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  • La Corte condenó a Entre Ríos y Santa Fe por aplicar alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos

    La Corte condenó a Entre Ríos y Santa Fe por aplicar alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó este jueves que las provincias no pueden cobrar alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos a empresas que no estén radicadas en sus territorios y condenó a las provincias de Santa Fe y Entre Ríos. 

    Así declaró la inconstitucionalidad de normas locales que fijaban esos impuestos, creando una suerte de “aduana interior” entre provincias. Por un lado, la Corte Suprema analizó la causa “Deloitte & Co. S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza”.

    La firma de servicios profesionales de auditoría, consultoría, impuestos y finanzas corporativas, registrada como contribuyente bajo el régimen de Convenio Multilateral en todo el país, fue a tribunales a raíz de que la Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe le reclamó una deuda impositiva por una alícuota más alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por sus servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal durante el período 2012-2015, en base a que la empresa no tenía su radicación física dentro de la jurisdicción.

    La provincia defendió la medida amparada en su autonomía tributaria, en busca del desarrollo, fomento y promoción de la producción y el trabajo dentro de su propio territorio, y rechazó que se trate de una resolución discriminatoria.

    La Corte Suprema, contra las “aduanas internas”

    En base a su jurisprudencia, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que cobrar un impuesto más alto solo por estar radicado en otra provincia constituye una discriminación irrazonable ya que la medida implica habilitar “aduana interior” entre provincias.

    En el caso concreto, la aplicación de la normativa provincial que se cuestiona, al gravar con la alícuota del 4,5 % la actividad ya referida de la actora, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias –dijo el máximo tribunal-.

    En tales condiciones, a la luz de los preceptos constitucionales” y de “los criterios fijados por esta Corte a su respecto, en el caso queda en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del contribuyente, en tanto se lesionaba el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y se alteraba la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, incisos 13 y 126), instaurando así una suerte de ‘aduana interior’ vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos o servicios foráneos, en beneficio de los manufacturados o prestados en su territorio, extremo que conduce a la declaración de invalidez de la pretensión fiscal de la demandada”, se afirmó.

    Y en ese marco el fallo declaró la inconstitucionalidad del artículo 6°, tercer párrafo, de la ley 3650 —incorporado por el artículo 9° de la ley 13.286— y el artículo 1° del decreto 2707/2012, todos de la provincia de Santa Fe, en cuanto establecían un régimen de alícuotas diferenciales en el impuesto sobre los ingresos brutos en razón del lugar de su radicación de la firma, así como la de la pretensión fiscal”, exclusivamente en cuanto atañe a la cuestión que fue materia de discusión en esta causa.

    El fallo contra Entre Ríos

    Por otro lado, la Corte Suprema también condenó a la provincia de Entre Ríos en la demanda que inició la firma Inc S.A., la empresa propietaria de la cadena de supermercados “Carrefour”, por motivos análogos.

    El conflicto surgió a raíz del reclamo de deuda por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) le realizó a la empresa por los períodos fiscales de enero a septiembre de 2016. La provincia pretendía cobrarle a Inc S.A. un alícuota general elevada al 5%, en base a lo establecido por la Ley Provincial N° 9622, modificada por la Ley N° 10.270, ya que la firma se encontraba radicada fuera de la Provincia de Entre Ríos.

    La firma denunció que se la estaba obligando a pagar un impuesto más costoso por la sola circunstancia de tener su sede en otra jurisdicción, mientras que la provincia rechazó la demanda argumentado que la empresa había liquidado el impuesto con la alícuota menor y la provincia toleró esa situación sin iniciar acciones judiciales.

    También afirmó que la discusión se había vuelto abstracta debido a que posteriormente sancionó la Ley Local N° 10.557, la cual unificó las alícuotas sin hacer distinciones basadas en el domicilio o radicación.

    Los ministros analizaron el planteo y sostuvieron que la nueva ley no tenía efectos retroactivos sobre los períodos reclamados en 2016, por lo que la controversia seguía vigente.

    Y en ese sentido determinó que “la ley impositiva local 9622, modificada por la ley 10.270, al gravar la actividad comercial ya referida de la actora con la alícuota del 5 %, ha obstaculizado el desenvolvimiento del comercio entre las provincias” y generó una “discriminación” en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente.

    Fuente: Ámbito Financiero.

  • El Gobierno eliminó una traba de 25 años y prepara cambios para facilitar y fortalecer patentes para biotecnología agrícola

    El Gobierno eliminó una traba de 25 años y prepara cambios para facilitar y fortalecer patentes para biotecnología agrícola

    El Gobierno derogó hoy una normativa de hace 25 años que establecía un mecanismo especial de intervención de organismos vinculados con agricultura en la definición de criterios de patentabilidad para materia viva y sustancias naturales. La medida, oficializada este jueves mediante la Resolución Conjunta 1/2026 de las Secretarías de Agricultura y de Industria, fue vista por fuentes oficiales y del sector privado como un paso previo a una futura revisión de restricciones que afectan la protección de desarrollos biotecnológicos. Se espera que en los próximos días se publique la derogación de una normativa considerada clave por el sector biotecnológico porque establece criterios de evaluación que limitan actualmente la protección de determinadas innovaciones.

    La norma actual eliminó la Resolución Conjunta 99/2001 y 810/2001, que había creado un Grupo de Trabajo Permanente en Propiedad Intelectual integrado por representantes del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), el Instituto Nacional de Semillas (Inase), el Senasa, el INTA y otras áreas del Estado. Además, establecía que cualquier modificación vinculada con la patentabilidad de materia viva y sustancias naturales debía contar con la conformidad de la Secretaría de Agricultura.

    Según argumentó el Gobierno en los considerandos de la medida conocida hoy, ese esquema había introducido “rigideces” y una instancia adicional de validación administrativa que dificultaba la actualización de los criterios técnicos de patentabilidad en función de los avances científicos, tecnológicos y jurídicos.

