Programa de Desendeudamiento de las Familias Argentinas”, para que el Anses otorgue préstamos de hasta 1,5 millones de pesos para pagar las deudas atrasadas.

    En el informe del CEPA  “Endeudamiento y mora en familias y empresas”, se informa que la morosidad  con los bancos llegó al 7,6% en mayo, luego de 19 meses consecutivos de aumentos, desde el 1,5% registrado en octubre de 2024.

    Esa entidad señala que el incremento afectó en forma principal a las familias ya que el índice de morosidad pasó desde octubre del 2024  el 2,5% al 12,3% e, mientras que en las empresas aumentó del 0,7% al 3%.

    “El incumplimiento de las familias se concentra en préstamos personales y tarjetas de crédito, que representaron 73% del saldo irregular total a abril 2026. El ratio sumó 12,5% en tarjetas de crédito y 14,9% en prestamos personales”, agregó.

    En el estudio del CEPA se advierte el fuerte aumento de la morosidad de las familias que operan con billeteras virtuales ya que sostiene que “la mora saltó de 7,3% en noviembre 2024 a 29,6% en mayo 2026. Este récord perforó el techo de la pandemia (27,1% en mayo 2020).

    Destaca que “la morosidad en la totalidad del sistema financiero (contemplando tanto bancos como billeteras virtuales) se encuentra en niveles de 15,5% en mayo 2026”.

  • Nueva ley de Inocencia Fiscal: la oposición se endurece para evitar que incluya a funcionarios públicos

    Nueva ley de Inocencia Fiscal: la oposición se endurece para evitar que incluya a funcionarios públicos

    El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, presentó formalmente este miércoles la reforma del régimen de Inocencia Fiscal que el oficialismo impulsará en el Congreso a partir de agosto con el objetivo de formalizar parte de los USD 170.000 millones de los argentinos que permanecen fuera del circuito legal. Desde la oposición comenzaron a analizar el primer borrador del proyecto y denunciaron que busca premiar a los evasores. Sin embargo, la principal crítica es que los funcionarios públicos puedan adherir al régimen, especialmente tras el escandaloso episodio de Manuel Adorni.

    Si bien el Gobierno aprobó la versión vigente del régimen de Inocencia Fiscal apenas en diciembre pasado, ahora buscará hacerle modificaciones porque no cumplió con las expectativas. Expertos tributaristas y asociaciones de contadores señalaron que la ley original expone a los contribuyentes ante un eventual cambio de gestión en 2027. Por eso, el equipo económico trabajó en una serie de modificaciones que apuntan a ampliar el universo de beneficiarios y, al mismo tiempo, otorgar mayores garantías a quienes decidan regularizar su situación patrimonial.

    Según Caputo, “el espíritu de la ley no cambia en absolutamente nada”. “Lo que nosotros queremos es que haya mayor inversión y la contracara es el ahorro que está, pero abajo de los colchones. Lo que nosotros necesitamos es que se vuelque al mercado financiero”, explicó el ministro de Economía. No obstante, Caputo no hizo ninguna mención a las tensiones que puede haber por las adhesiones de funcionarios al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) como el exjefe de Gabinete, Manuel Adorni, investigado por la Justicia por enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con la función pública y dádivas.

    El ex jefe de Gabinete Manuel Adorni adhirió al Régimen Simplificado de Ganancias mientras era investigado por enriquecimiento ilícito

    Entre otros puntos, el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal eliminará los topes de ingresos y patrimonio que en la versión anterior se habían fijado en $1.000 millones y $10.000 millones, respectivamente permitiendo así la inclusión de un universo más amplio de personas físicas y jurídicas. Otro aspecto clave es la definición de “discrepancia significativa”, un punto central en la interpretación del alcance del blanqueo y sus efectos tributarios.

    La posibilidad de que los funcionarios, sus familiares directos u otras personas políticamente expuestas puedan adherir al Régimen Simplificado de Ganancias en el marco del régimen de Inocencia Fiscal se convirtió en el principal blanco de las críticas de la oposición.

    “La nueva ley de “Inocencia fiscal” beneficia a funcionarios y políticos. Otra ley hecha a medida. No solo premian a los grandes evasores, ahora también habilitan un régimen para quienes ejercen la función pública. Los que venían a convertir la moral en política de Estado son, en realidad, profundamente amorales”, planteó Agustín Rossi (Unión por la Patria) en sus redes sociales.

    El tuit de Guillermo Michel

    En la misma línea, el diputado Eduardo Valdés argumentó que “quienes administran recursos del Estado tienen un deber reforzado de transparencia y deben estar sometidos a mayores controles patrimoniales, no a menos”. En ese sentido, presentó un proyecto de ley para excluir expresamente a los funcionarios públicos y a las personas políticamente expuestas del régimen de Inocencia Fiscal, al considerar que su aplicación a quienes ejercen funciones públicas resulta incompatible con los principios de transparencia, ética pública y prevención de la corrupción.

    Valdés también recordó que las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) establecen que las Personas Políticamente Expuestas deben estar sometidas a controles reforzados por el mayor riesgo de corrupción asociado al ejercicio de funciones públicas.

    Agustín Rossi también se expresó

    Por otro lado, el diputado Pablo Juliano, de Provincias Unidas, también cuestionó la inclusión de funcionarios públicos. “La primera Inocencia Fiscal la metieron por la ventana en la madrugada del 18 de diciembre. En el recinto pedimos excluir a los funcionarios, pero no quisieron. ¿Qué pasó después? La usaron Adorni, Francos, Sturzenegger, Felipe Núñez y Espert. ¿Creen que el gobierno recapacitó? No. La “Inocencia Fiscal 2” sigue abierta para ellos. La doctrina Adorni sigue vigente: no declarar y evadir todo lo que se pueda”, dijo.

    Su compañero de bloque, Esteba Paulón, también presentó un proyecto para excluir a los funcionarios de los beneficios del régimen. “La ley no puede ser un salvavidas para los poderosos”, sintetizó.

    La advertencia de Esteban Paulón

    En diciembre, cuando se aprobó la primera versión de la Inocencia Fiscal, el oficialismo llegó a los 130 votos gracias al apoyo del PRO, la UCR, el MID, los peronistas tucumanos de Independencia, los salteños y misioneros de Innovación Federal, los sanjuaninos de Producción y Trabajo, los peronistas catamarqueños de Elijo Catamarca, un diputado de Por Santa Cruz. Un esquema de alianzas que ha logrado sostener a los largo del año en la mayoría de las votaciones importantes.