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  • Los polémicos argumentos del juez de San Nicolás para absolver al líder sindical de Camioneros que bloqueó una pyme

    Los polémicos argumentos del juez de San Nicolás para absolver al líder sindical de Camioneros que bloqueó una pyme

    Bloqueo sindical en la empresa Distribuidora Rey
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    El juez Alejandro López, miembro del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, consideró que aun cuando un bloqueo sindical afecte la actividad de una empresa y genere perjuicios económicos, eso no transforma automáticamente la protesta en un delito.

    Al revés de otros fallos que equiparan al bloqueo con un delito y de leyes que penalizan esas medidas extorsivas, el magistrado absolvió al líder de Camioneros de San Nicolás, Maximiliano Cabaleyro, acusado de impedir el acceso y la salida de vehículos de Rey Distribución en San Pedro, además de extorsionar a esa pyme, en 2021.

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    En su polémica sentencia, López concluyó que los bloqueos sindicales —que impidieron la circulación de camiones y afectaron la actividad de la empresa— constituyeron el “legítimo ejercicio de un derecho” y, por lo tanto, no configuraron delitos.

    Juez Alejandro López

    Técnicamente, el fallo no dispuso un sobreseimiento sino una absolución, al igual que benefició a otros 6 imputados. Cabaleyro fue liberado de manera inmediata.

    La acusación fiscal había sostenido que los imputados bloquearon los accesos de Rey Distribución, en la ciufdad bonaerense de San Pedro, para presionar a la empresa en medio de reclamos laborales. Los hechos investigados incluían los delitos de turbación de la posesión, coacción en grado de tentativa y extorsión.

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    El juez dio por probado que hubo medidas que restringieron el funcionamiento de la empresa. En particular, consideró acreditado que el 15 de enero de 2021 se obstaculizó la salida de camiones y que, del 22 al 25 de febrero, un colectivo del Sindicato de Camioneros fue colocado ante el acceso de la pyme, impidiendo la entrada y salida de vehículos.

    Juicio al sindicalista de Camioneros Maximiliano Cabaleyro en San Nicolás

    Sin embargo, López concluyó que esas conductas no podían ser castigadas penalmente porque estuvieron vinculadas con un conflicto laboral.

    “Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, escribió el magistrado al analizar los bloqueos. Y luego fue todavía más explícito: “Todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”.

    La atipicidad implica que, para el juez, la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto: una medida de fuerza gremial.

    Uno de los pasajes más contundentes de la resolución afirma que el expediente debió tramitarse fuera del fuero penal. “Este es un conflicto laboral”, señaló López, quien cuestionó que se hubiera llevado el caso a un juicio criminal con posibilidad de penas de prisión.

    La familia Rey, cuya empresa sufrió un bloqueo del Sindicato de Camioneros

    En esa línea, planteó que el derecho penal debe ser la última herramienta del Estado: “Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”.

    El juez también calificó como un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical: “Traer este conflicto hasta estas instancias, con personas detenidas o afectadas por la sola existencia de la potencial conminación de una pena (…) es lo que debe ser denominado un despropósito”, dijo en el fallo.

    Para fundamentar su postura, López citó jurisprudencia bonaerense y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, además de estándares internacionales sobre el derecho de huelga y libertad sindical.

    Juicio al sindicalista de Camioneros Maximiliano Cabaleyro en San Nicolás

    La sentencia no niega que la actividad comercial de Rey Distribución haya sido afectada. Por el contrario, el juez remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente.

    Pero distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones. “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”, citó el magistrado de un antecedente judicial.

    También sostuvo que no se acreditó que los imputados hubieran ejercido violencia, causado daños o amenazado personalmente a los dueños de la empresa durante los bloqueos a la pyme de la familia Rey. “Los encartados no ejercieron tampoco violencia, no causaron daños, ni se los identificó intimidando o amenazando a ninguna persona en el desarrollo de la medida de fuerza”, afirmó.

    La detención del sindicalista de Camioneros Fernando Espíndola, en San Nicolás

    El juez dio relevancia al contexto de los reclamos planteados por el gremio. Según el fallo, había denuncias por diferencias salariales, pago de horas nocturnas, adicionales, aportes sindicales y de obra social, además de problemas de seguridad e higiene en el establecimiento.

    Entre las irregularidades mencionadas aparecen baños insuficientes para la cantidad de empleados, falta de señalización, problemas en vehículos y autoelevadores, ausencia de sirenas de retroceso y deficiencias en escaleras y circulación dentro del depósito.

    La pericia contable oficial, citada en la sentencia, concluyó que existían diferencias salariales y de aportes. El fallo destaca que el cálculo de la perito fue incluso superior a la deuda reclamada por Camioneros. “El sindicato había estimado una diferencia mucho menor incluso a la determinada por la perito”, consignó el juez.

    También sostuvo que la empresa había reconocido falencias y que, tras el conflicto, se realizaron obras y adecuaciones en materia de infraestructura y seguridad.

    Bloqueo del Sindicato de Camioneros a la Distribuidora Rey

    Cabaleyro también estaba acusado de haber integrado un esquema de extorsión contra los dueños de Rey Distribución, quienes declararon haber realizado pagos mensuales al sindicato para evitar bloqueos o dificultades en el funcionamiento de la firma.

    El juez tuvo por acreditado que hubo entregas de dinero a Fernando Espíndola, dirigente que participó del bloqueo pero no fue juzgado en este juicio oral y público porque acordó un procedimiento abreviado, pero entendió que no se probó que Cabaleyro hubiera participado de esos cobros, los hubiera ordenado o recibido.