    “La introducción de una instancia adicional de validación administrativa, ajena al organismo técnico competente, contribuyó a tornar más complejo y burocrático el proceso de definición y actualización de los criterios de patentabilidad”, señala la resolución.

    Una fuente oficial dijo a LA NACION que la decisión apunta a devolver al INPI la facultad plena para definir y actualizar sus directrices técnicas de examen. “En los próximos días el INPI derogará la resolución 283/15. A partir de entonces, las solicitudes de patentamiento vinculadas con materia viva y desarrollos biotecnológicos dejarán de estar sujetas a las limitaciones que imponía esa normativa y pasarán a regirse directamente por la Ley de Patentes”, señalaron fuentes oficiales.

    En los próximos días el INPI derogará la resolución 283/15
    En los próximos días el INPI derogará la resolución 283/15Casafe

    La medida no modifica de manera inmediata qué puede o no puede patentarse en la Argentina. La Ley de Patentes 24.481, de 1996, sigue estableciendo que “no son patentables las plantas ni los animales”, mientras que las variedades vegetales continúan protegidas mediante el sistema de derechos de obtentor y no por patentes.

    Para avanzar en esa línea y de acuerdo con las fuentes oficiales, el próximo paso será la derogación de la mencionada resolución del INPI, que contiene criterios específicos de examen aplicados a solicitudes relacionadas con materia viva.Hoy los patentamientos se hacen, pero con límites. Ahora removeríamos esos límites y quedarían los criterios de la ley”, explicó una fuente al tanto de la decisión. Según indicó, esa modificación podría concretarse “en los próximos días”.

    En el sector privado interpretan la medida como una “muy buena noticia” de parte del Gobierno y una “señal favorable” para la innovación. “No modifica automáticamente qué puede o no puede patentarse, pero abre la puerta a revisar criterios restrictivos que fueron incorporándose con el tiempo”, esclarecieron fuentes de la industria. La eliminación de la instancia interministerial reduce incertidumbre y devuelve al INPI mayor autonomía para resolver solicitudes sobre la base de criterios técnicos y de la legislación vigente.

    Biotecnología aplicada a la obtención de mandarinas sin semillas
    Biotecnología aplicada a la obtención de mandarinas sin semillasSagpya

    El impacto potencial se concentra especialmente en el campo de la biotecnología. Por ejemplo, empresas que desarrollan eventos biotecnológicos, mejoramiento genético y otras innovaciones aplicadas a semillas podrían verse beneficiadas si el organismo revisa criterios considerados restrictivos para la protección de determinadas tecnologías.

    De acuerdo con las fuentes del sector privado para la biotecnología es “una señal positiva porque podría permitir reanalizar limitaciones que hoy afectan la protección de determinados desarrollos e innovaciones”.

    En rigor, en el ámbito semillero, la medida tampoco modifica el sistema de protección de variedades vegetales ni altera los derechos de obtentor previstos en la legislación vigente. Sin embargo, reabre la discusión sobre el alcance de la protección de la propiedad intelectual aplicada a innovaciones tecnológicas incorporadas a las semillas, debate que también aparece vinculado a la discusión sobre una eventual reforma de la ley de semillas.

    Tanto fuentes oficiales como privadas coincidieron en definir la resolución como una señal de desburocratización y fortalecimiento de las atribuciones del INPI. La expectativa ahora está puesta en la próxima derogación de la Resolución 283/15 y en los nuevos criterios que eventualmente adopte el organismo para evaluar solicitudes vinculadas con desarrollos biotecnológicos.

    La Resolución 283/15 fijó criterios que excluyen de la patentabilidad a plantas, animales, semillas y otros componentes biológicos capaces de generar un organismo completo, aun cuando hayan sido modificados genéticamente. A la vez, estableció exigencias específicas para la protección de eventos biotecnológicos.

    Algunas fuentes vinculan esta última decisión con un intento de acercar a la Argentina a estándares internacionales más favorables para la protección de desarrollos biotecnológicos.

    Análisis

    Alfredo Paseyro, director ejecutivo de la Asociación de Semilleros Argentinos (ASA), interpretó la medida como un paso previo a una revisión más amplia de los criterios de patentabilidad aplicados a la biotecnología. Según explicó, tras la Ley de Patentes y su decreto reglamentario se fueron incorporando desde 2001 mecanismos consultivos y normas que restringieron el alcance de determinadas protecciones. “Primero había que derogar esta resolución conjunta. Esto fortalece las patentes vinculadas con eventos biotecnológicos”, afirmó.

    Por su parte, María Laura Villamayor, consultora y experta en derecho del obtentor y propiedad intelectual, que participó en esos procesos a los que hizo referencia la resolución de hoy, recordó que el grupo interdisciplinario integrado por representantes del INPI, Inase, Senasa, INTA y otros organismos fue creado para construir criterios técnicos y jurídicos consistentes sobre la protección de la materia viva mediante los distintos regímenes de propiedad intelectual existentes.

    Explicó que el objetivo era delimitar con claridad qué innovaciones podían ser protegidas por el sistema de patentes y cuáles debían quedar comprendidas dentro de otros regímenes específicos, como el derecho de obtentor vegetal. En aquel momento, señaló, existían numerosas cuestiones técnico-legales sin resolver en materia de biotecnología y riesgos de superposición entre distintos sistemas de protección.

    Villamayor ejemplificó que una interpretación demasiado amplia del patentamiento podría haber permitido que determinadas características incorporadas a una semilla quedaran protegidas mediante patentes de invención, con el riesgo de extender esa cobertura a material genético que tradicionalmente era resguardado a través del régimen de obtenciones vegetales. “Había que evitar confusiones respecto del alcance de las reivindicaciones susceptibles de protección por patentes y aquellas materias que, por su naturaleza, correspondían a otros sistemas”, señaló.

