
Con motivo de las lluvias e inundaciones que afectaron a varios departamentos de Santa Fe, el Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las regiones que resultaron afectadas. La medida amparará a los productores agropecuarios y hortícolas entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2026.
Por medio de la publicación de la Resolución N° 819/2026 en el Boletín Oficial, el ministro Luis Caputo anunció que “todas las explotaciones agropecuarias afectadas por excesos de precipitaciones y desbordes de ríos, arroyos y cursos de agua” podrán acceder a la ayuda social.
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El estado de emergencia y/o desastre agropecuario regirá en las localidades de Fortín Olmos, Garabato, Los Amores, Golondrina, Intiyaco, Cañada Ombú y Los Tábanos, ubicadas en el departamento de Vera; Gato Colorado, Villa Minetti, San Bernardo, Pozo Borrado, Tostado, Gregoria Pérez de Denis, Santa Margarita y Logroño, pertenecientes al departamento 9 de Julio; y Villa Guillermina en el departamento General Obligado.
De la misma manera, la normativa declaró la emergencia para explotaciones hortícolas de los distritos Recreo, Monte Vera y Santa Fe del departamento La Capital. No obstante, aclararon que la ayuda no estará disponible para el subdistrito de San José del Rincón.
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Según explicaron las autoridades, el fin del estado de desastre culminará el 30 de septiembre de este año, debido a que se tomó como referencia el ciclo productivo de las explotaciones comprendidas, según lo estipulado en los artículos 22 y 23 del decreto reglamentario 1712/2009.
Para acceder a los beneficios de la Ley de Emergencia Agropecuaria N° 26.509, los productores deberán presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente, donde conste que sus predios están incluidos en los casos previstos.
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En línea con esta normativa, el Gobierno de Santa Fe deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores afectados, junto con copia de los certificados emitidos.
Mientras que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán garantizar el acceso a los beneficios establecidos para los productores afectados, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía fue instruida para celebrar convenios y actos que garanticen la ejecución de la resolución.
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También rige el estado de emergencia agropecuaria en Chubut, Santa Cruz y varios departamentos de Mendoza
La semana pasada, el Gobierno nacional también declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en las provincias de Chubut, Santa Cruz y en varios departamentos de Mendoza debido a las condiciones climáticas extremas que afectan a miles de productores en el sur y oeste de Argentina.
La medida se implementó bajo el marco de la Ley 26.509 de emergencia agropecuaria y establece distintos períodos y condiciones según la provincia y el tipo de contingencia. En Chubut, la Resolución 746/2026 dispuso el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, vigente desde el 7 de enero de 2026 hasta el 7 de enero de 2027.
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La Resolución 792/2026 estableció la emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones ganaderas de Santa Cruz afectadas por sequía y fuertes vientos, desde el 3 de febrero de 2026 hasta el 3 de febrero de 2027. El procedimiento y los beneficios para los productores santacruceños replican el esquema de la Ley N° 26.509, incluyendo la presentación de certificados, inclusión en el listado de afectados y acceso a prórrogas fiscales y asistencia bancaria.

En el caso de Mendoza, la Resolución 765/2026 declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en 16 departamentos perjudicados por heladas y granizo. Para los cultivos afectados por helada, la emergencia abarca del 1 de diciembre de 2025 al 31 de marzo de 2027; para los dañados por granizo, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027. Los productores deberán presentar la certificación provincial para acceder a los alivios fiscales y crediticios que prevé la normativa nacional.
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Así, la medida abarcó a los departamentos de San Carlos, Tunuyán, Tupungato, Junín, Rivadavia, San Martín, Las Heras, Lavalle, Maipú, General Alvear y San Rafael. Entre las localidades incluidas se encuentran Chilecito, Villa San Carlos, El Totoral, Tunuyán, Cordón del Plata, Junín, La Colonia, Andrade, Alto Salvador, Capdevila, Costa de Araujo, Barrancas, Alvear Oeste, San Rafael, entre otras.
Para acceder a los beneficios previstos por la ley, los productores deberán presentar un certificado provincial que acredite los daños sufridos en sus explotaciones. Entre las ayudas se incluyen prórrogas impositivas y líneas de asistencia financiera a través del sistema bancario nacional, provincial o mixto, así como el acompañamiento de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
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