    “No se ha acreditado la autoría en cabeza de Maximiliano Cabaleyro”, resolvió. Y agregó: “No hubo un sólo testigo que pudiera afirmar que vio a Cabaleyro recibir o exigir dinero. No ha surgido de la prueba rendida en el debate nada que lo incrimine”.

    El fallo del juez López cuestiona que la acusación se apoyara en comentarios, conjeturas o referencias de terceros. “Todo lo que aportaron estas personas es proveniente de ‘comentarios’, del ‘vox populi’, o de los dichos de Espíndola”, señaló.

    Ariel y Gustavo Rey, con Florencia Arietto y Verónica Razzini

    Además, el juez ponderó una escucha telefónica en la que Gustavo Rey, uno de los propietarios de la empresa, le ofrecía dinero a Cabaleyro. Según López, el sindicalista rechazó esa propuesta. “Fue Rey quien ofreció dinero (…) Ese ofrecimiento de dinero (…) fue rechazado de plano por Maximiliano Cabaleyro”, sostuvo.

    La acusación también apuntaba a un convenio por $805.383,03 suscripto en abril de 2021 entre la empresa y el sindicato, que la fiscalía interpretaba como resultado de una amenaza de un nuevo bloqueo.

    El juez descartó que se hubiera probado una extorsión. Consideró que el acuerdo estaba vinculado con deudas reales de la empresa por diferencias salariales y aportes sindicales y de obra social. “No existió la coacción o amenaza para suscribir el documento en cuestión, y sí existía la deuda reconocida allí (…) y era exigible incluso judicialmente”, afirmó el fallo.

    La familia Rey, cuya empresa sufrió un bloqueo del Sindicato de Camioneros

    La sentencia además valoró que los pagos se encontraban documentados con recibos oficiales. “Rara vez se documentan los pagos indebidos y producto de extorsión en recibos, precedidos de convenios de pago por reconocimiento de deudas”, escribió López.

    El fallo judicial contiene duras observaciones a la investigación fiscal, a la selección de los imputados y al uso de intervenciones telefónicas.

    El juez cuestionó que algunas personas mencionadas como participantes de las medidas de fuerza no hubieran sido acusadas, mientras que otros sí llegaron a juicio. “La acción penal no fue objetivamente dirigida cuando se trató de escoger personas a imputar”, sostuvo.

    Pablo Moyano y Maximiliano Cabaleyro en San Nicolás

    También criticó el uso de escuchas telefónicas y la forma en que se seleccionaron las conversaciones consideradas relevantes. Sobre ese punto, advirtió que la investigación no puede apoyarse en la intromisión indiscriminada en la privacidad de las personas ni en comunicaciones protegidas, como las mantenidas entre un imputado y su abogado. “El magro resultado en este caso demuestra lo desproporcionado que ha sido el uso de esta herramienta tan sensible a derechos personalísimos”, sostuvo.

    En su parte resolutiva, López dispuso absolver a Cabaleyro, Edgardo Di Mayo, Maximiliano Pérez, Carlos y Enzo Ojeda, y Lucas y Matías Torrez por los bloqueos de enero y febrero de 2021 al considerar que esas acciones fueron atípicas porque se dieron “en el ejercicio de un derecho”, en referencia al derecho de huelga.

    Al mismo tiempo, absolvió a Cabaleyro por el hecho vinculado con los pagos mensuales, al no acreditarse su autoría, y por el convenio de pago de $805.383,03, al no comprobarse la materialidad de una extorsión.

    Además, decidió la inmediata libertad de Cabaleyro, quien se encontraba cumpliendo prisión domiciliaria luego de haber sido detenido en abril de 2022 junto con Espíndola.

  • Causa Nemec: el Superior Tribunal anuló el sobreseimiento y confirmó la inhabilitación del médico por 5 años

    Causa Nemec: el Superior Tribunal anuló el sobreseimiento y confirmó la inhabilitación del médico por 5 años

    El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar a los recursos de la Fiscalía y la querella en la causa por la muerte de Andrea Schlotthauer. Dejó sin efecto las resoluciones que habían declarado prescripta la acción penal y ratificó que el expediente estaba en etapa de ejecución.

    A10 años del fallecimiento de la joven contadora, la causa por la muerte de Andrea Schlotthauer volvió a dar un giro judicial. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos anuló las resoluciones que habían declarado prescripta la acción penal contra el médico cirujano Carlos Nemec, que fue condenado en primera instancia por homicidio culposo.

    La decisión fue dictada el 9 de octubre pasado por la Sala Nº 1 en lo Penal del máximo tribunal provincial. Los vocales Susana Medina, Germán Carlomagno y Laura Soage hicieron lugar a las impugnaciones extraordinarias presentadas por el Ministerio Público Fiscal y la querellante Rosana Lema Olano y el fallo dejó sin efecto la sentencia del 20 de febrero de 2026, mediante la cual la Sala II de la Cámara de Casación Penal había rechazado los planteos de la acusación y confirmado la resolución del juez Tobías Podestá. En agosto de 2025, el magistrado había declarado prescripta la acción penal y sobreseído a Nemec, indicó el diario El Argentino.

    Para el Superior Tribunal, el punto central era que la causa ya había superado la etapa de discusión sobre la responsabilidad penal. La condena había adquirido carácter ejecutorio y el expediente se encontraba en la instancia destinada a hacer cumplir la pena. Por ese motivo, entendió que no correspondía volver a analizar la prescripción de la acción penal como si el proceso todavía estuviera en una etapa anterior. La resolución diferenció ese instituto de la prescripción de la pena, que tiene reglas y plazos propios.