    La especialista dijo, además, que la creación de ese ámbito de trabajo no respondió a la intención de generar instancias burocráticas adicionales, sino a la necesidad de fortalecer la seguridad jurídica y a garantizar una interpretación armónica entre organismos con competencias vinculadas. En ese sentido, consideró que los criterios desarrollados por esos equipos técnicos constituyen antecedentes relevantes que deben analizarse dentro de su contexto histórico e institucional, ya que fueron concebidos para aportar previsibilidad y coherencia al sistema de propiedad intelectual aplicado a la biotecnología.

  • CASA ROSADA Mesa política sin foto: dos horas y media cara a cara tras los detalles de la declaración juarda de Adorni

    CASA ROSADA Mesa política sin foto: dos horas y media cara a cara tras los detalles de la declaración juarda de Adorni

    Mientras en los pasillos de la Casa Rosada retumbaban los detalles de la declaración jurada de bienes del jefe de Gabinete Manuel Adorni, arrancó a las 13.30 la reunión de mesa política del presidente Javier Milei que se extendió por dos horas y media e incluyó un momento festivo por el cumpleaños de Patricia Bullrich.

    Algunos todavía estaban digiriendo las duras críticas de la jefa de bloque en el Senado al alto funcionario respaldado por la cúpula violeta, cuando se sentaron a debatir la estrategia para la agenda legislativa de La Libertad Avanza, incluida la reforma electoral con foco en las PASO.

    Al concluir el mitin del cual no hubo foto, el primer y único mensaje en la red social X relacionado estuvo a cargo de Adorni, quien se encargó de dejar en claro su continuidad en el cargo: “Acabo de comunicarle a la mesa política que durante el mes de julio iré al Senado de la Nación para presentar el Informe de Gestión del Gobierno. Fin“. 

    Fuentes de la Casa Rosada aseguraron antes a cronica.com.ar sobre los cuestionamientos de Bullrich y de la sociedad en general en torno a la declaración jurada que “era previsible este nivel de revuelo“. En el entorno de Adorni ya se preparaban para volver al centro de la escena, aunque anhelan que dure “unos días” nomás y que el Mundial de Fútbol se lleve la marca.

    La cumbre fue convocada por Adorni y la encabezó la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, que venia de reunirse la semana pasada con Bullrich para calmar los ánimos internos. El oficialismo todavía define alianzas electorales con las provincias de cara al 2027, cuando buscara la reelección de Milei.

    Se sentaron también el asesor presidencial, Santiago Caputo, el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem; el ministro de Interior, Diego Santilli; el secretario de Gestión Institucional, Eduardo ‘Lule’ Menem; y el secretario de Asuntos Estratégicos, Ignacio Devitt.

    Ninguno brindó declaraciones a la prensa. Además, faltó el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo. Fuentes de esa cartera confirmaron a este medio que no asistió por “un viaje personal

    “.Desde Interior, informaron, a su vez, que Santilli continuará la ronda de visitas con gobernadores y recibirá este viernes al de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, en Casa Rosada para avanzar en temas vinculados a la reforma electoral.

    Antecedentes de Adorni en la Cámara de Diputados

    Cuando Adorni brindó su último 29 de abril su informe de gestión en la Cámara de Diputados ya habían explotado los escándalos por su patrimonio y las encuestas empezaban a preocupar al Gobierno por el impacto negativo en la imagen de Milei.

    Sin embargo, el presidente dio la orden y la primera plana de La Libertad Avanza se alineó detrás y asistió al Congreso en señal de unidad. En las ultimas horas, el mandatario nacional también hizo gestos de respaldo a Adorni en X.

    En esa exposición en Diputados el oficialismo cuidó hasta el mínimo detalle, desde las respuestas ensayadas y leídas por Adorni, hasta la transmisión oficial que sólo mostró a dirigentes o legisladores de La Libertad Avanza y al Presidente en el palco. Ya se especula con que Milei estee presente en el Senado para acompañarlo.

    Pero con la declaración jurada del Jefe de Gabinete ya presentada ante la Oficina Anticorrupción se sabe que Adorni, por lo menos, no fue preciso en las respuestas sobre la constitución de su patrimonio ante los diputados nacionales.

    En ese marco, en la Cámara baja se realizó hoy el pedido de sesión por la oposición para el próximo martes 23 de junio a fin de interpelarlo e implementar una moción de censura, que exige mayoría tanto en Diputados como en el Senado.

    Vale recordar que aquel 29 de abril en el Congreso fue pocos días antes del testimonio del contratista Matías Tabar en Comodoro Py, quien aseguró ante la Justicia que Adorni le pagó 245 mil dólares en efectivo y sin factura por las reparaciones de su casa en el country Indico Cuá.

    Fue cuando Bullrich decidió no cumplir la orden de los Milei sobre la situación de Adorni. La senadora exPRO no dudó en remarcar su inconformidad antes de entrar hoy a la Rosada al asegurar que “esto es más que un error, esto es una omisión ética y nuestro Gobierno tiene la moral como política de Estado“.

  • La barcaza que Leonardo da Vinci estudió hace más de 500 años hoy volvió a unir dos comunidades italianasEl cierre temporal del puente de Brivio en Lombardía convirtió la histórica embarcación de Imbersago, operada por voluntarios, en el medio de transporte cotidiano de quienes antes la conocían solo como atractivo turístico

    La barcaza que Leonardo da Vinci estudió hace más de 500 años hoy volvió a unir dos comunidades italianasEl cierre temporal del puente de Brivio en Lombardía convirtió la histórica embarcación de Imbersago, operada por voluntarios, en el medio de transporte cotidiano de quienes antes la conocían solo como atractivo turístico

    El transbordador de Leonardo da Vinci continúa cruzando el río Adda en la región italiana de Lombardía y constituye el último ejemplo en funcionamiento de una tecnología fluvial renacentista. De acuerdo con la agencia de noticias Euronews, esta embarcación une desde hace más de cinco siglos las orillas de Imbersago, en la provincia de Lecco, y Villa d’Adda, en la ribera bergamasca, enlazando comunidades cuya vida ha girado en torno al río durante generaciones.

