La llamada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, popularmente calificada como “Ley de Extranjerización”, modifica los aspectos centrales de cinco leyes que regulan segmentos determinantes del acceso a la propiedad y la vivienda en áreas urbanas y rurales. El proyecto, impulsado por el libertario Federico Sturzenegger, directamente impone una hegemonía absoluta del capital y reduce los derechos de quienes se verán afectados por esa iniciativa.
Las normas contra las que embiste el proyecto de Sturzenegger son la Ley de Tierras (26737), de Manejo del Fuego (26815), de Expropiaciones (21499), de Desalojos (17454) y de Integración Sociourbana (27453).
Básicamente, la Ley de Tierras limita la compra por parte de ciudadanos extranjeros y la prohíbe cuando encierra cursos o espejos de agua; la de Manejo del Fuego impide el cambio del uso del suelo tras incendios forestales (60 años) y zonas rurales agrícologanaderas (30 años); la de Expropiaciones determina modos y valores para enajenar bienes por necesidad pública; la de Desalojos determina el modo en que una familia puede ser desafectada de una vivienda o un terreno, y la de Integración Sociourbana busca mejorar las condiciones habitacionales en los barrios populares.
En la Ley de Tierras, Sturzenegger decidió que ya no existirá el limite del 15% del total del territorio para la compra por parte de extranjeros, a nivel nacional, provincial y municipal o departamental, y sin trabas determinantes en las Zonas de Seguridad de Fronteras.
Aunque hasta ahora estaba taxativamente prohibido, de prosperar el proyecto también podrán adquirir tierras que encierren lagos y ríos. Lo que hasta ahora enfrentaba limitaciones por razones de soberanía y derecho público de acceso al agua, en adelante será solo de libre disponibilidad y uso para los multimillonarios extranjeros. Ya en 2016, el expresidente Mauricio Macri había relajado por decreto las condiciones para la compra de tierras con lagos y ríos.
Los casos con mayor concentración de propiedad extranjera, que excede ampliamente el límite impuesto por la Ley de Tierras, se encuentran en los humedales mesopotámicos, las costas del Río Paraná (mal llamado Hidrovía), los departamentos mineros de Salta y el Noroeste, y las zonas cordilleranas de los grandes lagos, glaciares y bosques nativos de la Patagonia. Aquí reinan enclaves extranjerizados con virtuales ejércitos privados y control político determinante sobre los municipios circundantes. Son estados dentro del Estado.
El articulado de la Ley de Manejo del Fuego establece desde 2020 condiciones para el uso del suelo tras un incendio. En el caso de los bosques, nativos o exóticos, debían mantenerse sin alterar durante 60 años para evitar la especulación inmobiliaria. Lo mismo para las zonas rurales aunque por un lapso de 30 años luego del incendio. El proyecto de Sturzenegger desaparece todo condicionamiento y limita el uso del suelo solamente al Ordenamiento de Bosques Nativos que determina el grado de protección que debe recibir la flora de acuerdo a la zona. En la Cordillera, los incendios forestales fueron utilizados históricamente como forma de liberar territorio para llevar adelante grandes negociados inmobiliarios.
Enemigo acérrimo del Estado, del que igual se aprovecha desde hace años, Sturzenegger decidió que las expropiaciones en casos de utilidad pública deben llevarse a su mínima expresión a través de barreras legales, burocráticas y económicas. Por ello, su proyecto encarece significativamente el cálculo indemnizatorio y agiganta los trámites burocráticos y requisitos que los futuros gobiernos deberían llevar a cabo antes de iniciar una obra para beneficio de la sociedad, tanto en zonas urbanas como suburbanas y rurales. La Ley de Expropiaciones pasará a convertirse en un interminable y costoso vía crucis estatal.
Los desalojos urbanos y rurales que imagina el libertario Sturzenegger, en el proyecto original, se ejecutan en un plazo mínimo de 72 horas, por sola denuncia y sin siquiera una audiencia con derecho de apelación que permita ejercer un acto de defensa a las familias afectadas. El ejemplo más brutal lo encarna el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, quien los realiza con suma violencia policial y en la mayoría de las ocasiones sin mediar siquiera una orden judicial fundada en hecho verificable.
Aunque mantiene como cáscara vacía la Ley de Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap), el ministro desregulador se propone en este capítulo terminar con la suspensión de los desalojos en los barrios populares y suprimir la potestad estatal para declarar terrenos como de utilidad pública y abrir la posibilidad de expropiar tierras de titularidad dominial privada donde se asientan esos mismos barrios. Como en todos los otros capítulos de la ley de extranjerización, el articulado en este punto avanza contra los derechos adquiridos por los habitantes de los barrios populares registrados o en proceso de registración. Ya en 2024 el Gobierno nacional había eliminado el Fondo que financiaba las obras para la mejoras barriales y pequeñas construciones familiares, llamado Fondo de Integración Sociourbana (Fisu), y ahora avanza para darle el tiro del final a una iniciativa exitosa que mejoro, aunque mínimamente, las condiciones de vida de decenas de miles de personas vulneradas.

























