Un enfermero del Policlínico PAMI II, de la ciudad santafesina de Rosario, fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión por comercializar fentanilo, bromuro de vecuronio y otras sustancias medicinales peligrosas para la salud, que sustraía de su trabajo y vendía como drogas recreativas en redes sociales.
En el caso, que se resolvió en solo un año desde la formalización de la investigación, intervinieron, del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, la fiscal federal Soledad García, de la Oficina de Criminalidad Económica, Trata de Personas y otros delitos, y el fiscal federal coadyuvante Matías Mené, de la Oficina de Narcocriminalidad, y, por parte de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), el fiscal coadyuvante Martín Uriona.
La condena fue dictada en el marco de un acuerdo pleno celebrado entre los representantes del Ministerio Público Fiscal y la defensa del condenado, Luis Emmanuel Benavidez, quien reconoció expresamente los hechos atribuidos, su participación, los elementos de prueba en los que se sustentó la acusación, la calificación legal y la pena propuesta por la fiscalía. El acuerdo fue homologado en una audiencia realizada el pasado 4 de septiembre ante el juez federal de garantías Carlos Vera Barros.
En el marco del acuerdo, Benavidez fue condenado como autor de los delitos de comercio de estupefacientes (por el fentanilo), venta de sustancias medicinales peligrosas para la salud disimulando su carácter nocivo (por el bromuro de vecuronio), hurto y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil (por el hallazgo de una pistola en uno de los domicilios allanados), todos en concurso real. Además de la pena de prisión efectiva, se dispuso su inhabilitación especial por el mismo plazo de cuatro años y seis meses, para ejercer tanto cargos públicos como la profesión de enfermero.
Una denuncia que dio origen a la investigación federal
La investigación había comenzado a partir de la denuncia presentada por el padre de E.G.M., un hombre de 37 años que murió el 9 de agosto de 2023 luego de haber consumido distintas sustancias. El denunciante señaló al enfermero como quien le había suministrado fentanilo y bromuro de vecuronio, ambas, sustancias de exclusivo uso intrahospitalario.
La investigación de la Unidad Fiscal Rosario se inició en julio de 2025, cuando el padre de E.G.M. se presentó ante el Ministerio Público Fiscal de la Nación y aportó información sobre las circunstancias que habían rodeado la muerte de su hijo.
El hombre entregó, entre otros elementos, el teléfono celular de su hijo, capturas de conversaciones mantenidas con el enfermero y un video grabado por la pareja de su hijo, en el que se observaba a él descompuesto y una ampolla de fentanilo que había encontrado en el domicilio.
La muerte había sido investigada previamente por el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe. En el lugar se habían encontrado una jeringa y un envase de bromuro de vecuronio, por lo que se había solicitado al Instituto Médico Legal que determinara en la autopsia la eventual presencia de esa sustancia. Sin embargo, el laboratorio informó que no contaba con técnicas puestas a punto para determinar la presencia de bromuro de vecuronio y valproato de sodio en sangre.
La autopsia concluyó que no podía descartarse una relación de la muerte con causas toxicológicas, aunque estableció como indeterminada la causa del fallecimiento. Con esos elementos, la investigación provincial fue archivada.
La denuncia ante la justicia federal permitió entonces orientar la pesquisa hacia el vínculo entre E.G.M. y el enfermero y, en particular, hacia la presunta comercialización de las sustancias que aparecían mencionadas en sus comunicaciones.
Los chats que comprometieron al enfermero
Entre las evidencias incorporadas al legajo se encontraron conversaciones de WhatsApp entre E.G.M. y Benavidez, cuyo número telefónico estaba registrado en el celular del fallecido.
En uno de los intercambios, el enfermero le informó que había conseguido bromuro de vecuronio. Ante la consulta sobre si era más fuerte que el fentanilo, respondió: “Obvioooooo”.
“Vecuronio. Así se llama. Es dos veces más fuerte”, le dijo el condenado en otro intercambio de mensajes, a lo que la víctima pregunta: “¿Si te pasás con eso te vas con Jesús?”.
Luego, frente al pedido de más fentanilo, el enfermero le indicó que tenía ampollas disponibles y agregó: “el fenta a 100”, en una referencia que la fiscalía interpretó como el precio ($100.000) de la sustancia. También le dijo que debía concretar la operación ese día porque tenía otro comprador.
La evidencia incluyó además un audio de 17 segundos enviado por Benavidez el mismo 9 de agosto de 2023, poco antes del fallecimiento. Allí le daba indicaciones precisas sobre cómo administrar el contenido de las ampollas y le advertía sobre el riesgo de una sobredosis.
“Ey, Colo, escuchá. Preparate la ampolla acordarte del diez, con dos ampollas de esas, y después sacá un centímetro y volvele a cargar con una ampolla porque va a quedar muy concentrada y te vas a pasar para el otro lado, y hacete de a poco, cualquier cosa avísame”, se escucha decir al enfermero.