    Aunque el nombre podría sugerir lo contrario, Leonardo da Vinci no fue el inventor de este mecanismo, ya que existían transbordadores de este tipo en el siglo XV, sino que fue un estudioso de su estructura. Es más, el artista y científico, que demostró un gran interés por este sistema, lo plasmó en su dibujo “Paisaje del Adda con detalle de un transbordador”, conservado en la Royal Collection del castillo de Windsor.

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    Según el historiador italiano Erminio Bonanomi, la contribución de Leonardo se habría centrado en el diseño del puerto de Imbersago, luego de estudiar el funcionamiento de la barcaza.

    Pasó por manos de diferentes familias nobles

    Barcaza oscura con plataforma y caseta central flotando en aguas verdes. Varias personas a bordo. Un muelle de madera y árboles verdes al fondo

    El transbordador funcionó durante siglos como enlace comercial y social entre el ducado de Milán y la República de Venecia. Con el tiempo, la balsa pasó por manos de diferentes familias nobles hasta quedar bajo la gestión del Ayuntamiento de Imbersago. Si bien en el pasado operaron cinco embarcaciones similares en el Adda, solo la de Imbersago ha sobrevivido, mientras que la construcción de puentes desde 1889 hizo innecesario el servicio de las demás.

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    Entre quienes cruzaron el río a bordo de esta embarcación figura Angelo Giuseppe Roncalli, quien utilizó el transbordador con frecuencia antes de ser elegido papa Juan XXIII. El pontífice, originario de la región, recurría a la barcaza para desplazarse al santuario de la Madonna del Bosco.

    El redescubrimiento tras el cierre del puente de Brivio

    El transbordador recuperó protagonismo en mayo de 2026, cuando el cierre temporal del puente de Brivio por obras obligó a los habitantes de la región a buscar alternativas para cruzar el río Adda. Según información de la agencia de noticias, el tráfico en el cercano puente de San Michele, situado a tres kilómetros, aumentó considerablemente, con filas de hasta dos kilómetros y un flujo de alrededor de 8.000 vehículos durante las horas pico.

    Dibujo monocromático en tonos sepia de un paisaje montañoso con un pueblo en una colina, un río, un puente y árboles

    Hasta entonces, la embarcación operaba sobre todo como atractivo turístico los fines de semana. La interrupción del puente, sin embargo, motivó su uso diario para trasladar tanto a trabajadores como a residentes. Gianpaolo Graffagnino, vecino de la zona que ahora alterna la bicicleta con el transbordador, explicó: “Ahora mismo es el sistema más rápido y, sobre todo, el más agradable, porque te regala tres minutos de tranquilidad”.

    El servicio está gestionado por un grupo de voluntarios locales, entre quienes se encuentran tres jóvenes estudiantes de ingeniería y economía, un jubilado y el alcalde de Imbersago, Fabio Vergani. La función original de conectar comunidades separadas por el río sigue vigente. Según Massimo Zoia, uno de los voluntarios, “este es un medio de transporte que existe desde hace 500 años y que siempre ha unido las dos orillas del Adda. Hoy ha recuperado su función original: conectar a dos comunidades que viven a ambos lados del río”.

    Un ejemplo de movilidad sostenible inspirado en la física

    El barco opera sin motor ni combustible y depende únicamente de la fuerza de la corriente, lo que reduce su impacto ambiental a niveles mínimos. La estructura, fabricada en madera, está sujeta a un cable de acero —antiguamente una cuerda— extendido entre ambas orillas.

    Vista de un puente de arco y celosía cubierto de andamios sobre un río, con vegetación en la orilla distante y botes blancos en primer plano

    Para iniciar el cruce, el operador orienta la barcaza de modo oblicuo respecto al flujo del agua. El empuje de la corriente impulsa la nave hasta el lado contrario en un recorrido que dura unos cinco minutos.

    El sistema, que fascinó a Leonardo da Vinci por su aplicación de principios físicos de descomposición de fuerzas, requiere solo un operador para su funcionamiento. La plataforma admite peatones, ciclistas, motocicletas y automóviles. El precio del billete es de 1,50 euros (USD 1,73) para pasajeros a pie y 3,50 euros (USD 4,04) para automóviles. El servicio se suspende cuando las condiciones climáticas, como el viento fuerte, lo imponen.

    La gestión actual pertenece al Ayuntamiento de Imbersago, que sigue apostando por el mantenimiento de la embarcación como solución práctica y símbolo de identidad local. Su supervivencia, tras la desaparición de otras barcazas similares, lo convierte en un singular ejemplo de tecnología sostenible y adaptada a las necesidades contemporáneas.

  • Hidrovía: NEME NV pidió apoyo a entidades de usuarios para presentar una nueva propuesta

    Hidrovía: NEME NV pidió apoyo a entidades de usuarios para presentar una nueva propuesta

    La empresa belga DEME NV, que resultó relegada del proceso de licitación para la privatización de la Vía Navegable Troncal (VNT), envió las entidades del sistema advirtiendo que el diseño actual del pliego obligará al sector privado a pagar tarifas excesivas durante 25 años.

    Las entidades usuarias de la Hidrovia son: Bolsa de Comercio de Rosario, Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina – Centro de Exportadores de Cereales, Cámara de Puertos Privados Comerciales, Cámara de Actividades Portuarias y Marítimas, Unión Industrial Argentina, Centro de Navegación, y Comisión Permanente de Transporte de la Cuenca del Plata.

    El 4 de junio pasado, la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2025 recomendó la preadjudicación de la concesión de la Vía Navegable Troncal (VNT) al consorcio integrado por Jan De Nul NV y Servimagnus S.A., luego tres etapas de evaluación.

    Según el Gobierno, durante las dos primeras etapas de análisis técnico “Jan de Nul obtuvo 66,20 puntos, mientras que DEME alcanzó 42,14 puntos. En tanto, la propuesta económica (la más relevante, que determinaba 120 puntos) resultó con puntajes idénticos dado que ambas firmas ofrecieron el menor precio posible, confirmando una rebaja tarifaria inmediata de los costos logísticos”.