    La causa se originó en la muerte de Andrea Schlotthauer, ocurrida en Gualeguaychú, y derivó en una investigación por la actuación médica que recibió antes de su fallecimiento. En 2016, Nemec fue condenado por homicidio culposo a un año de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina.

    Desde entonces, el expediente atravesó distintas revisiones judiciales. La intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las posteriores decisiones de los tribunales entrerrianos modificaron el rumbo de la causa en más de una oportunidad.

    En 2023, Casación había dictado una absolución, pero esa decisión fue posteriormente revisada y la condena volvió a quedar vigente. Luego de agotarse las instancias correspondientes y de ser denegado el recurso extraordinario federal de la defensa, el expediente regresó a Gualeguaychú para avanzar con la ejecución de la pena, destacó el diario El Argentino.

    En ese contexto se produjo una nueva controversia. El 13 de agosto de 2025, el juez Podestá declaró prescripta la acción penal y dispuso el sobreseimiento de Nemec. La decisión fue recurrida por la Fiscalía y la querella, pero Casación confirmó el sobreseimiento el 20 de febrero de 2026.

    Ambas acusaciones acudieron entonces al Superior Tribunal de Justicia. Sostuvieron que la resolución cuestionada desconocía el estado procesal de la causa y que no correspondía declarar extinguida una acción penal cuando la condena ya se encontraba en etapa de ejecución.

     

    La acción penal y la pena

    En sus fundamentos, el Superior Tribunal señaló que la resolución de Casación había recurrido a doctrina y jurisprudencia sobre la prescripción de la acción penal que, aunque válidas en términos generales, no resultaban aplicables a la situación concreta de Nemec.

    Los vocales explicaron que la prescripción de la acción penal y la prescripción de la pena son institutos diferentes. La primera se vincula con el plazo para perseguir penalmente un hecho; la segunda, con el plazo durante el cual puede hacerse efectiva una sanción impuesta mediante una condena.

    Según el fallo, cuando el expediente regresó a Gualeguaychú ya no correspondía discutir si la acción penal se había extinguido durante la etapa de persecución. La sentencia condenatoria había alcanzado carácter ejecutorio y el trámite se encontraba en una fase posterior, consignó el diario El Argentino.

    El Tribunal consideró que el juez de ejecución podía disponer los actos necesarios para cumplir la condena, incluida la inhabilitación para ejercer la medicina, pero no introducir una discusión sobre la duración de la acción penal que correspondía a otra etapa del proceso.

    Sobre esa base, el STJ hizo lugar a los recursos de la Fiscalía y la querella y anuló tanto la resolución de Casación del 20 de febrero de 2026 como la decisión de Podestá del 13 de agosto de 2025.

    También declaró la nulidad parcial de una resolución anterior del 27 de mayo de 2025, desde su segundo punto resolutivo, y mantuvo la validez de lo dispuesto hasta el primer punto, incluida la aclaratoria del 30 de mayo.

    El pronunciamiento no impuso una nueva condena ni volvió a juzgar los hechos atribuidos al médico. Su efecto fue dejar sin sustento las decisiones que habían cerrado la causa por prescripción y restablecer el marco procesal para continuar con la ejecución de la sentencia condenatoria, publicó el diario El Argentino.

    Con esta decisión, el máximo tribunal entrerriano dejó atrás el último obstáculo judicial que había surgido a partir de la declaración de prescripción. La causa por la muerte de Andrea Schlotthauer vuelve así al escenario de la ejecución de una condena que atravesó absoluciones, revisiones y nuevos recursos antes de llegar a esta resolución.

  • Murió Norberto Di Próspero, histórico secretario general del gremio de trabajadores del Congreso

    Murió Norberto Di Próspero, histórico secretario general del gremio de trabajadores del Congreso

    Norberto Di Próspero
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    Norberto Di Próspero, el dirigente sindical que durante más de dos décadas condujo los destinos de la Asociación del Personal Legislativo (APL), murió este miércoles a los 61 años, mientras transitaba su sexto mandato consecutivo al frente del gremio de los trabajadores del Congreso de la Nación. La noticia fue confirmada esta noche por la propia entidad gremial a través de un comunicado, en el que expresaron “con profundo dolor” la “triste noticia”.

    “Acompañamos y abrazamos a toda su familia en este doloroso momento y nos ponemos a su entera disposición para su honrosa despedida”, expresó la comisión directiva de APL en el texto difundido.

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    A su vez, la APL anunció que su sede permanecería cerrada por duelo durante el jueves 15 y el viernes 16 de octubre, y anticipó que informaría sobre los detalles de su despedida “por los canales de difusión oficiales”.

    Di Próspero supo acumular un largo recorrido dentro del sindicato. Asumió la conducción de APL en julio de 2004, cuando se impuso en las elecciones con la Lista Verde y Blanca frente a Ricardo Sablich, su antecesor en el cargo. Desde entonces, logró sucesivas reelecciones —la más reciente en agosto de 2025— y se convirtió en un interlocutor ineludible para las autoridades de ambas cámaras legislativas, sin distinción de signo político.

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    Un comunicado oficial de la Asociación del Personal Legislativo con el escudo del gremio y texto explicativo sobre fondo blanco

    Su gestión se caracterizó por una presencia firme en las mesas paritarias y una constante defensa de la Ley 24.600, la norma que regula la actividad de los empleados del Congreso. A lo largo de su trayectoria, fue una voz habitual en los debates sobre empleo público, condiciones laborales y situación salarial del sector parlamentario.

    Además de su rol en APL, Di Próspero presidía la Federación de Empleados Legislativos de la República Argentina (FELRA), cargo para el que había sido reelegido recientemente con mandato hasta 2030. Esa federación reúne a trabajadores legislativos de distintas provincias del país, lo que le otorgó al dirigente una proyección que excedía las fronteras del Congreso porteño.

    Su influencia también se extendía al ámbito político-partidario: era consejero nacional del Partido Justicialista y ocupaba la secretaría de asuntos legislativos de la Confederación General del Trabajo (CGT).

    Repercusiones desde el arco político y el sindicalismo

    Tras conocerse la noticia, las despedidas y homenajes no se hicieron esperar. En ese sentido, el bloque justicialista en el Senado emitió un comunicado en el que lo describió como un “dirigente de extensa trayectoria sindical y hombre del Justicialismo” que estuvo “más de dos décadas al frente de la conducción de APL”. “Deseamos que encuentren el consuelo necesario ante tan triste momento”, expresaron los senadores.

    La bancada de Unión por la Patria en Diputados también se manifestó: “Enorme pesar por el fallecimiento de Norberto Di Próspero, secretario general de APL y referencia en la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras del poder legislativo”.

    Un comunicado con una fotografía en blanco y negro de Norberto Di Próspero, un lazo negro y el logotipo del Bloque Justicialista del Senado

    La CGT lo despidió con un mensaje emotivo en el que destacó su trayectoria como delegado desde 1998, primer secretario general de FELRA y conductor de la APL desde 2004. “Hasta siempre, compañero Norberto Di Próspero”, escribió la central obrera. “Hijo de un ferroviario y militante peronista, hizo de la acción colectiva una forma de vida”, lo recordaron y mencionaron que, “en esta central obrera, puso su experiencia al servicio de la defensa de los derechos de las trabajadoras y trabajadores en el ámbito parlamentario y, al frente de su gremio, defendió los salarios, los puestos de trabajo y jerarquizó el trabajo legislativo”.

    A los mensajes, se sumó el diputado Juan Grabois quien expresó: “Terminaba otra jornada lamentable en el Congreso. Salíamos de una comisión. Una trabajadora de la cámara de diputados lloraba. Nos abrazamos. Hoy murió su representante. Nuestro compañero. Norberto Di Próspero. Un excepcional dirigente sindical. Comprometido. Honesto. Firme en la defensa de sus trabajadores. Enorme en su inteligencia política. Consciente de la clase que representaba. Alguien que recibía a todos los trabajadores, uno por uno, con la puerta abierta cada día. Por eso, hoy en el Congreso, la tristeza embargaba a todos”.

    Con su fallecimiento, el gremio más influyente del ámbito legislativo queda ante el desafío de definir una nueva conducción. Di Próspero deja un legado de fuerte gravitación institucional y se constituye como un referente para generaciones de trabajadores del Congreso que lo tuvieron como representante.

  • Choque entre camiones en la Autovía Nacional 12: investigan las circunstancias del accidente

    Choque entre camiones en la Autovía Nacional 12: investigan las circunstancias del accidente

    Un choque entre camiones en la Autovía Nacional 12 se registró a la altura del kilómetro 103, según la información preliminar conocida en las últimas horas. Por el momento, no trascendieron detalles sobre las circunstancias en las que se produjo el siniestro vial.

     



     

    El accidente involucró a vehículos de transporte de cargas, aunque todavía no se precisó cuántas unidades participaron ni cómo ocurrió la colisión, detallaron Bomberos de Ceibas.

     


     

    Hasta el momento, no existe información confirmada sobre personas heridas, así como tampoco se comunicó oficialmente si el choque generó interrupciones o restricciones en el tránsito.

  • Telecom aceptó venderle a Metrotel más de 6 millones de clientes por USD 450 millones

    Telecom aceptó venderle a Metrotel más de 6 millones de clientes por USD 450 millones

    Dos teléfonos celulares sobre una mesa de madera muestran los logotipos de las marcas Telecom y Metrotel en sus pantallas.
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    Telecom Argentina aceptó la oferta de CPS Comunicaciones S.A. (Metrotel) para venderle los paquetes de clientes de telefonía móvil y de internet residencial que debe desinvertir como condición para concretar la compra de Telefónica Móviles Argentina S.A. (TMA). El precio será de USD 450 millones más IVA, según informó la compañía a la Comisión Nacional de Valores (CNV) mediante un hecho relevante fechado este miércoles 14 de octubre.

    La decisión fue adoptada por el Directorio de Telecom. En el comunicado, la empresa indicó que resolvió “aceptar la Oferta remitida y avanzar en el perfeccionamiento de los actos necesarios para llevar adelante la transacción allí prevista, incluyendo la celebración de los contratos definitivos y la ejecución de la transferencia de los activos relevantes previstos en la Oferta por parte de TMA y Telecom Argentina a favor de Metrotel”.

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    Sobre el precio, Telecom informó que, además los 450 millones de dólares más IVA, se incluirá cualquier otro tributo que, conforme a la normativa aplicable, deba adicionarse a la facturación. El monto resultante será abonado en cuotas y se compone de dos conceptos: la venta, cesión y transferencia de los activos relevantes, y un “Mínimo Garantizado Bajo el Acuerdo Marco de Compartición”. El comunicado a la CNV aclara que el precio no incluye los montos que puedan corresponder a los llamados Contratos Conexos, que se pagarán según lo dispuesto en esos contratos.

    La base de clientes que pasará a Metrotel está compuesta, según el texto, por 6.005.425 clientes de servicios móviles, de los cuales 4.002.013 pertenecen al AMBA y 2.003.412 a otras regiones. A ellos se suman 211.566 clientes de servicios de internet residencial.

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    La cesión incluirá la migración de los contratos, numeración, historial y condiciones de cada cliente. (OCU)

    Los activos que pasan a Metrotel

    El comunicado precisa que los clientes de internet residencial “tienen una línea de telefonía fija asociada”. TMA deberá notificar a los clientes cedidos la transferencia “en el menor tiempo posible”. La cesión incluirá la migración de sus contratos, numeración, historial y condiciones, además del saldo no consumido de los clientes prepagos y las promociones aplicables, para que Metrotel pueda continuar con la prestación de los servicios.

    Además de los clientes, la operación incluye otros activos. Telecom y TMA transferirán a Metrotel “cierto espectro radioeléctrico”, cuyo detalle, según el acta, surge de una presentación que se exhibió a los directores. TMA cederá además la titularidad, o los derechos de uso, de cierta infraestructura física que incluye el Core de Red y los activos que componen la red de fibra óptica hasta el hogar (FTTH) desplegada por la empresa en la Ciudad de Buenos Aires.

    La marca Tuenti y los servicios transitorios

    La oferta contempla además dos contratos conexos. El primero es un acuerdo de servicios transitorios, por el cual Telecom y TMA prestarán ciertos servicios a Metrotel durante el plazo y en las condiciones que fije ese contrato. El segundo es un acuerdo de licencia de uso de marca: TMA “otorgará a Metrotel una licencia exclusiva, onerosa, válida únicamente para la provisión de servicios móvil para clientes B2B y B2C y servicios de banda ancha fija y telefonía fija sólo para clientes B2C, circunscripta al territorio de la República Argentina, respecto de la marca ‘Tuenti’”.

    Por el uso de la marca, Metrotel deberá pagar a TMA USD 1 millón por año más IVA. La oferta incluye también la cesión a Metrotel de los contratos de trabajo, aunque la misma estará sujeta al consentimiento de cada empleado.

    Un grupo de jóvenes utilizando el teléfono móvil (AdobeStock)

    Los antecedentes de la operación

    Telefónica anunció el 24 de febrero de 2025 la venta de su filial argentina a Telecom. El 21 de marzo de ese año, la Secretaría de Industria y Comercio dispuso la suspensión preventiva de la transacción. El 18 de junio de 2026, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), con base en un informe técnico del Enacom, autorizó la operación bajo ciertas condiciones. Entre ellas, Telecom debía transferir a un adquirente independiente 6.000.000 de clientes móviles activos, 4.000.000 en el AMBA y 2.000.000 en el resto del país, junto con el espectro necesario y la cartera de abonados de servicios fijos en 28 localidades de cinco distritos. Esa condición es justamente la que se está cumpliendo ahora, con la venta a Metrotel.

    En paralelo, Metrotel será adquirida por Nippur Fiber Holdings, que tendrá el 51% del capital, y por Beacon, propiedad de Ralph Booth, con el 49%. La operación implica la salida de Blackstone y Riverwood Capital, que controlaban el 100% de la empresa desde diciembre de 2017, cuando pagaron USD 190 millones. Metrotel tiene más de 25 años de trayectoria en el segmento corporativo y mayorista, más de 8.000 kilómetros de fibra óptica propia y presencia en la Ciudad de Buenos Aires, el Gran Buenos Aires, Mendoza, Córdoba, Rosario y Neuquén. Cuenta con 350 empleados y prevé sumar unos 100.

    La migración de los clientes, que demandaría unos 60 días, se realizaría bajo la marca Tuenti, con la expectativa de que concluya antes de fin de año. Todavía deben firmarse los contratos definitivos y los acuerdos de compartición, y el Enacom debe otorgar las autorizaciones necesarias para el traspaso del espectro.

  • El papa León XIV envió un mensaje tras la operación y agradeció las oraciones de los fieles

    El papa León XIV envió un mensaje tras la operación y agradeció las oraciones de los fieles

    El papa León XIV agradeció el acompañamiento recibido durante su internación en el Hospital Gemelli de Roma, donde se recupera de una cirugía para extirparle un nódulo pulmonar. Lo hizo mediante un mensaje enviado a la clausura del encuentro por el décimo aniversario de Amoris Laetitia, del que no pudo participar presencialmente.

    “Como saben, no he podido estar con ustedes durante estos días. Les agradezco cordialmente sus oraciones y el trabajo que han realizado juntos”, expresó en el texto difundido por el portal oficial de la Santa Sede.

    El mensaje se conoció después de un nuevo parte médico que indicó que el pontífice “ha pasado una noche tranquila”. La intervención duró 90 minutos, se desarrolló sin complicaciones y el análisis del tejido confirmó un adenocarcinoma pulmonar.

    El agradecimiento de León XIV a las familias

    En su mensaje, el Papa destacó el intercambio entre los participantes del encuentro y valoró las experiencias compartidas durante las jornadas. “El hecho de que hayan compartido sus experiencias y hayan escuchado con atención es, sin duda, un regalo para toda la Iglesia”, sostuvo.

    También dedicó unas palabras a las familias y a las autoridades religiosas que participaron de la organización. “Estoy agradecido con las familias que han compartido sus alegrías, dificultades y esperanzas”, señaló. Extendió ese reconocimiento a los responsables de las Iglesias católicas orientales y a los presidentes de las conferencias episcopales por la preparación y el tiempo dedicado a la convocatoria.

    El Vaticano informó que el pontífice pasó una noche tranquila y mantiene suspendidas sus audiencias hasta el 20 de octubre.

    El Vaticano informó que el pontífice pasó una noche tranquila y mantiene suspendidas sus audiencias hasta el 20 de octubre.

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    Cómo continúa la recuperación después de la cirugía

    La operación se realizó mediante una técnica videoasistida y consistió en la extirpación del lóbulo inferior del pulmón derecho. Durante el procedimiento, el examen histológico confirmó que el nódulo correspondía a un tumor maligno.

    El Vaticano informó que el período posoperatorio previsto es de siete días. Mientras continúa bajo seguimiento médico, las audiencias del pontífice permanecen suspendidas hasta el martes 20 de octubre.

    El nuevo parte destacó que pasó una noche tranquila. La evolución de su recuperación será determinante para establecer cómo retomará las actividades religiosas e institucionales previstas para las próximas semanas.

    El Vaticano ratificó la intención del papa León XIV de viajar a Latinoamérica: “Es su deseo”

    El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Matteo Bruni, afirmó que el Sumo Pontífice se refirió a su deseo de no posponer la gira que lo llevará desde Roma a Buenos Aires y que incluirá Uruguay y Perú en su itinerario.

    “Hemos escuchado las palabras del Papa sobre el viaje, sobre su intención, su deseo y también el hecho de ir”, expresó Bruni sobre la posición de León XIV apenas 24 horas después de finalizada la cirugía que confirmó la extirpación de un tumor maligno.

    La declaración del Papa a través del funcionario del Vaticano se realizaron horas después de que se difundiera el parte médico que reveló que el Papa se sometió a análisis de sangre y a una radiografía de tórax programados después de la cirugía y se informó que los “valores están dentro del rango esperado para el tipo de operación realizada”.

    Además comunicaron que recibió “fisioterapia respiratoria” y que, tras la operación, León XIV ya “camina por su habitación”. Además, precisaron que “ha reanudado la alimentación normal y ha tomado el desayuno y el almuerzo”. Por último, la Iglesia buscó transmitir tranquilidad sobre su evolución y aseguró: “Su recuperación está procediendo según lo esperado”.

    León XIV permanece internado en el décimo piso del centro médico. Antes de la intervención, el Vaticano había estimado que la hospitalización duraría alrededor de una semana, aunque todavía no precisó cuánto tiempo podría extenderse el período de recuperación.

  • Disputa por una vivienda terminó con un hombre baleado y tres detenidos en Paraná

    Disputa por una vivienda terminó con un hombre baleado y tres detenidos en Paraná

    Una disputa por una vivienda terminó con un hombre baleado y tres detenidos durante un violento enfrentamiento entre familiares registrado este miércoles por la tarde en la zona de Villa Huesito, en Paraná. La víctima recibió un disparo en el abdomen y debió ser hospitalizada.

     

    El episodio ocurrió alrededor de las 19:30, cuando, por circunstancias que todavía se investigan, se habría desatado una fuerte discusión entre integrantes de una familia por el reclamo de una vivienda. En medio del enfrentamiento, uno de los involucrados recibió un impacto de arma de fuego en el sector izquierdo del abdomen.



    Pese a la lesión, el hombre logró trasladarse hasta las inmediaciones del polideportivo del barrio 33 Orientales, donde se alertó a las autoridades sobre lo sucedido. Posteriormente, fue derivado al hospital San Martín para recibir atención médica.

     

    Tres detenidos y búsqueda del arma utilizada

     

    Tras conocer el hecho, numerosos efectivos policiales desplegaron un operativo en el sector y lograron detener a tres hombres que habrían participado del enfrentamiento.



    Mientras tanto, los investigadores continuaban trabajando en las inmediaciones para localizar el arma de fuego utilizada en el ataque, que habría sido descartada en la zona, publicó Reporte100.7.

     

    Hasta el momento, no se informó oficialmente la gravedad de la herida ni el estado de salud de la víctima. La Policía continúa con las actuaciones para esclarecer las circunstancias del episodio y determinar las responsabilidades de los involucrados.



  • Tecnópolis: la oferta económica de Marcelo Figoli lo ubica como favorito

    Tecnópolis: la oferta económica de Marcelo Figoli lo ubica como favorito

    tecnopolis genericas
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    Perfeta Producciones ofreció $204.000 millones por la concesión de Tecnópolis durante 25 años, una propuesta que supera por $20.700 millones, alrededor de un 11%, a la presentada por Buenos Aires Arena y que coloca a la empresa de Marcelo Fígoli al frente de la competencia económica por el predio de Villa Martelli.

    La Agencia de Administración de Bienes del Estado evaluará dos alianzas con socios internacionales para otorgar el uso y la explotación comercial del complejo. El destino previsto contempla actividades recreativas, de esparcimiento y ocio, junto con posibles propuestas deportivas, culturales y comunitarias.

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    La oferta de Perfeta equivale a un canon de $680 millones mensuales, al dividir el monto total por los 300 meses de la concesión. Concesión Villa Martelli BAA SAPU, vinculada a Buenos Aires Arena, propuso $183.300 millones: $611 millones por mes, el mismo valor establecido como canon base en el pliego.

    Hasta 70 puntos sujetos a la evaluación de la AABE

    El concurso distribuye 100 puntos entre cuatro rubros: el proyecto puede obtener hasta 40, el plan de inversión hasta 30, el canon ofrecido hasta 20 y los antecedentes hasta 10. La propuesta económica representa, por lo tanto, una quinta parte de la puntuación total.

    Marcelo Figoli

    Perfeta Producciones, asociada a Fénix Entertainment, se impone en los dos criterios objetivos disponibles: el canon y los antecedentes. Sin embargo, la definición dependerá de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que tendrá margen de apreciación sobre el proyecto y el plan de inversión, apartados que concentran 70 puntos.

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    La alianza de Perfeta reúne a Fénix Entertainment, AEG Worldwide y CMN. AEG desarrolla negocios en instalaciones, música, deportes, distritos de entretenimiento, bienes raíces y venta de entradas, y declara recibir a más de 100 millones de asistentes cada año.

    Fígoli es empresario detrás de Fénix Entertainment y fundador de Perfeta. Entre sus antecedentes recientes figura la concesión por 20 años del Aconcagua Arena, en Mendoza, mientras ampliaba su presencia en el entretenimiento y la administración de espacios.

    Buenos Aires Arena compite con la experiencia del Movistar Arena y el respaldo de Live Nation Entertainment, que en junio adquirió una participación mayoritaria en la sociedad.

    Sociedad

    A fines de julio se conoció la noticia de que Anschutz Entertainment Group (AEG Worldwide) había formalizado una alianza con Fénix y Cárdenas Marketing Network (CMN) para competir por la licitación. La sociedad aspira a desarrollar un complejo destinado a espectáculos, actividades culturales, congresos y producciones audiovisuales durante todo el año.

    tecnopolis genericas

    AEG opera y administra estadios, arenas y complejos multipropósito en distintos mercados, además de producir miles de conciertos por año. El grupo también controla las franquicias deportivas Los Angeles Kings, de la Liga Nacional de Hockey de Estados Unidos, y Los Angeles Galaxy, de la Major League Soccer.

    Su división AEG Presents participa en la organización de giras internacionales y figura entre las principales promotoras de espectáculos musicales a escala global. La incorporación del grupo estadounidense aporta experiencia en infraestructura para recitales, explotación comercial de arenas, festivales, centros de convenciones y recintos culturales.

    CMN, en tanto, fue fundada por el empresario Henry Cárdenas y tiene presencia en el mercado latino de espectáculos en vivo y marketing multicultural. La empresa produjo giras de Marc Anthony, Bad Bunny, J Balvin, Luis Miguel y Don Omar, además de organizar eventos deportivos y culturales en Estados Unidos y América Latina.

    El predio

    En la actualidad, Tecnópolis está bajo la órbita de la Secretaría de Cultura de la Nación, organismo responsable de la conservación del predio y de la programación de las propuestas que allí se realizan.

    Según fuentes oficiales, el complejo arrastraba una estructura de gastos elevada, un nivel reducido de uso y problemas de deterioro.

    El predio ocupa 509.759,79 metros cuadrados. Desde el inicio de la actual administración, se aplicó un recorte de personal que redujo la dotación de 333 a 198 trabajadores, una baja superior al 30 por ciento.

    Tecnópolis abrió sus puertas en 2011. Desde entonces recibió críticas por un supuesto uso partidario de sus instalaciones. En la presidencia de Mauricio Macri, el espacio permaneció cerrado durante algo más de un año. Luego retomó sus actividades con una programación diferente y mantuvo el acceso gratuito.

    Bajo la administración de Javier Milei, el predio siguió en funcionamiento con eventos públicos, iniciativas privadas y espectáculos musicales.

  • Tragedia en el Atlántico Sur: un marinero murió tras sufrir un accidente en un buque pesquero

    Tragedia en el Atlántico Sur: un marinero murió tras sufrir un accidente en un buque pesquero

    Un marinero de 53 años murió tras sufrir un accidente laboral a bordo del buque pesquero Cabo Vírgenes, mientras realizaba maniobras de pesca en el Atlántico Sur. El trabajador quedó aprisionado por uno de los portones del aparejo y sufrió heridas de extrema gravedad. Aunque la Prefectura Naval Argentina desplegó un operativo de rescate aéreo, falleció antes de que pudiera concretarse la evacuación.

     

    El trágico episodio ocurrió este martes, a unas 190 millas náuticas al nordeste de Puerto Deseado, cuando la embarcación se encontraba en plena actividad pesquera. Según informó el medio local El Chubut, el marinero realizaba tareas sobre la cubierta cuando se produjo el accidente.



    El buque, operado por la empresa Red Chamber Argentina S.A., había partido el 4 de octubre desde Puerto Madryn para desarrollar una campaña de captura de merluza común.

     

    El operativo de rescate que no pudo concretarse

     

    Tras el accidente, el trabajador permaneció consciente durante los primeros momentos, pero su estado de salud se deterioró rápidamente. Ante la gravedad de las lesiones, el capitán del pesquero dio aviso a la estación costera de Comodoro Rivadavia y solicitó asistencia médica.



    La Prefectura Naval Argentina activó los protocolos de emergencia y dispuso el despliegue de un helicóptero Dauphin PA-43 y un avión PA-25 para realizar una aeroevacuación en alta mar. Paralelamente, se ordenó al buque navegar hacia Puerto Deseado para facilitar el encuentro con las aeronaves.

     

    Sin embargo, mientras se desarrollaba el operativo, el marinero perdió el conocimiento y dejó de presentar signos vitales. Sus compañeros comenzaron maniobras de reanimación cardiopulmonar y utilizaron un desfibrilador externo automático, siguiendo las indicaciones de profesionales médicos transmitidas por radio.



    Pese a los esfuerzos de la tripulación, no lograron revertir el cuadro y se confirmó el fallecimiento del trabajador a bordo.

     

    La Justicia ordenó pericias en el buque

     

    Una vez constatada la muerte, la autoridad marítima canceló la evacuación aérea e informó lo ocurrido a la auxiliar fiscal Romina Cerezo.



    La Fiscalía dispuso que el buque regresara al puerto de Puerto Madryn, donde se realizarán las actuaciones judiciales correspondientes para establecer las circunstancias del accidente.

     

    Personal de Prefectura e investigadores judiciales tomarán declaraciones a los tripulantes y efectuarán pericias técnicas sobre el equipamiento utilizado durante la maniobra de pesca.

     

    El reclamo del sindicato de trabajadores marítimos

     

    Desde el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), el secretario general de la seccional Puerto Madryn, César Zapata, lamentó el fallecimiento y se refirió a los riesgos que enfrentan los trabajadores del sector.



    “Cuando nos despedimos de nuestra familia no sabemos si volvemos, lo hacemos porque tenemos que llevar el plato de comida a la casa”, expresó el dirigente sindical.

     

    El accidente volvió a generar preocupación en la actividad pesquera, debido a que se trata del segundo fallecimiento registrado a bordo del Cabo Vírgenes durante 2026. El antecedente ocurrió en julio, cuando murió otro marinero de la misma embarcación.



    La investigación judicial buscará reconstruir la mecánica del accidente y determinar si existieron eventuales responsabilidades relacionadas con las condiciones de seguridad durante las maniobras.



     

  • Súper Niño 2026: subió a un 75% la probabilidad de que el fenómeno tenga una magnitud histórica, advierte un informe

    Súper Niño 2026: subió a un 75% la probabilidad de que el fenómeno tenga una magnitud histórica, advierte un informe

    La posibilidad de un Súper Niño de magnitud histórica encendió las advertencias sobre sus consecuencias para la producción agropecuaria de América Latina, incluida la Argentina. Un informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) recoge estimaciones de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de Estados Unidos (NOAA) que sitúan por encima del 90% la probabilidad de que El Niño alcance una intensidad muy fuerte y en el 75% la posibilidad de que adquiera una magnitud histórica hasta diciembre de este año, con potenciales efectos sobre las precipitaciones, la producción agrícola, la infraestructura y los precios internacionales de los alimentos.

    Para la Argentina, el organismo identificó especialmente al norte del país entre las regiones donde El Niño suele provocar lluvias significativamente superiores a los promedios normales, una situación que incrementa el riesgo de inundaciones fluviales. Si bien la mayor disponibilidad de agua puede favorecer el desarrollo de los cultivos en determinadas regiones, indicó el informe, los excesos hídricos también representan una amenaza para la actividad agrícola, particularmente cuando dificultan las tareas de siembra, afectan los lotes o comprometen la circulación por los caminos rurales.

    “Existe el riesgo de inundaciones que podrían afectar a la misma actividad agrícola y también las infraestructuras necesarias para el comercio”, precisó la entidad. En su reconstrucción histórica, la CEPAL recordó los episodios extremos de El Niño de 1982-1983, 1997-1998 y 2015-2016, además del fenómeno fuerte registrado entre 2023 y 2024. Y ubica al episodio de 2026 entre los fenómenos potencialmente más intensos de las últimas décadas.

    El informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) sobre el fenómeno El Niño explica las consecuencias en la región
    El informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) sobre el fenómeno El Niño explica las consecuencias en la regiónCEPAL

    La CEPAL es un organismo regional de las Naciones Unidas, creado en 1948, cuya misión es contribuir al desarrollo económico y social de los países de la región. Con sede en Santiago de Chile, elabora estudios, estadísticas, informes y recomendaciones sobre crecimiento económico, comercio internacional, producción, empleo, pobreza y cambio climático.

    En su informe señaló que los antecedentes muestran la dimensión económica que pueden alcanzar estos eventos climáticos. Recordó que el fenómeno de 1997-1998 también dejó consecuencias económicas de gran magnitud. Según investigaciones internacionales citadas por la CEPAL, las pérdidas de ingresos a escala mundial asociadas con aquel episodio se estimaron entre US$2,1 billones y US$5,7 billones.

    El organismo explicó que una de las particularidades de estos fenómenos es que sus consecuencias económicas pueden prolongarse durante varios años. Algunas investigaciones identifican efectos persistentes durante tres años, mientras que otras los extienden hasta cinco. La CEPAL señala que El Niño modifica las condiciones de producción mediante cambios en las precipitaciones, las temperaturas y la disponibilidad de agua.

    Salida de hacienda de las islas, en Victoria, Entre Ríos, por temor a la crecida del Río Paraná
    Salida de hacienda de las islas, en Victoria, Entre Ríos, por temor a la crecida del Río ParanáGza

    El organismo advirtió que sus efectos son heterogéneos: “Mientras determinadas regiones pueden experimentar pérdidas de rendimiento por sequías o excesos de precipitaciones, otras pueden beneficiarse de condiciones climáticas más favorables”.

    Para el agro argentino destacó que un “escenario de mayores lluvias no implica necesariamente pérdidas generalizadas de producción, porque sus consecuencias dependerán de la distribución geográfica de las precipitaciones, del estado de los suelos y del momento del ciclo de los cultivos”.

    Si bien indicó que por ahora el fenómeno no presenta estimaciones específicas sobre posibles reducciones de rendimiento de soja, maíz o trigo en la Argentina durante la campaña 2026/2027, advirtió que los efectos del fenómeno pueden trascender las fronteras de los países afectados y trasladarse a los mercados internacionales de alimentos.

    Efecto de las inundaciones en San Javier, Misiones
    Efecto de las inundaciones en San Javier, Misiones

    Según las proyecciones del informe, “el trigo duro podría registrar un incremento importante de precios, seguido por el maíz, mientras que la soja y el trigo rojo podrían experimentar bajas”. En el caso del arroz, el escenario sería diferente, según indicaron, con una reducción inicial de las cotizaciones seguida de una recuperación posterior. El documento reconoce que “estas previsiones todavía presentan un grado considerable de incertidumbre”.

    Además, puntualizó que la exposición de las actividades agropecuarias a los fenómenos climáticos plantea interrogantes sobre las posibles consecuencias de precipitaciones extraordinarias para la producción, el transporte y la comercialización de granos.