Después de ese audio, el enfermero volvió a enviar mensajes con emojis de asombro y de gestos requiriendo atención, para obtener una respuesta de su interlocutor, pero este no llegó a contestarlos: fue hallado muerto en su domicilio. “Lamentablemente E. nunca pudo contestar esos mensajes. Lo encontraron en su departamento sin vida con una jeringa y un frasco de vecuronio”, había explicado el fiscal Mené sobre el desenlace fatal, en la audiencia de formalización del caso realizada el año pasado.
El análisis forense realizado sobre el teléfono de la víctima permitió además corroborar que el número utilizado por Benavidez figuraba entre sus contactos y reconstruir comunicaciones entre ambos durante el período investigado.
Incluso, los peritos informáticos descubrieron que la propia víctima había realizado una búsqueda sobre el vecuronio, de donde surgía que es la droga empleada en la denominada inyección letal, aplicada en la pena de muerte en Estados Unidos.
Los medicamentos hallados en los allanamientos
El 30 de septiembre de 2025, Gendarmería Nacional allanó el domicilio que Benavidez utilizaba en Rosario y la vivienda de sus padres en la ciudad entrerriana de Concepción del Uruguay.
En la casa de Rosario fueron secuestradas cuatro ampollas de fentanilo de 5 mililitros —dos de la firma Denver Farma y dos de Kilab—, cuatro cajas de bromuro de vecuronio que contenían 99 frascos, 98 jeringas hipodérmicas con agujas y distintas cajas y blísteres de medicamentos, entre ellos furosemida, metformina y Blokium.
También se secuestraron ampollas de adrenalina y otras sustancias medicinales, además de una bolsa que contenía material vegetal similar a cannabis.
El cotejo de los lotes permitió establecer que el fentanilo y el bromuro de vecuronio hallados en el domicilio del acusado habían ingresado previamente al Policlínico PAMI II. En particular, uno de los lotes de bromuro de vecuronio coincidía con el de la ampolla encontrada en el domicilio.
En la vivienda de los padres de Benavidez, en Concepción del Uruguay, los investigadores encontraron una pistola Bersa calibre .22, junto con un cargador y 51 municiones. El Registro Nacional de Armas (RENAR) informó que el acusado no se encontraba inscripto como legítimo usuario de armas de fuego.
Sustancias desviadas del circuito hospitalario
La investigación permitió establecer que Benavidez trabajaba desde 2014 en el Policlínico PAMI II de Rosario y que desde 2016 se desempeñaba en el área de Central de Materiales y Esterilización, dependiente del sector de Farmacia.
La información aportada por PAMI permitió establecer que entre sus tareas no se encontraba la custodia de fármacos ni estupefacientes. Por ese motivo, la fiscalía consideró que la sustracción de los medicamentos de su lugar de trabajo debía ser encuadrada como hurto y no como malversación de caudales, que había sido la calificación atribuida inicialmente durante la formalización de la investigación.
La trazabilidad de los medicamentos secuestrados permitió vincularlos con partidas que habían ingresado al Policlínico PAMI II. En particular, el fentanilo Denver Farma había sido entregado a la institución en 2021, mientras que el fentanilo Kilab había ingresado en junio de 2023. También se pudo establecer el origen institucional de los frascos de bromuro de vecuronio.
La calificación legal y la pena acordada
En el acuerdo pleno, la fiscalía y la defensa solicitaron una pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, además de la inhabilitación especial por el mismo período para ejercer cargos públicos y la profesión de enfermero.
La acusación consideró acreditado que Benavidez comercializó fentanilo, sustancia que, por su destino ilegítimo y conforme la normativa vigente, queda comprendida como estupefaciente. El fentanilo es un potente opioide sintético utilizado en medicina como analgésico y en ocasiones como sustituto de la morfina.
“Todo fentanilo desviado y comercializado es como vender cualquier otra droga de abuso (cocaína, etc.), porque no se puede asegurar la intangibilidad de la sustancia”, remarcó el MPF en el acuerdo pleno homologado por el juez.
En relación al bromuro de vecuronio —un medicamento de uso hospitalario exclusivo empleado en procedimientos de anestesia general y cuidados intensivos por tratarse de un relajante muscular—, dio por acreditado que lo vendió como droga recreativa, disimulando su carácter nocivo. Según planteó la fiscalía, su desvío de la cadena de distribución y su utilización fuera de un contexto médico implican riesgos graves para la salud, lo que configuró el delito tipificado en el artículo 201 del Código Penal.
La acusación también contempló el hurto de medicamentos y la tenencia ilegítima del arma de fuego hallada en la vivienda de los padres del imputado. Todos los delitos fueron considerados en concurso real y atribuidos a Benavidez en carácter de autor.
Para establecer la pena, la fiscalía valoró como circunstancias agravantes la cantidad y variedad de sustancias halladas, el desvío de medicamentos desde el ámbito laboral y el aprovechamiento de su condición de enfermero, mientras que consideró como atenuante la ausencia de antecedentes penales.
En la audiencia de homologación, Benavidez manifestó su conformidad expresa con el acuerdo. Su defensa solicitó que el enfermero pueda cumplir su condena en una unidad penitenciaria de Entre Ríos, dado que sus familiares son de esa provincia. El magistrado anunció que iba a elevar esa petición como una recomendación para el juez de ejecución que se designe en el caso.