    Tras conocerse la decisión oficial, NEME NV le envió una misiva al ministro de Economía, Luis Caputo pidiendo la posibilidad de enviar una nueva oferta que representaría un ahorro de US$ 2.500 millones para el sector exportador. El consorcio objeta el “piso” tarifario que, según el consorcio, impidió que ganara la propuesta más eficiente.

    “Las bases y condiciones del actual proceso licitatorio incluyen una tarifa mínima que impide a los oferentes proponer un precio inferior, aun cuando estén en condiciones de operar la concesión de manera más eficiente”, sostuvo la empresa belga en su comunicación a las entidades usuarias de la Hidrovía.

    Según el operador internacional, esta restricción distorsionó la compulsa: “Señalamos formalmente ante la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) que la tarifa exigida generaría una rentabilidad innecesariamente elevada y que existía margen para reducir la tarifa. Sin embargo, debido al diseño de las bases y condiciones de la licitación, ese punto no fue reflejado en el proceso, y las dos ofertas fueron tratadas como si ofrecieran el mismo valor económico”.

    Polémica por la licitación de la hidrovía Paraguay Paraná

    La propuesta y el ahorro

    De acuerdo con el texto, el plan presentado a Luis Caputo contempla:

    – Rebaja del 17,4% respecto de la tarifa mínima de la licitación en curso.

    – Reducción aproximada del 30% en comparación con la tarifa que los usuarios pagan actualmente.

    – Ahorro nominal estimado de US$ 2.500 millones a lo largo de los 25 años que durará la concesión de la obra pública.

    Tras la preadjudicación, las entidades usuarias expresaron en un comunicado que resulta “indispensable avanzar con celeridad hacia la adjudicación definitiva de un nuevo contrato de concesión, a fin de iniciar una nueva etapa de operación, inversión y mejora continua del sistema. Al respecto, NEME NV advierte que “la rapidez no debería lograrse a costa de la competitividad ni derivar en que los usuarios paguen una tarifa innecesariamente elevada”.

    “El Gobierno argentino todavía tiene la posibilidad de considerar si el proceso actual ofrece el mejor resultado económico para los usuarios de la VNT y para la economía argentina en general”, añaideron.

    Respecto a los plazos, el consorcio desestimó que abrir el juego signifique una parálisis del sistema: “Si la Iniciativa Privada no fuera demorada, el Gobierno aún podría convocar a un proceso abreviado y más competitivo, eliminando la tarifa mínima. Creemos que dicho proceso podría completarse de principio a fin en aproximadamente seis meses”, concluyeron, abriendo canales de diálogo con el sector privado para ganar apoyo político en una de las cajas y autopistas logísticas más codiciadas del país.

    LM

  • Otro video de Adorni contradice su fuerte apuesta por Bitcoin: “No sé si tomarlo como una inversión”

    Otro video de Adorni contradice su fuerte apuesta por Bitcoin: “No sé si tomarlo como una inversión”

    Este video de 2022 presenta un panel de discusión digital con Tomas Olivera, Manuel Adorni y Miguel Angel Boggiano. Los tres participantes conversan desde ubicaciones separadas, mostrados en una pantalla dividida en tres secciones sobre un fondo azul que incluye el logo ‘CARTA FINANCIERA’. La temática central es la perspectiva de Manuel Adorni sobre Bitcoin en el año 2022.

    El material de archivo le está jugando malas pasadas al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en su intento de dar por terminado el escándalo por su situación patrimonial. En un nuevo video antiguo que salió a la luz, el ahora funcionario nacional expuso su perspectiva sobre Bitcoin y el universo cripto, generando impacto en el debate público acerca de su verdadera posición frente a estos activos digitales. Ayer, el jefe de los ministros dio una entrevista en la que justificó su crecimiento patrimonial por una exitosa inversión en criptomonedas que le reportó más de USD 300.000 de ganancia.

    La grabación que data del año 2022 -mucho antes de la llegada al Gobierno de Javier Milei– muestra que el vocero presidencial mantiene una visión conservadora y matizada respecto a las criptomonedas, diferenciando entre monedas volátiles como Bitcoin y las llamadas stablecoins, con preferencia por estas últimas como herramienta para transferencias económicas de bajo costo.

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    A pesar de sus elogios a la innovación tecnológica, Adorni optó por una mirada cautelosa respecto a la inversión en Bitcoin: “No sé si tomarlo como una inversión, pero porque yo tengo conceptualmente metido en la cabeza las stablecoins y no la criptovolátil, el Bitcoin. Pero bueno, quien lo quiera ver como una inversión, me parece bien. Quien lo quiera ver como un activo o como para hacer transacciones con las monedas estables como yo, me parece que está bien también”.

    En otro video, este de 2021, Adorni había dado a entender que había conocido a Bitcoin cuando cotizaba a 2006, es decir, no antes de 2017

    Más aún, abundando en el debate sobre la viabilidad de Bitcoin como inversión, Adorne explicó que su inclinación personal es utilizar stablecoins para transacciones y que no siente la misma confianza respecto a la inversión en Bitcoin por su volatilidad. Y dio señales de que hasta ese entonces, año 2020, no había invertido en la cripto: “A mí lo que me parece de Bitcoin es que me gustaría probarlo cuando no haya demanda del otro lado, un día que alguien tenga para vender y del otro lado no haya nadie que quiera comprar. Bueno, veremos”, reflexionó el vocero. Sostuvo que tanto quienes ven a Bitcoin como inversión, como aquellos que lo consideran solo un activo transaccional o incluso una burbuja, tienen posiciones válidas.

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    La intervención de Adorni se produjo durante en octubre de 2022 durante una charla con especialistas del sector, en Carta Financiera. Esto se contradice, como mínimo, con las explicaciones que dio respecto de su aumento patrimonial: aseguró que compró USD 200.000 en Bitcoin entre 2013 y 2018, obteniendo ganancias de más de USD 300.000. El video que salió a la luz muestra que 9 años después todavía se mostraba dispuesto a “probarlo”, en público.

    La aparición de este video se suma a otros registros previos, como el difundido por Infobae más temprano este jueves, en los que el funcionario también mostró dudas y desconocimiento sobre el tema. En esa otra grabación, del año 2020, Adorni aseguró que cuando conoció a Bitcoin la criptomoneda cotizaba en torno a los USD 6.000, un nivel que no atravezó hasta octubre de 2017. Esto contrasta con sus explicaciones patrimoniales, ya que aseguró que invirtió fuertemente en la criptomoneda ya desde el año 2013.

    En la charla virtual de 2020, organizada por una billetera digital y difundida en canales públicos, el funcionario narra su primer contacto con el mundo cripto. “Entro a dar una clase y veo a un pibe con dos alrededor con una notebook, como muy atentos y les digo: ‘¿Che, qué estás haciendo?’. ‘Compré Bitcoin’. Yo no estaba muy metido en el tema. Y le digo: ‘¿Y qué estás haciendo?’, porque la verdad que no entendía”, cuenta Adorni ante la audiencia.“Yo no estaba muy metido en el tema”, reconoce sobre ese momento.

  • El jefe de policía de Ucrania afirma que Rusia recluta a mujeres jóvenes para asesinar a militares ucranianosLa fuerza de seguridad detuvo a una menor de 17 años tras la muerte de un integrante del Ejército, en un caso que, según los investigadores, se coordinó por Telegram con un presunto agente ruso

    El jefe de policía de Ucrania afirma que Rusia recluta a mujeres jóvenes para asesinar a militares ucranianosLa fuerza de seguridad detuvo a una menor de 17 años tras la muerte de un integrante del Ejército, en un caso que, según los investigadores, se coordinó por Telegram con un presunto agente ruso

    El jefe de policía de Ucrania acusó a Rusia de reclutar a adolescentes ucranianas para asesinar a personal militar ucraniano, tras la detención de una joven de 17 años sospechosa de asesinar a un militar siguiendo instrucciones de un agente ruso.

    En una entrevista publicada el miércoles por el medio ucraniano Cenzor.NET, el jefe de la policía nacional, Ivan Vyhivskyi, declaró que este año se han registrado seis casos de asesinatos por encargo concertados a través de la aplicación de mensajería Telegram, uno de los cuales fue frustrado.

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    “Estamos hablando de asesinatos planificados organizados por los servicios especiales del Estado agresor y llevados a cabo por ciudadanos ucranianos”, afirmó.

    El Servicio Federal de Seguridad (FSB) ruso no estuvo disponible de inmediato para hacer comentarios. Los servicios de seguridad rusos acusan a Kiev de reclutar a rusos para atentados con bomba en Rusia, y la inteligencia militar ucraniana se ha atribuido la responsabilidad del asesinato de varios altos oficiales rusos desde la invasión de Moscú en 2022.

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    Vyhivskyi afirmó que los reclutadores rusos contactaban a mujeres jóvenes a través de plataformas de mensajería, prometiéndoles dinero fácil y coordinando sus acciones a distancia.

    La investigación indicó que los contactos rusos también señalaban dónde conseguir metadona para adulterar bebidas. (EP)

    Se les ordenaba a las jóvenes que buscaran personal militar ucraniano en sitios web de citas y recibían dinero de sus contactos para alquilar apartamentos donde reunirse con ellos, explicó Vyhivskyi.

    También se les indicaban lugares donde podían conseguir metadona, un opioide sintético utilizado como analgésico que puede ser letal en dosis altas, para adulterar bebidas, añadió.

    Más de 1100 ucranianos han sido acusados ​​de cometer incendios provocados, terrorismo o sabotaje en traición a su país durante la guerra, según informó el servicio de seguridad de Ucrania.

    La policía detuvo la semana pasada a una joven de 17 años en la región occidental de Zhytomyr tras el envenenamiento de un militar y declaró que se había estado comunicando por Telegram con un hombre que probablemente era un agente de los servicios de seguridad rusos.

    Según la policía, la mujer había recibido un paquete que contenía una sustancia cristalina que los investigadores supusieron que era metadona.

    Reuters

  • Duro comunicado del PRO contra Manuel Adorni: “No tiene justificación posible”

    Duro comunicado del PRO contra Manuel Adorni: “No tiene justificación posible”

    El PRO cuestionó a Manuel Adorni por las rectificaciones patrimoniales e impositivas presentadas ante la Oficina Anticorrupción. REUTERS/Pedro Lazaro Fernandez

    El PRO salió este jueves a cuestionar con dureza al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, tras la presentación de una nueva declaración jurada que el funcionario realizó ante la Oficina Anticorrupción, con correcciones que buscan justificar el incremento de su patrimonio. El partido que conduce Mauricio Macri calificó la situación como “una falta grave” y advirtió que un funcionario no puede sostener públicamente que no ocultó nada para luego admitir que sí lo hizo. “Eso no tiene ninguna justificación posible”, señalaron desde la fuerza opositora.

    La declaración del PRO llegó horas después de que Adorni presentara una reconstrucción integral de la evolución económica familiar que incorpora activos no declarados en presentaciones anteriores. Entre ellos, aproximadamente USD 513.000 vinculados a inversiones en Bitcoin realizadas entre 2013 y 2018, ingresos derivados de herencias y modificaciones en la composición patrimonial compartida con su esposa, Bettina Angeletti.

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    El comunicado del PRO no se limitó a señalar las contradicciones del funcionario: también enmarcó su crítica en lo que describió como una responsabilidad colectiva de quienes integran el espacio del cambio. “En un momento como este, en el que millones de argentinos están haciendo un enorme esfuerzo para que el cambio se consolide y tenga bases sólidas, hay que estar a la altura”, expresó el partido. La fuerza advirtió que “no podemos seguir alimentando polémicas evitables, contradicciones innecesarias ni episodios que erosionan la confianza pública” y reclamó “actuar con la transparencia que la sociedad exige”.

    La reacción en el PRO luego de la explicación de Manuel Adorni

    La voz más tajante provino del ex ministro y legislador Esteban Bullrich, quien en su cuenta de la red social X resumió su posición en dos palabras: “Es un corrupto”. La frase, sin desarrollo ni matices, ironizó con el estilo provocador que supo identificar al vocero: “fin”.

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    Las rectificaciones presentadas por Adorni ante los organismos de control modifican de manera sustancial el perfil patrimonial que el funcionario había informado hasta ahora. Según la reconstrucción oficial, el capital originalmente invertido en criptomonedas rondó los USD 200.000 y, a partir de operaciones de compra y venta realizadas a través de ocho billeteras virtuales, se habría transformado en los USD 513.000 incorporados a las declaraciones rectificativas. Las fuentes de la Jefatura de Gabinete sostienen que esos movimientos pueden verificarse mediante las “llaves” de acceso asociadas a cada billetera.

    La reacción en el PRO luego de la explicación de Manuel Adorni

    A ese componente financiero se suman ingresos provenientes de herencias. Tras el fallecimiento de su padre, Jorge Eduardo Adorni, en 2022, el jefe de Gabinete habría incorporado cerca de USD 57.000 por la venta de una propiedad en La Plata y aproximadamente USD 22.000 por un lote en el partido bonaerense de Daireaux, lo que totaliza alrededor de USD 79.000 en bienes sucesorios.

    Las rectificaciones también abarcan dos operaciones inmobiliarias realizadas en noviembre de 2025. La vivienda en el country Indio Cuá, que figuraba únicamente a nombre de Angeletti, pasó a declararse con una participación del 50% para cada cónyuge, con un valor de compra de aproximadamente USD 120.000 financiado mediante hipotecas sobre el inmueble familiar de la avenida Asamblea. El departamento ubicado en la calle Miró, en el barrio porteño de Caballito, fue adquirido mediante un acuerdo con Pablo Feijoó, descrito como amigo personal del funcionario, con un anticipo de USD 30.000 y financiamiento adicional por cerca de USD 100.000.

    Desde la Jefatura de Gabinete reconocieron que las declaraciones juradas originales presentaron fallas. “Hubo desprolijidad. Las declaraciones del 2023 las hizo él mismo. La del 2024 fue con un contador, pero con la denuncia, hubo que hacer una reconstrucción de toda la historia patrimonial familiar, porque había que demostrar que el dinero usado en la compra de propiedades no había surgido de dinero ilícito”, explicaron fuentes cercanas al funcionario. La posición oficial sostiene que “todo el patrimonio que tiene Adorni y Angeletti es previo a la asunción como funcionario público”.

    La presentación ante la Oficina Anticorrupción se produjo un día después de que Adorni adhiriera al Régimen Simplificado de Ganancias contemplado en la Ley 27.799, y más de un mes después de que el propio presidente Javier Milei anticipara públicamente que la documentación sería entregada. El PRO, por su parte, cerró su comunicado con una advertencia que apunta directamente al Gobierno: “La actitud más responsable es cuidar el cambio, actuando con la transparencia que la sociedad exige”.

  • La Corte Suprema ratificó que las provincias no pueden cobrar alícuotas diferenciales a empresas radicadas en otros distritos

    La Corte Suprema ratificó que las provincias no pueden cobrar alícuotas diferenciales a empresas radicadas en otros distritos

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó este jueves que las provincias no pueden cobrar alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos a empresas que no estén radicadas en sus territorios y condenó a las provincias de Santa Fe y Entre Ríos. Así declaró la inconstitucionalidad de normas locales que fijaban esos impuestos, creando una suerte de “aduana interior” entre provincias.

    Por un lado, la Corte Suprema analizó la causa “Deloitte & Co. S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza”.

    La firma de servicios profesionales de auditoría, consultoría, impuestos y finanzas corporativas, registrada como contribuyente bajo el régimen de Convenio Multilateral en todo el país, fue a tribunales a raíz de que la Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe le reclamó una deuda impositiva por una alícuota más alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por sus servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal durante el período 2012-2015, en base a que la empresa no tenía su radicación física dentro de la jurisdicción.

    La provincia defendió la medida amparada en su autonomía tributaria, en busca del desarrollo, fomento y promoción de la producción y el trabajo dentro de su propio territorio, y rechazó que se trate de una resolución discriminatoria.

    La Corte Suprema, contra las “aduanas internas”

    En base a su jurisprudencia, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que cobrar un impuesto más alto solo por estar radicado en otra provincia constituye una discriminación irrazonable ya que la medida implica habilitar “aduana interior” entre provincias.

    En el caso concreto, la aplicación de la normativa provincial que se cuestiona, al gravar con la alícuota del 4,5 % la actividad ya referida de la actora, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias –dijo el máximo tribunal-.

    En tales condiciones, a la luz de los preceptos constitucionales” y de “los criterios fijados por esta Corte a su respecto, en el caso queda en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del contribuyente, en tanto se lesionaba el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y se alteraba la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, incisos 13 y 126), instaurando así una suerte de ‘aduana interior’ vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos o servicios foráneos, en beneficio de los manufacturados o prestados en su territorio, extremo que conduce a la declaración de invalidez de la pretensión fiscal de la demandada”, se afirmó.

    Y en ese marco el fallo declaró la inconstitucionalidad del artículo 6°, tercer párrafo, de la ley 3650 —incorporado por el artículo 9° de la ley 13.286— y el artículo 1° del decreto 2707/2012, todos de la provincia de Santa Fe, en cuanto establecían un régimen de alícuotas diferenciales en el impuesto sobre los ingresos brutos en razón del lugar de su radicación de la firma, así como la de la pretensión fiscal”, exclusivamente en cuanto atañe a la cuestión que fue materia de discusión en esta causa.

    Por otro lado, la Corte Suprema también condenó a la provincia de Entre Ríos en la demanda que inició la firma Inc S.A., la empresa propietaria de la cadena de supermercados “Carrefour”, por motivos análogos.

    El conflicto surgió a raíz del reclamo de deuda por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) le realizó a la empresa por los períodos fiscales de enero a septiembre de 2016. La provincia pretendía cobrarle a Inc S.A. un alícuota general elevada al 5%, en base a lo establecido por la Ley Provincial N° 9622, modificada por la Ley N° 10.270, ya que la firma se encontraba radicada fuera de la Provincia de Entre Ríos.

    Corte Suprema de Justicia rosatti lorenzetti rosenkrantz.jpg

    Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

    Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

    La firma denunció que se la estaba obligando a pagar un impuesto más costoso por la sola circunstancia de tener su sede en otra jurisdicción, mientras que la provincia rechazó la demanda argumentado que la empresa había liquidado el impuesto con la alícuota menor y la provincia toleró esa situación sin iniciar acciones judiciales.

    También afirmó que la discusión se había vuelto abstracta debido a que posteriormente sancionó la Ley Local N° 10.557, la cual unificó las alícuotas sin hacer distinciones basadas en el domicilio o radicación.

    Los ministros analizaron el planteo y sostuvieron que la nueva ley no tenía efectos retroactivos sobre los períodos reclamados en 2016, por lo que la controversia seguía vigente.

    Y en ese sentido determinó que “la ley impositiva local 9622, modificada por la ley 10.270, al gravar la actividad comercial ya referida de la actora con la alícuota del 5 %, ha obstaculizado el desenvolvimiento del comercio entre las provincias” y generó una “discriminación” en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente

  • Entre Ríos y Santa Fe La Corte Suprema ratificó que las provincias no pueden cobrar impuestos más altos cuando las empresas no son locales

    Entre Ríos y Santa Fe La Corte Suprema ratificó que las provincias no pueden cobrar impuestos más altos cuando las empresas no son locales

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que las provincias no pueden cobrar alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos a empresas que no estén radicadas en sus territorios y condenó a las provincias de Santa Fe y Entre Ríos. Así declaró la inconstitucionalidad de normas locales que fijaban esos impuestos, creando una suerte de “aduana interior” entre provincias.

    Por un lado, la Corte Suprema analizó la causa “Deloitte & Co. S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza”. La firma de servicios profesionales de auditoría, consultoría, impuestos y finanzas corporativas, registrada como contribuyente bajo el régimen de Convenio Multilateral en todo el país, fue a tribunales a raíz de que la Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe le reclamó una deuda impositiva por una alícuota más alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por sus servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal durante el período 2012-2015, en base a que la empresa no tenía su radicación física dentro de la jurisdicción.

    La provincia defendió la medida amparada en su autonomía tributaria, en busca del desarrollo, fomento y promoción de la producción y el trabajo dentro de su propio territorio, y rechazó que se trate de una resolución discriminatoria.

    En base a su jurisprudencia, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que cobrar un impuesto más alto solo por estar radicado en otra provincia constituye una discriminación irrazonable ya que la medida implica habilitar “aduana interior” entre provincias.

    “En el caso concreto, la aplicación de la normativa provincial que se cuestiona, al gravar con la alícuota del 4,5 % la actividad ya referida de la actora, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias -dijo el máximo tribunal-. En tales condiciones, a la luz de los preceptos constitucionales” y de “los criterios fijados por esta Corte a su respecto, en el caso queda en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del contribuyente, en tanto se lesionaba el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y se alteraba la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, incisos 13 y 126), instaurando así una suerte de ‘aduana interior’ vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos o servicios foráneos, en beneficio de los manufacturados o prestados en su territorio, extremo que conduce a la declaración de invalidez de la pretensión fiscal de la demandada”, se afirmó.

    Y en ese marco el fallo declaró la inconstitucionalidad del artículo 6°, tercer párrafo, de la ley 3650 -incorporado por el artículo 9° de la ley 13.286- y el artículo 1° del decreto 2707/2012, todos de la provincia de Santa Fe, en cuanto establecían un régimen de alícuotas diferenciales en el impuesto sobre los ingresos brutos en razón del lugar de su radicación de la firma, así como la de la pretensión fiscal”, exclusivamente en cuanto atañe a la cuestión que fue materia de discusión en esta causa.

    Por otro lado, la Corte Suprema también condenó a la provincia de Entre Ríos en la demanda que inició la firma Inc S.A., la empresa propietaria de la cadena de supermercados “Carrefour”, por motivos análogos.

    El conflicto surgió a raíz del reclamo de deuda por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) le realizó a la empresa por los períodos fiscales de enero a septiembre de 2016. La provincia pretendía cobrarle a Inc S.A. un alícuota general elevada al 5%, en base a lo establecido por la Ley Provincial N° 9622, modificada por la Ley N° 10.270, ya que la firma se encontraba radicada fuera de la Provincia de Entre Ríos.

    La firma denunció que se la estaba obligando a pagar un impuesto más costoso por la sola circunstancia de tener su sede en otra jurisdicción, mientras que la provincia rechazó la demanda argumentado que la empresa había liquidado el impuesto con la alícuota menor y la provincia toleró esa situación sin iniciar acciones judiciales. También afirmó que la discusión se había vuelto abstracta debido a que posteriormente sancionó la Ley Local N° 10.557, la cual unificó las alícuotas sin hacer distinciones basadas en el domicilio o radicación.

    Los ministros analizaron el planteo y sostuvieron que la nueva ley no tenía efectos retroactivos sobre los períodos reclamados en 2016, por lo que la controversia seguía vigente. Y en ese sentido determinó que “la ley impositiva local 9622, modificada por la ley 10.270, al gravar la actividad comercial ya referida de la actora con la alícuota del 5 %, ha obstaculizado el desenvolvimiento del comercio entre las provincias” y generó una “discriminación” en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente