Blog

  • Irán convocó al encargado de negocios de Ucrania por el ataque a un buque mercante en el mar CaspioTeherán denunció la muerte de un marinero y calificó el ataque de “acto de agresión” que viola la Carta de la ONU. Kiev dijo que el navío era utilizado por Rusia para transportar material militar

    Irán convocó al encargado de negocios de Ucrania por el ataque a un buque mercante en el mar CaspioTeherán denunció la muerte de un marinero y calificó el ataque de “acto de agresión” que viola la Carta de la ONU. Kiev dijo que el navío era utilizado por Rusia para transportar material militar

    Irán convocó este domingo al encargado de negocios de Ucrania en Teherán para protestar por el presunto ataque contra un buque mercante iraní en el mar Caspio, un incidente que, según la República Islámica, causó la muerte de un marinero y dejó otro herido.

    El encargado de negocios ucraniano fue citado por Manuchehr Moradi, asistente del ministro de Exteriores y director general para Eurasia, quien le trasladó la “enérgica protesta” de Teherán por lo que calificó de un acto “hostil y criminal”, según informó la agencia Tasnim.

    Durante la reunión, las autoridades iraníes advirtieron además de que la República Islámica defenderá “con firmeza” su seguridad y sus intereses nacionales, y que no dejará “sin respuesta” ningún ataque contra la vida o los bienes de sus ciudadanos.

    PUBLICIDAD

    La versión de Teherán

    Horas antes, el Ministerio de Exteriores iraní había condenado en un comunicado el presunto ataque ucraniano contra el buque mercante, ocurrido en la madrugada del sábado, y afirmó que la explosión provocó la muerte de un marinero y dejó otro herido.

    Teherán sostuvo que la acción constituye una violación del artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas y la calificó como un “acto de agresión” que “puede avivar aún más la guerra y ampliar el conflicto”.

    El ministerio aseguró además que el ataque fue reconocido públicamente por el presidente ucraniano, Volodímir Zelensky, y lo presentó como una muestra de la “continuidad del enfoque irracional y hostil” de Kiev hacia Teherán.

    PUBLICIDAD

    El presidente ucraniano, Volodímir Zelensky afirmó que Ucrania atacó un buque de guerra ruso y embarcaciones vinculadas a Irán en el mar Caspio. (REUTERS/Amber Bracken)

    En su comunicado, la diplomacia iraní insistió en que la República Islámica “nunca ha intervenido” en la guerra entre Rusia y Ucrania e instó al Consejo de Seguridad de la ONU, a los países europeos y al resto de los Estados miembros de Naciones Unidas a condenar la actuación de Kiev y exigir responsabilidades a las autoridades ucranianas.

    Asimismo, advirtió de que Irán ejercerá su derecho a la legítima defensa para proteger sus intereses y responsabilizó al Gobierno ucraniano y a sus aliados de las consecuencias derivadas del incidente.

    “El régimen ucraniano, al atacar un buque mercante iraní, no solo cometió una violación del derecho internacional, sino que también busca peligrosamente ampliar la guerra y la inseguridad”, denunció el Ministerio de Exteriores iraní.

    La versión de Kiev y el trasfondo de la disputa

    Drones tipo Shahed diseñados y fabricados en Polonia, en la planta de producción de Sochaczew. Ucrania acusa a Irán de proveer este tipo de drones a Rusia para su uso en la guerra. (REUTERS/Kuba Stezycki).

    Las acusaciones iraníes se producen después de que Zelensky afirmara el sábado que Ucrania había atacado en el mar Caspio un buque de guerra ruso y embarcaciones utilizadas para transportar carga militar vinculada a Irán, aunque no identificó ningún buque mercante concreto ni confirmó el ataque denunciado por Teherán.

    Ucrania ha acusado reiteradamente a Irán de suministrar drones a Rusia para su uso en la guerra contra Kiev y también ha denunciado el apoyo militar ruso a Teherán desde el inicio de la guerra lanzada por Israel y Estados Unidos contra la República Islámica el pasado 28 de febrero.

    El mar Caspio se ha convertido en un punto sensible de la relación triangular entre Moscú, Teherán y Kiev: por esa vía transitan rutas comerciales y logísticas que Ucrania sostiene que Rusia utiliza, con apoyo iraní, para sostener su esfuerzo bélico. Kiev ha intensificado en los últimos meses sus operaciones contra objetivos vinculados a esa cadena de suministro, mientras Teherán niega cualquier participación directa en el conflicto ruso-ucraniano.

  • El miércoles empieza en Paraná la capacitación para aplicación de fitosanitarios con drones

    El miércoles empieza en Paraná la capacitación para aplicación de fitosanitarios con drones

    Desde el gobierno provincial, resaltaron que la Resolución Nº 1472/25 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, reglamentaria de la Ley Provincial Nº 11.178 de Buenas Prácticas en Materia de Fitosanitarios, establece el deber de contar con licencia aeronáutica de piloto a distancia para poder realizar estas prácticas. 

    A los fines de simplificar la obtención de la licencia, se organizó la capacitación y se dispondrá un Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC) en el kilómetro 72 de la ruta provincial 20 en Gilbert para realizar la instancia práctica de la capacitación.

    La primera etapa del curso se desarrollará a través de la plataforma educativa virtual AgroFormar. Los alumnos contarán con clases teóricas en vivo por Zoom, videos explicativos, bibliografía y cuestionarios de autoevaluación; comenzando el viernes 14 de agosto, mientras que las clases prácticas, presenciales y semanales, comenzarán el sábado 12 de septiembre. 

    Finalizadas las instancias teórica y práctica, los alumnos rendirán el examen ante la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) en el lapso de entre 30 y 60 días, contados desde la finalización de los trámites que cada alumno debe realizar ante dicha autoridad estatal.

  • El gobierno de Alemania dijo que el atropello múltiple en Berlín parece tratarse de “un ataque terrorista”El ministro del Interior, Alexander Dobrindt, indicó que todas las evidencias conducen a esa hipótesis, mientras las autoridades continúan buscando al principal sospechoso quien, según el funcionario, habría utilizado un machete en el momento del ataque

    El gobierno de Alemania dijo que el atropello múltiple en Berlín parece tratarse de “un ataque terrorista”El ministro del Interior, Alexander Dobrindt, indicó que todas las evidencias conducen a esa hipótesis, mientras las autoridades continúan buscando al principal sospechoso quien, según el funcionario, habría utilizado un machete en el momento del ataque

    Un atropello múltiple durante la celebración del Día del Orgullo LGBTI en Berlín fue calificado por el gobierno alemán como “un ataque terrorista” de carácter islamista. El incidente, que ocurrió el sábado por la noche cerca del parque Tiergarten, dejó una persona fallecida y al menos 29 heridos, la mayoría asistentes a uno de los eventos LGBTI más concurridos de Europa.

    La información fue confirmada por el ministro del Interior, Alexander Dobrindt, quien afirmó ante la prensa que todas las evidencias apuntan a un acto de terrorismo motivado por ideología islamista. Asimismo, el funcionario señaló que el agresor habría portado un machete en el momento del ataque.

    PUBLICIDAD

    En tanto, medios locales informan que la policía de Berlín detuvo a un ciudadano iraní como presunto cómplice, mientras el principal sospechoso, Abdul B., continúa prófugo. La descripción proporcionada por las autoridades indica que Abdul B., un joven alemán de 21 años, simpatizante del grupo Estado Islámico (EI), sería quien conducía el vehículo utilizado en el ataque.

    Las fuerzas de seguridad continúan buscando al principal sospechoso del ataque que dejó hasta el momento un muerto (REUTERS/Annegret Hilse)

    Varios medios alemanes, entre ellos Der Spiegel y Bild, han detallado que el sospechoso intentó unirse a ISIS en Siria en 2025 y fue arrestado en Líbano, antes de enfrentar condena en Alemania por preparar un acto de violencia subversiva. Las autoridades consideran que Abdul B. puede estar armado y lo consideran altamente peligroso.

    PUBLICIDAD

    Según la información difundida por RBB y Focus, el ciudadano iraní arrestado acompañaba a Abdul B. en el asiento del copiloto durante el ataque. El presunto cómplice se encuentra bajo detención provisional de la policía. Las investigaciones aún no descartan la participación de más personas en la planificación y ejecución del atentado, ya que algunas víctimas, además de ser atropelladas, presentaban heridas de arma blanca.

    El ataque interrumpió de forma abrupta las celebraciones del Orgullo LGBTI, que congregaban a cientos de miles de personas en el centro de Berlín, cerca de la emblemática Puerta de Brandeburgo. Poco antes de las 22:00 horas, una furgoneta blanca embistió a los asistentes en el extremo sur del parque Tiergarten, antes de chocar contra un árbol. Según el reporte de los bomberos, una persona falleció en el lugar y tres de los heridos permanecen en estado crítico y con riesgo vital.

    El ministro del Interior dijo que el atacante también habría usado un machete (REUTERS/Christian Mang)

    Las fuerzas de seguridad desplegaron un operativo inmediato, rastreando la zona con helicópteros equipados con cámaras térmicas y peinando el área en busca de pistas. El vehículo involucrado, una furgoneta pequeña o SUV, permanecía en el lugar del impacto el domingo, mientras filas de agentes continuaban la búsqueda del principal sospechoso. Las autoridades difundieron la descripción física y una fotografía de Abdul B., solicitando a la ciudadanía cualquier información relevante para dar con su paradero.

    El gobierno de Alemania y las instituciones europeas condenaron enérgicamente el ataque. El alcalde de Berlín, Kai Wegner, calificó lo ocurrido como un acto brutal contra una manifestación por la tolerancia y la paz en la ciudad. Por su parte, el canciller Friedrich Merz aseguró que se hará todo lo posible para llevar ante la justicia a los responsables de lo que describió como un acto abominable. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, subrayó que el Orgullo de Berlín simboliza la libertad, la dignidad y la igualdad de derechos, pilares fundamentales de la Unión Europea, y defendió que todas las personas deben poder vivir, amar y defender sus derechos sin miedo.

    Varias personas dejaron flores en tributo a la víctima fatal que dejó el ataque del sábado por la noche en Berlín (REUTERS/Annegret Hilse)

    La comunidad LGBTI local reaccionó convocando una vigilia frente a la Puerta de Brandeburgo para rendir homenaje a las víctimas. Armin Duenhoelter, artista drag y testigo del ataque, relató a la AFP el impacto emocional que generó la violencia en medio de una celebración destinada a reivindicar derechos y diversidad. Duenhoelter señaló que, aunque la posibilidad de un acto violento siempre existe, la conmoción persiste entre los participantes y organizadores del evento.

    El ataque ha reavivado el debate público en Alemania sobre la seguridad en eventos masivos, la radicalización islamista y la política migratoria. Martin Hess, diputado del partido Alternativa para Alemania (AfD), responsabilizó en un comunicado a las autoridades por el supuesto fracaso en materia de seguridad y advirtió que el islamismo representa la principal amenaza para el país.

    Este episodio recuerda a la opinión pública el atentado de diciembre de 2016 en el mercado navideño de Berlín, donde un ciudadano tunecino perpetró un atropello masivo que causó trece víctimas mortales. Las investigaciones continúan mientras la sociedad alemana exige respuestas y garantías para la protección de sus ciudadanos en actos públicos.

  • Acusan a un hombre de raptar a su hija y a sus nietas para prostituirlas

    Acusan a un hombre de raptar a su hija y a sus nietas para prostituirlas

    Un pedido solidario en Ceibas terminó dando paso a una compleja investigación judicial luego de que surgieran graves denuncias sobre el hombre que integraba una familia asistida por vecinos mientras permanecía en una garita sobre la Ruta Nacional 12. La causa involucra la presunta captación y explotación sexual de una joven de 19 años y de dos niñas, y es investigada con intervención de las autoridades de Entre Ríos y de la provincia de Buenos Aires.

     

    Todo comenzó el viernes, cuando vecinos de Ceibas advirtieron la presencia de una familia que había improvisado un refugio en una garita de colectivos ubicada frente al corralón de la localidad, sobre la Autovía Nacional 12.

     

    Ante las precarias condiciones en las que se encontraban, se inició una cadena solidaria para reunir alimentos, frazadas, calzado y otros elementos básicos con el objetivo de que pudieran pasar la noche.

    La solidaridad despertó las primeras sospechas

     

    La situación fue difundida por Ceibas Noticias, que informó que el grupo familiar viajaba con destino a Rosario y necesitaba ayuda urgente.

     

    Según la publicación, la familia estaba integrada por un hombre, una joven y dos niñas, lo que motivó la inmediata colaboración de numerosos vecinos.

     

    Sin embargo, la difusión de una fotografía en redes sociales cambió por completo el rumbo del caso.

     

    A partir de esa imagen comenzaron a aparecer denuncias y advertencias sobre la identidad del hombre que acompañaba al grupo, identificado como Claudio David Lizarraga, de aproximadamente 50 años.

    Intervino la Policía de Entre Ríos

     

    Durante la noche del viernes, efectivos de la Policía de Entre Ríos se presentaron en el lugar para entrevistar al hombre y a las personas que lo acompañaban.

     

    Fuentes vinculadas al procedimiento indicaron que la joven de 19 años manifestó que permanecía junto a él por voluntad propia.


    Investigan presunto caso de trata en Ceibas (foto Radio Máxima)

    Investigan presunto caso de trata en Ceibas (foto Radio Máxima)


    No obstante, las autoridades resolvieron avanzar con distintas medidas para verificar la información recibida y profundizar la investigación.

     

    La Comisaría de Ceibas inició un intercambio de datos con organismos y autoridades judiciales de la provincia de Buenos Aires, donde se originaron las denuncias.

    Las denuncias que investiga la Justicia

     

    Según publicó Radio Máxima, la investigación apunta a determinar si Lizarraga habría reaparecido recientemente en la vida de su hija, de 19 años, luego de permanecer ausente durante casi dos décadas.

     

    De acuerdo con la información difundida por la periodista Carolina Bisgarra, la joven residía en la localidad bonaerense de San Francisco Solano junto a su pareja y sus dos hijas.

     

    Siempre según esa versión, el hombre se instaló en la vivienda familiar y, tiempo después, abandonó el lugar junto a la joven y las dos niñas.

     

    Las circunstancias en las que se produjo esa salida forman parte de la investigación y aún no fueron esclarecidas por la Justicia.

    La denuncia de otro hijo del sospechoso

     

    Entre los elementos que ahora analizan los investigadores también figura el testimonio de Tomás, otro hijo de Lizarraga.

     

    El joven aseguró haber recibido graves amenazas por parte de su padre y denunció que este le manifestó su intención de llevarse a la joven y a las niñas para explotarlas sexualmente. Tomás denunció que su propio padre lo amenazó con violarlo “y si me denunciás, vas a aparecer en una bolsa de consorcio”, a lo que agregó: “No vas a ver más a tu hermana y a tus sobrinas porque no son tus mujeres, son mis mujeres”. “Me las voy a llevar a La Perla, un prostíbulo en el sur, porque son pendejas y con ellas voy a ganar más plata”, habría dicho Lizarraga a su hijo.

     

    Esas afirmaciones forman parte de la investigación judicial y deberán ser corroboradas mediante las distintas medidas probatorias ordenadas por la Justicia.

     

    Hasta el momento, las autoridades no difundieron información oficial sobre el avance de esas actuaciones.

    Operativo y asistencia a las menores

     

    Durante la madrugada del sábado se desarrolló un importante operativo en Ceibas.

     

    Como parte de las medidas de protección, las dos niñas fueron trasladadas al Hospital Eva Duarte para recibir asistencia médica y las evaluaciones correspondientes.


    Investigan presunto caso de trata en Ceibas (foto R2028)

    Investigan presunto caso de trata en Ceibas (foto R2028)


    Hasta el momento no trascendieron oficialmente los resultados de esos estudios ni el estado de salud de las menores.

     

    También se informó que familiares de la joven podrían arribar a Ceibas para colaborar con las autoridades y participar de las actuaciones judiciales.

    La causa continúa bajo estricta reserva

     

    El expediente permanece en plena etapa investigativa y bajo reserva debido a la gravedad de los hechos denunciados y a la participación de menores de edad.

     

    Las autoridades trabajan para determinar las circunstancias en que la joven y las niñas llegaron a Entre Ríos, verificar los antecedentes del hombre investigado y establecer si existió la comisión de delitos vinculados con la trata o la explotación de personas.

     

    Mientras tanto, los investigadores continúan reuniendo pruebas y tomando declaraciones para reconstruir lo ocurrido antes de la llegada del grupo a Ceibas.

  • La nueva caída del “Pillo” Maidana y la estrategia de los narcos para ganar tiempo en la Justicia entrerriana

    La nueva caída del “Pillo” Maidana y la estrategia de los narcos para ganar tiempo en la Justicia entrerriana

    El viernes al mediodía culminó un juicio por narcomenudeo en los Tribunales de Paraná, donde el fiscal Laureano Dato pidió la pena de ocho años de prisión para Luis Exequiel Maidana, más conocido como “el Pillo”, acusado de ser el narco que se adueñó de la venta de drogas en el barrio Paraná V desde hace varios años. También la Fiscalía solicitó una condena de seis años para quien sería su cómplice, Exequiel Cristian Adrián Jurasek.  Ambos son acusados por comercio agravado de estupefacientes en el marco de una investigación de la Policía Federal del año 2023.

    Maidana se declaró inocente y su defensor, Claudio Berón, pidió la absolución. El defensor oficial de Jurasek, Sebastián Ludi, solicitó una pena condicional o el mínimo de cuatro años por participación secundaria en el delito.

    Cuatro horas después de culminado el juicio oral y pasar a la espera de la sentencia que dictará la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Matilde Federik, efectivos de la Dirección Drogas Peligrosas de la Policía de Entre Ríos allanaron el domicilio de Maidana en el barrio Paraná V, quien estaba junto a Jurasek y otras tres personas. El lugar no funcionaba como la residencia del Pillo, sino como un búnker de venta de drogas con todas las características que se vienen observando en este tipo de lugares: aberturas fortificadas, sistema de vigilancia por cámaras y un método o instrumento para eliminar pruebas en caso de la irrupción policial, en este caso una salamandra encendida.

    Las pruebas que intentaron eliminar en una salamandra.

    Había cocaína fraccionada y celulares, entre otras evidencias que se suman a las pruebas que ya estaban reunidas en el legajo de investigación que lleva adelante el fiscal Santiago Alfieri, de la Unidad Especializada de Narcomenudeo del Ministerio Público Fiscal.

    Maidana y Jurasek quedaron detenidos y recibirán la sentencia en esa condición la semana próxima. También fueron arrestados las otras tres personas que estaban en la casa.

    Ganar tiempo

    La causa por la cual ambos fueron juzgados culminó con un allanamiento en diciembre de 2023, en la cual se señaló que Maidana dirigía el negocio narco desde su vivienda del barrio Paraná V, pero nunca tocaba la droga. Sus soldaditos se desplegaban por turnos en el playón, por la cortada Intendente Brugo. Se sentaban con una bolsa con las bochitas de cocaína y vendían sin parar.

    El fiscal Dato solicitó los allanamientos que fueron autorizados por la Justicia, tanto en la casa de Maidana como en un domicilio de Villa Mabel, a pocas cuadras, donde funcionaba una gomería y sospechaban que fraccionaban la cocaína. Todo cuadró: en una casa del Pillo los policías federales hallaron alrededor de 2 millones de pesos, en la gomería había 1 millón de pesos más y 2.000 dólares, así como dos pistolas calibre 9 milímetros, con una importante cantidad de municiones. También había un cargador modificado; en rigor, dos cargadores soldados para poder disparar 30 balazos sin necesidad de recarga. Además, detuvieron a un hombre que estaba en el playón vendiendo la droga y tenía una bolsa con unas 40 dosis de cocaína.

    Tres personas habían sido imputadas: Maidana, Jurasek y Juan Gabriel Forni, un soldadito que hace un tiempo ya acordó una condena en un juicio abreviado. Los dos primeros siguieron en libertad y, si bien hubo diálogos para un juicio abreviado, finalmente no se llegó a un acuerdo por las penas que proponía cada parte y terminaron en el juicio oral y público que se realizó la semana pasada, dos años y medio después de los allanamientos.

    Esto es algo que se viene observando en numerosas causas por narcomenudeo: idas y vueltas en negociaciones para juicios abreviados, mientras los narcos ganan lo más valioso que pueden tener: tiempo. Saben que la libertad, tarde o temprano la pueden perder, pero cada día que logran continuar con el negocio es ganancia pura y enorme.

    El periodista rosarino Germán De los Santos explicó esta realidad en su disertación en el ciclo de charlas periodísticas de ANÁLISIS el 19 de junio pasado, al presentar su último libro Niños sicarios. Al desarrollar el caso del juez federal que el Gobierno nacional permitió jubilarse, Marcelo Bailaque, acusado por presunta complicidad con el jefe narco Esteban Alvarado, dijo: “Lo que hacía Bailaque era vender tiempo, un valor fundamental para un criminal que así logró enriquecerse y seguir matando”. Bailaque también tuvo en el freezer una causa por drogas de 2022 contra el productor agropecuario Leonardo Airaldi, juzgado por narcotráfico en Paraná. 

    No existen este tipo de sospechas en la Justicia entrerriana. Lo que ocurre es una especie de discusión sobre la pena que debe recibir un condenado por narcomenudeo. En el Ministerio Público Fiscal están bastante molestos con algunos jueces que imponen penas bajas muy cerca del mínimo (cuatro o cinco años de prisión), lo cual deja un escaso margen a los fiscales para negociar juicios abreviados. Si en el juicio van a imponer una pena igual o ligeramente por encima de la que podría acordar en un abreviado, el vendedor de drogas prefiere ir a juicio y, mientras tanto, en algunos casos como podría ser el de Maidana, continuar con el negocio.

    Los jueces deben fundamentar la pena que le imponen a un condenado y calcular el tiempo de encierro según diversos parámetros que, generalmente, son similares para todos los casos: la naturaleza del hecho, el riesgo generado, los antecedentes, la conducta posterior del imputado, sus condiciones personales (edad, situación social, económica y educativa), entre otros. Cada uno también es motivo de discusión según el caso. ¿Cuántos años de encierro hay que darle a un vendedor de drogas? La pena de este delito va de cuatro a quince años de prisión, que se elevan según los agravantes y otros factores. Puede ser una pena inferior de cumplimiento condicional por participación secundaria en el delito, por ejemplo. Aún así, el margen es bastante amplio y deja lugar a esta discusión que crece en los Tribunales. En las causas de drogas, a diferencia de un robo o un homicidio, se suelen encontrar puntos de vista muy distantes entre fiscales y jueces, jueces y camaristas, incluso entre fiscales de diferentes instancias, al momento de analizar la conducta de una persona en un lapso tiempo determinado.

    Aquella situación conduce, sostienen en Fiscalía, a una acumulación de causas en la cola para ir a juicio, una saturación del sistema y más tiempo para los narcos. Lo que equivale a decir más dinero para ellos y más problemas en la salud pública y en los territorios que dominan. Dos años y medio pasaron entre el allanamiento al Pillo y el juicio. Hay más casos que se están dilatando de esta manera. No es un problema ni una trampa de los acusados ni de sus abogados defensores: cada cual con su estrategia. Una diferencia de criterios jurídicos la pagan caro quienes les pagan el sueldo a los funcionarios judiciales. Pero como es un problema del “sistema”, ya se sabe, nadie es responsable.

    La “fortaleza”

    La nueva investigación contra el Pillo Maidana se había iniciado antes del juicio y culminó la tarde del día de los alegatos. Los policías de Drogas Peligrosas estuvieron desde las 16 hasta las 23 en la vivienda transformada en búnker del barrio Paraná V, entre calles Intendente Manuel Brugo y Pacto Unión Nacional. El allanamiento fue dispuesto por el juez de Garantías Jorge Gabriel Sueldo, a requerimiento del fiscal Alfieri.

    Se informó que el Cuerpo de Operaciones Especiales (COE) debió sortear importantes dificultades debido a la estructura de seguridad con la que contaba el lugar, que describieron como “una verdadera fortaleza”, con doble o triple estructura de hierro en las aberturas.

    En el interior había instalada una salamandra, utilizada para incinerar rápidamente las pruebas en caso de un allanamiento: en su interior se encontraron, parcialmente quemados, celulares, balanzas, bandas elásticas, precintos y la llave de una moto. Se secuestraron envoltorios con cocaína, la salamandra, dos puertas y una ventana de hierro y cuatro cámaras de seguridad.

    En 2023, ANÁLISIS había publicado un informe sobre narcos de Paraná, donde se señalaba el caso de este hombre que fue nuevamente detenido. Se describía: “El Pillo Maidana casi no ocultaba quién era. Se apoderó del negocio de la droga en un barrio donde cada época tuvo su nombre propio en este negocio. Y lo hizo a fuerza de balazos, como cuando atacó a tiros a Ramiro ‘Pañal’ Colman, el joven acusado por el triple crimen de narcos ocurrido en 2020 en Paraná. Desde hace unos años era muy notorio que andaba con el bolsillo lleno: lo veían en autos de alta gama, como un Audi, y en motos. En las últimas semanas se manejaba en un auto Honda Civic y una camioneta Toyota Hilux”.

  • Conductora destrozó su auto al chocarlo contra una columna de alumbrado

    Conductora destrozó su auto al chocarlo contra una columna de alumbrado

    La conductora de un automóvil Fiat Siena, por motivos que tratarán de establecerse en forma fehaciente, perdió el control del rodado y chocó contra una columna de alumbrado público; el accidente ocurrió en horas de la mañana de este domingo en Paraná, sobre calle Etchevehere.

     

    Fuentes policiales confirmaron que no se registraron personas lesionadas tras el impacto. Como consecuencia del accidente, el vehículo fue removido de la calzada para restablecer la circulación y liberar el tránsito en la zona.

     

    De acuerdo al parte policial, una mala maniobra por parte de la mujer habría sido la causa del siniestro.

     

    En tanto, en el lugar del accidente se hizo presente personal de Alumbrado Público de la Municipalidad de Paraná. Los operarios realizaron el control del cableado afectado y procedieron a cortar el suministro eléctrico, para luego continuar con las tareas pertinentes para el reemplazo de la columna dañada.


    Accidente en Paraná (foto Policía de Entre Ríos)

    Accidente en Paraná (foto Policía de Entre Ríos)


  • El régimen de Irán aseguró que mantiene conversaciones con Omán para gestionar el estrecho de OrmuzEl portavoz Esmail Baghaei indicó que los viceministros de Exteriores sostuvieron varias rondas en Teherán el viernes y el sábado, definieron principios y mecanismos para un tránsito seguro, y mantendrán consultas técnicas

    El régimen de Irán aseguró que mantiene conversaciones con Omán para gestionar el estrecho de OrmuzEl portavoz Esmail Baghaei indicó que los viceministros de Exteriores sostuvieron varias rondas en Teherán el viernes y el sábado, definieron principios y mecanismos para un tránsito seguro, y mantendrán consultas técnicas

    El régimen de Irán informó este domingo sobre avances en las conversaciones con Omán para la gestión del estrecho de Ormuz, en un contexto de creciente tensión con Estados Unidos tras la ruptura de la tregua y mientras el Parlamento iraní analiza una ley destinada a reforzar el control nacional sobre este estratégico paso marítimo.

    El portavoz del Ministerio de Exteriores iraní, Esmail Baghaei, detalló que viceministros de Exteriores de ambos países celebraron varias rondas de conversaciones el viernes y el sábado en Teherán. Según Baghaei, las delegaciones abordaron “los principios comunes y los mecanismos operativos para gestionar el tránsito seguro de la navegación en el estrecho de Ormuz, respetando los derechos soberanos de los dos Estados ribereños”. El vocero calificó las reuniones como “útiles” y confirmó que “se lograron avances”, aunque las consultas técnicas y políticas continuarán entre ambos gobiernos.

    PUBLICIDAD

    Baghaei aseguró que, hasta el momento, no se han producido cambios en la situación del tránsito marítimo por el estrecho. Irán y Omán comparten el control de estas aguas, por donde transitaba hasta una quinta parte del petróleo comercializado por vía marítima en el mundo antes del inicio de la guerra entre Irán y Estados Unidos, el 28 de febrero.

    El portavoz del Ministerio de Exteriores iraní, Esmail Baghaei.

    Las negociaciones entre Irán y Omán tienen lugar mientras ambos países intentan establecer mecanismos para regular la navegación tras las recientes restricciones impuestas por la Guardia Revolucionaria iraní al tráfico marítimo en la zona. A finales de junio, Omán, con apoyo de Estados Unidos, instauró un corredor marítimo temporal exento de tasas para facilitar el tránsito por el estrecho. La reacción iraní se tradujo en ataques a embarcaciones que utilizaban esa ruta, lo que motivó a Washington a intensificar los bombardeos sobre territorio iraní.

    PUBLICIDAD

    El 5 de julio, Teherán declaró nuevamente cerrado el estrecho de Ormuz y Estados Unidos restableció el bloqueo naval sobre puertos y buques iraníes en la zona. Esta medida había sido suspendida tras el memorando de entendimiento alcanzado por ambas partes a mediados de junio. Actualmente, el Parlamento iraní estudia una legislación para reforzar el control nacional sobre el paso, en medio de la escalada militar y diplomática.

    En el contexto de la reanudación de la guerra entre Estados Unidos e Irán, el tránsito marítimo por el estrecho de Ormuz ha vuelto a quedar expuesto a restricciones y ataques. El cierre decretado por Teherán y el bloqueo naval estadounidense han afectado el flujo de crudo, generando preocupación internacional por la seguridad energética global. Antes del conflicto, por este corredor marítimo circulaba aproximadamente el 20 % del petróleo mundial.

    Imagen VQKWGIZNZ5EOVAE5WEEOL2NNSA

    De acuerdo con información publicada por Axios, Estados Unidos y el Reino Unido planean celebrar una reunión la próxima semana en Londres para discutir la formación de una posible coalición internacional destinada a asegurar el libre tránsito marítimo en el estrecho de Ormuz. Según fuentes anónimas citadas por el medio, el encuentro congregará a ministros de Defensa y comandantes militares occidentales, entre ellos el secretario de Defensa estadounidense, Pete Hegseth, y el jefe del Estado Mayor Conjunto, Dan Caine.

    Washington aspira a que sus aliados colaboren enviando recursos a la región, como buques cazaminas, barcos navales y drones, para garantizar la seguridad de la navegación. Fuentes diplomáticas señaladas por Axios indicaron que la Casa Blanca busca apoyo internacional ante la escalada del conflicto y la creciente amenaza sobre el transporte de hidrocarburos.

    El anuncio de la reunión internacional coincide con el aumento de los precios energéticos, ya que el barril de petróleo se situó en 100 dólares, el nivel más alto desde mayo. Este repunte se vincula directamente a la reintensificación de la guerra y a las recientes acciones de los rebeldes hutíes de Yemen, aliados de Irán, que bloquearon el mar Rojo a los buques saudíes.

  • Violento asalto a un jubilado: le robaron $3,5 millones, lo ataron y le quebraron un brazo

    Violento asalto a un jubilado: le robaron $3,5 millones, lo ataron y le quebraron un brazo

    Un violento asalto en Monte Caseros dejó gravemente herido a un hombre de 82 años, que fue atacado por delincuentes dentro de su vivienda, donde le robaron $3.500.000 tras golpearlo, fracturarle un brazo y maniatarlo con un cable. El hecho generó conmoción entre los vecinos, que reclamaron mayor presencia policial y el rápido esclarecimiento del caso.

     

    La víctima fue identificada como Don Tino Alegre, de 82 años, quien vive en una casa ubicada sobre calle Caá Guazú 1026, a una cuadra del cementerio Nuestra Señora de la Misericordia.

     

    Según publicó Corrientes Hoy, el ataque ocurrió el miércoles, cuando al menos dos delincuentes irrumpieron en la vivienda y sometieron al adulto mayor con extrema violencia.

     

    Revolvieron toda la vivienda en busca del dinero

     

    De acuerdo con el relato de allegados a la víctima, los asaltantes recorrieron cada ambiente de la casa en busca de dinero y objetos de valor.

     

    Durante el robo abrieron placares, arrojaron ropa al piso, rompieron muebles y causaron importantes destrozos en distintas dependencias, incluido el baño.

     

    Las imágenes difundidas tras el hecho muestran el interior de la vivienda completamente desordenado, con pertenencias esparcidas por todos los ambientes y signos del violento accionar de los delincuentes.

     

    Finalmente, lograron escapar con $3.500.000 en efectivo.



    Le fracturaron un brazo y lo dejaron atado

     

    Lo más grave del episodio fue la violencia ejercida contra el propietario de la vivienda.

     

    Los delincuentes golpearon a Don Tino Alegre hasta provocarle la fractura de un brazo y luego lo inmovilizaron atándole las muñecas y los tobillos con un cable.

     

    La víctima quedó completamente indefensa dentro de su propia casa hasta que pudo ser auxiliada.

     

    El estado de salud del hombre causó una profunda preocupación entre familiares, amigos y vecinos de Monte Caseros.

     

    Conmoción y reclamo de mayor seguridad

     

    El brutal ataque generó indignación entre los habitantes del barrio ubicado en las inmediaciones del cementerio local.

     

    Vecinos expresaron su preocupación por el nivel de violencia del hecho y reclamaron una mayor presencia policial para prevenir nuevos episodios de inseguridad.

     

    También exigieron que la investigación avance rápidamente para identificar y detener a los responsables del asalto.

     

    La investigación continúa

     

    La causa quedó en manos de las autoridades policiales y judiciales de Corrientes, que trabajan para reconstruir cómo ocurrió el robo y establecer la identidad de los autores.

     

    Hasta el momento no se informaron personas detenidas ni se dieron a conocer detalles sobre posibles pistas surgidas durante la investigación.

     

    Los investigadores analizan distintos elementos reunidos en la escena del hecho y continúan con las tareas para esclarecer uno de los robos más violentos registrados en los últimos días en Monte Caseros.

  • La ley de Inocencia Fiscal II es inconstitucional porque limita de manera arbitraria la obligación del Estado de recaudar y controlar el lavado de activos

    La ley de Inocencia Fiscal II es inconstitucional porque limita de manera arbitraria la obligación del Estado de recaudar y controlar el lavado de activos

    Volviendo al principio, todos los gobiernos tuvieron su blanqueo. Incluso este. Pero este proyecto de ley es un nuevo parche a un muy mal proyecto que no dio ningún resultado. Si el gobierno quiere discutir un programa de regularización de activos debería decirlo y llevar al Congreso un proyecto de ley técnicamente sostenible y no seguir sosteniendo este engendro jurídico que solo debilita al Estado argentino.

    Inconsistencias de la ley de Inocencia Fiscal II

    Algunas de las inconsistencias legales del proyecto de ley IF2:

    • Primera limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: seguir acotando como medir las “diferencias significativas” para que el Fisco pueda reclamar impuestos.

    A través del artículo 30 de la ley 27.799 se sustituyó el artículo 56 de la ley 11.683, a los fines de acortar el plazo que tiene el Fisco para determinar y exigir el pago de impuestos.

    Ese plazo de prescripción, que en general es de cinco (5) años, se acortó a tres (3) cuando el contribuyente que adhiera al régimen y siempre que el fisco no impugne la declaración jurada presentada por detectar una “discrepancia significativa”.

    Luego, el proyecto incorporó una definición de “discrepancia significativa” la cual se daría cuando se verifique distintas situaciones:

    • (i) Si de la impugnación realizada por ARCA surge una diferencia de impuesto, reducción de quebrantos o de saldos a favor por un porcentaje no inferior al quince por ciento (15 %) respecto de lo que hubiera declarado el contribuyente.
    • (ii) Si la diferencia entre el impuesto declarado y el impuesto que resulte como consecuencia de la impugnación realizada por ARCA se supera el piso de evasión simple del RPT ($100.000.000).
    • (iii) Si se detecta la utilización de facturas y otros documentos apócrifos.

    Ahora bien, el proyecto IF2 avanza más aun sobre las limitantes del Fisco ya que en la propuesta la “diferencia significativa” debe analizarse únicamente respecto al ajuste practicado por el Fisco en relación al monto del impuesto determinado por el contribuyente, sin considerarse otras causales que preveía el texto original, como ser el impuesto abonado.

    Guillermo Michel, en el momento de jurar como diputado nacional.

    Guillermo Michel, en el momento de jurar como diputado nacional.

    Además, el proyecto de IF2 sigue incluyendo dentro de la prescripción acotada de tres (3) años situaciones que también deberían mantener en el plazo de cinco (5) años para que el fisco pueda ejercer sus facultades plenas, como ser:

    • El contribuyente que califique como “grandes contribuyentes nacionales” a criterio de ARCA.
    • El contribuyente haya obtenido un beneficio por haber adherido a regímenes o sistemas voluntarios y excepcionales de sinceramiento fiscal.
    • Se utilicen, de manera abusiva, Convenios Internacionales para evitar la Doble Imposición con el objetivo de eludir, evitar, ocultar o dificultar el pago de los tributos al fisco nacional.

    Resulta lógico que, en estos casos, donde intervienen contribuyentes con capacidad de planificación fiscal y donde el ajuste requiere obtener información del exterior, el fisco argentino requiere de los cinco (5) para fiscalizar.

    • Segunda limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: Declaración Jurada Simplificada con “presunción” de legalidad para todos los contribuyentes, incluso los grandes nacionales y los no residentes y para un ejercicio fiscal ya cerrado.

    El artículo 38 de la ley 27.799 (IF1) incorporó una DJ simplificada para personas humanas residentes que en los últimos tres (3) años -al momento de ejercer la opción- cumplan con las tres siguientes condiciones:

    • Ingresos totales, gravados, exentos y/o no gravados por el impuesto a las ganancias, de hasta pesos mil millones ($1.000.000.000),
    • Patrimonio total de hasta pesos diez mil millones ($10.000.000.000), y
    • No califiquen como “grandes contribuyentes nacionales” a criterio de ARCA.

    ¿Qué beneficios otorga de manera adicional este régimen simplificado?

    • Efecto liberatorio del pago. Una vez que el contribuyente opto por la DJ simplificada, acepte el contenido de la misma que propone ARCA y pague en termino el contribuyente gozará del efecto liberatorio del pago con relación a ese tributo y período fiscal.
    • Presunción de exactitud. Se presumirá, sin admitir prueba en contrario, la exactitud de las declaraciones juradas presentadas correspondientes a los períodos no prescriptos.

    Entonces, si el contribuyente que opto por el régimen de DJ simplificada presentó de manera correcta su declaración y pago y el fisco no detecta una “discrepancia significativa” el contribuyente goza de un “bloqueo fiscal” para atrás.

    Ahora bien, el proyecto IF2 avanza más aun sobre limitar al Estado en su rol de recaudador de impuestos.

    Primero, mediante el artículo 2° del proyecto IF2, se libera totalmente la posibilidad de ingresar a la DJ simplificada, eliminándose todos los limitantes relativos a los ingresos, el patrimonio y el carácter de no calificar como “Grandes Contribuyentes”. Además, se elimina la posibilidad de que el Estado establezca requisitos adicionales.

    Si bien a través del cuarto párrafo que se propone incorporar al artículo 38 de IF1que, si se trata de “Grandes Contribuyentes Nacionales”, éstos podrán adherir al régimen de declaración jurada sin poder gozar de los beneficios del efecto liberatorio del pago y presunción de exactitud si seguirá gozando de la prescripción acotada.

    Caputo y Milei diseñaron un nuevo blanqueo.

    Caputo y Milei diseñaron un nuevo blanqueo.

    Pero además la situación ilegal y arbitraria es otra: el contribuyente que puede acceder a los beneficios no es el que cumple con los requisitos de la ley o de un Decreto, todo depende del burócrata de turno que diga quien es gran contribuyente nacional y quién no.

    Luego, mediante el segundo párrafo del artículo señalado se incluye una norma redundante que es obvia: “Los contribuyentes que decidan ejercer la opción de adhesión -o, en su caso, de permanencia- a la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias, deberán revestir la condición de residentes fiscales durante la totalidad del período fiscal por el cual se presente la declaración jurada bajo dicha modalidad”.

    Es difícil entender para que la inclusión de este párrafo. Es más que obvio que para acceder a este beneficio es necesario ser residente fiscal. Pero claro, el párrafo está incluido de manera asertiva para dar un beneficio adicional más.

    El artículo 9º del IF2 da el beneficio por la exclusión: “El requisito establecido en el segundo párrafo del artículo 38 de la Ley N° 27.799, incorporado por el artículo 2° de esta ley, no resultará de aplicación para aquellos sujetos que hayan ejerzan la opción de adhesión a la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2025”.

    En definitiva, el único requisito para acceder al beneficio de DJ simplificada -que es ser residente fiscal en Argentina- tiene una excepción: los que ejerzan la opción al beneficio en 2025.

    En otras palabras, sin ser residente fiscal durante todo el 2025 el Estado Argentino le da la posibilidad a un sujeto del exterior de adherir al régimen en 2025 con todos los beneficios del régimen.

    Asimismo, y siguiendo lo que ya se había definido en el Decreto N° 353/26 y Decreto N° 93/2026, se establece en el quinto párrafo del artículo que: “la opción de adhesión a la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias podrá ejercerse para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive”.

    Nuevamente, buscar aplicar un beneficio fiscal, en desmedro de la obligación del fisco de recaudar, sobre un periodo fiscal ya cerrado (31 de diciembre de 2025) viola el principio de irretroactividad ya que esta no es una ley penal más benigna, es una simple ley procedimental administrativa.

    • Tercera limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: posibilidad de rectificar (pagar o evadir ya es lo mismo) y blindaje total hasta el 2025.

    Los artículos 3° y 4° del proyecto IF2 modifican el artículo 40 de la ley 27.799 (IF1) volviendo a flexibilizar la definición de “discrepancia significativa” para determinar si el período base mantiene o no el efecto liberatorio del pago en los siguientes puntos:

    • La diferencia debe analizarse con relación al ajuste practicado por el Fisco respecto del monto del impuesto determinado por el contribuyente, sin poder considerarse, además, la diferencia del impuesto abonado.
    • Se pone un nuevo piso a la “discrepancia significativa”: la medición del 15% se activa en tanto y en cuanto el monto que surja del ajuste supere el umbral mínimo equivalente al 5% del importe previsto en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario ($ 5 millones). En otras palabras, si no se supera ese nuevo piso del 5% del importe de evasión simple, no hay discrepancia a pesar de que el impuesto determinado por ARCA sea el doble que el que termino el contribuyente.
    • Para el caso de IVA, los períodos no prescriptos son aquellos comprendidos hasta el mes de diciembre, inclusive, del período fiscal del impuesto a las ganancias por el cual se ejerció la opción. Un ejemplo: Si el período base del impuesto a las ganancias es 2026, se entiende como períodos no prescriptos del IVA diciembre de 2026, inclusive.

    También, se incorpora un nuevo beneficio para mantenerse en el régimen: si el Fisco investiga y detecta la evasión el contribuyente rectifica y apaga y puede seguir manteniendo beneficios.

    Si bien el Poder Ejecutivo, en un exceso ilegal de reglamentación a través del Decreto Nº 93/2026)[i], había previsto supuestos de rectificación manteniendo los beneficios el penúltimo párrafo que se propone incorporar al artículo 40 de IF1 va mucho más allá, estableciendo que, cualquiera sea el supuesto de discrepancia significativa: “… no se considerará la diferencia que se produzca entre la declaración jurada simplificada original y la rectificativa, en la medida en que esta última sea presentada por el contribuyente en un plazo no mayor a los QUINCE (15) días hábiles de notificada la liquidación administrativa del artículo 14 o la resolución de determinación de oficio a que hace referencia el artículo 17, ambos de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y los saldos de impuesto impugnada por esa circunstancia y no ingresen la diferencia de impuesto que pudiera corresponder, con más sus intereses”.

    El Congreso de la Nación tratará la ley de Inocencia Fiscal II en el segundo semestre.

    El Congreso de la Nación tratará la ley de Inocencia Fiscal II en el segundo semestre.

    Mariano Fuchila

    Con esta nueva norma cumplir con el Fisco y pagar en tiempo y forma o evadir es lo mismo. A partir de ahora, si ARCA detecta una evasión el contribuyente paga el capital y los intereses (ni siquiera las multas) y sigue gozando de todos los beneficios. No queda “zanahoria” alguna para cumplir en tiempo y forma con el Estado.

    Por último, y con un artilugio legal muy sofisticado, blindan de manera definitiva cualquier ajuste que el Fisco quiera hacer sobre un contribuyente que adhiera al régimen hasta el período 2025.

    En efecto, el nuevo último párrafo que se incorpora al artículo 40 de la ley 27.799 prevé que “Las disposiciones de este artículo resultarán de aplicación para cada uno de los períodos para los cuales se hubiera presentado la declaración jurada bajo la modalidad simplificada del Impuesto a las Ganancias”.

    De esta manera, si un contribuyente ejerció la opción en el régimen para el período 2025, el 2025 es período base amparado por el efecto liberatorio del pago, en tanto que los períodos hasta 2024 son aquellos no prescriptos con el beneficio de presunción de exactitud.

    En otras palabras, si al contribuyente que adhirió al régimen en 2025, 2026 y 2027 luego le ajustan y le hacen caer el 2027 por alguna diferencia el Fisco podrán revisarle el 2026 pero nunca podrá ir más allá del 2025 porque fue el primer periodo base. Pero como el 2025 siempre será el primer periodo base disponible sólo podrá ajustarse en caso de que se configure respecto de él una discrepancia significativa en los términos y condiciones que señala la ley 27.799.

    Un artilugio a medida para blindar el patrimonio de contribuyentes y que arranque de cero a partir del 2025.

    El detalle de la ley de Inocencia Fiscal II

    • Cuarta limitación a la capacidad de fiscalización del Fisco: le sacan una herramienta esencial para controlar, cruzar los depósitos bancarios con las ventas.

    El texto proyectado por el artículo 6° de IF2 establece que a los efectos de evaluar si existe o no la “discrepancia significativa” no serán aplicables las disposiciones del inciso g) del artículo 18 de la ley 11.683, esto es analizar y cotejar los depósitos bancarios de los contribuyentes, una herramienta esencial de cualquier inspección.

    • Quinta limitación: sigue permitiendo que funcionarios públicos accedan al régimen.

    Si bien como señale el proyecto de ley no es un blanqueo en términos estrictos, si limita la facultad de fiscalización y otorga una presunción de legalidad fiscal para atrás.

    Independientemente de lo señalado, esta ley solo impacta en términos tributarios y de lavado (como se analizará en el punto siguiente), y no tiene impacto en términos penales. Es decir, los tipos penales del Código Penal (enriquecimiento ilícito) se seguirán aplicando independientemente de esta ley y en nada exime este régimen de los delitos aplicables a los funcionarios previstos en el Código.

    Sin embargo, un funcionario público no puede verse beneficiado de que el Estado (su empleador y a quien sirve) no pueda controlarlo, fiscalizarlo o exigirle el pago de impuestos por el simple hecho de adherir a un régimen específico.

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho, desde el fallo “Unanué c/ Municipalidad de la Capital” de 1923, que la “igualdad es entre iguales”. No hay igualdad de obligaciones y deberes entre un ciudadano común y un funcionario.

    • Sexta limitación: deja de regular exclusivamente la relación entre el contribuyente y la administración tributaria y pasa a incidir directamente sobre la valoración del riesgo que deben realizar los sujetos obligados de la ley de lavado.

    El proyecto IF2 excede el terreo de la discusión sobre la conveniencia fiscal o económica de las medidas. En efecto, IF2 va más allá de la política tributaria y atribuye consecuencias expresas dentro del sistema ALA/CFT/CFP a la adhesión al régimen, en tres puntos particulares:

    • Que la adhesión a un régimen tributario deba ser considerada obligatoriamente como un “antecedente favorable” por los sujetos obligados (artículo 5 del proyecto, nuevo artículo 40 bis, cuarto párrafo);
    • Que la canalización por el sistema formal se considere satisfecha por la intervención financiera únicamente en el origen o en el destino (artículo 5 del proyecto, nuevo artículo 40 bis, primer párrafo), y;
    • Que se establezca una excepción específica respecto de pagos en efectivo vinculados con operaciones inmobiliarias sin prever simultáneamente salvaguardas reforzadas sobre origen de fondos y origen patrimonial (artículo 5 del proyecto, nuevo artículo 40 bis, segundo y tercer párrafos).

    En particular, IF2 deja de regular exclusivamente la relación entre el contribuyente y la administración tributaria y pasa a incidir directamente sobre la valoración del riesgo que deben realizar bancos, entidades financieras, escribanos, inmobiliarias, agentes del mercado de capitales y los restantes sujetos obligados alcanzados por la Ley 25.246.

    El momento institucional en el que se propone esta modificación tampoco es indiferente. Argentina acaba de atravesar la Cuarta Ronda de Evaluación Mutua del GAFI/GAFILAT, un proceso que durante 2024 ocupó un lugar central dentro de la política nacional de prevención y lucha contra el lavado de activos.

    La propia UIF señaló en su Informe de Gestión 2024 que la Evaluación Mutua constituyó un objetivo prioritario y transversal, que durante ese período se actualizaron los marcos regulatorios de los distintos sectores conforme al Enfoque Basado en Riesgo y que las amenazas y vulnerabilidades identificadas en la Evaluación Nacional de Riesgos debían orientar la respuesta del sistema.

    El organismo destacó, además, que durante 2024 se dictaron diecinueve nuevas resoluciones destinadas a que los sujetos obligados identificaran, evaluaran, monitorearan, administraran y mitigaran eficazmente sus riesgos de LA/FT/FP.

    Esta evolución es particularmente relevante porque muestra que el sistema argentino venía transitando desde una concepción apoyada excesivamente en controles formales hacia un modelo en el cual lo determinante es comprender la realidad económica del cliente y de sus operaciones.

    El proyecto, sin embargo, corre el riesgo de introducir una lógica inversa al asignar por ley una valoración preventiva positiva a un hecho puramente formal: la adhesión a un régimen tributario.

    La regularidad tributaria de un activo no equivale a su licitud patrimonial. Que una persona declare dinero, regularice una inconsistencia fiscal o incorpore fondos al circuito financiero no permite concluir cómo fue generado ese patrimonio. Puede tratarse de renta lícita que no había sido declarada, pero también puede tratarse del producto de evasión tributaria, corrupción, narcotráfico, contrabando, fraude, administración fraudulenta, trata de personas u otros delitos.

    Esta distinción resulta esencial, porque la política tributaria puede resolver cómo tratar la relación del contribuyente con el fisco, pero no puede, por esa sola razón, producir una conclusión acerca de la procedencia lícita del patrimonio.

  • El techo de cristal: la cantidad de mujeres en puestos jerárquicos de la Administración Pública Nacional cayó de 39% al 22% en cuatro años

    El techo de cristal: la cantidad de mujeres en puestos jerárquicos de la Administración Pública Nacional cayó de 39% al 22% en cuatro años

    Reunión de Gabinete de Milei este año

    El 78% de los cargos en ministerios, secretarías y subsecretarías están ocupados por varones y solo el 22% por mujeres, lo que implica que 8 de cada 10 puestos de alto rango en la Administración Pública Central (APN) están ocupados por hombres. Solo 2 ministerios y el 15% de las secretarías políticas de la estructura estatal centralizada tienen a mujeres en puestos jerárquicos en la actual gestión de Javier Milei.

    Así surge de un relevamiento realizado por Infobae de la información publicada en el Mapa del Estado que abarca 194 cargos públicos jerárquicos de Jefatura de Gabinete, 9 ministerios, 50 secretarías y 134 subsecretarías, todos organismos que dependen directamente de la Presidencia de la Nación. No se contabilizan los cargos de presidente ni de vicepresidente.

    PUBLICIDAD

    De los 177 puestos cubiertos en abril pasado, 138 corresponden a hombres y solo 39 a mujeres. Todas son designaciones políticas, o sea no son ocupados por empleados de carrera. Otros 17 puestos permanecían vacantes.

    Los datos analizados por este medio muestran que la brecha entre hombres y mujeres en la estructura estatal centralizada ha empeorado en los últimos cuatro años.

    PUBLICIDAD

    En octubre de 2022, el 61% de 291 cargos estaba ocupado por hombres y el 39% por mujeres. Al año siguiente, la situación se mantuvo relativamente estable, con 295 cargos, de los cuales el 63% eran ocupados por varones y el 37% por mujeres, según la comparación de las distintas plantas realizada por Infobae.

    chart visualization

    El “techo de cristal”

    La participación femenina en los puestos de mayor rango de la APN es minoritaria en la totalidad de las jurisdicciones, de acuerdo a la Base Integrada de Mapa del Estado con datos actualizados al 30 de abril pasado.

    Las mujeres encabezan solo 2 de los 10 ministerios (contabilizando la Jefatura de Gabinete): Sandra Pettovello en Capital Humano y Alejandra Monteoliva en Seguridad. El 80% de los restantes están ocupados por hombres.

    La menor proporción de mujeres en cargos de mayor responsabilidad en contraste con el dominio de los hombres en puestos con capacidad real de decisión es conocida como el “techo de cristal”. Se refiere a la barrera invisible que frena el ascenso de las mujeres a puestos altos de decisión, a pesar de que puede haber paridad en los cargos bajos. Revela que las mujeres enfrentan mayores obstáculos para acceder a los niveles más altos de la administración y por ende, alcanzar mejores sueldos.

    “Sabemos por el Global Gender Gap Report del Foro Económico Mundial que de las cuatro dimensiones que mide el índice de paridad, la política es la más rezagada y difícil de cerrar: a nivel global, apenas se cerró un 22,5% de esa brecha en 2024. Por eso son cruciales las acciones estatales efectivas para acelerar la ruptura del techo de cristal”, le dijo Ana Castellani, investigadora del CONICET y profesora de la Universidad de Buenos Aires, a Infobae.

    Portada del Mapa del Estado. Solo dos mujeres están al frente de ministerios

    La gestión de Milei reestructuró el Gabinete, redujo la cantidad de organismos y una de sus primeras decisiones fue disolver el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidades, creado durante el gobierno de Alberto Fernández. Primero, el área perdió jerarquía y pasó a depender de la cartera de Justicia y, finalmente, su cierre definitivo se concretó en junio de 2024.

    Disolución Ministerio de la Mujer junio 2024

    En octubre de 2022, los ministerios eran 19 y las mujeres encabezaban 4 carteras (21%): Desarrollo Social (Victoria Tolosa Paz), Trabajo (Raquel Olmos), Salud (Carla Vizzotti) y el Ministerio de las Mujeres, cuya primera titular fue Elizabeth Gómez Alcorta, reemplazada en octubre de ese año por Ayelén Mazzina. La participación femenina se mantuvo en valores similares al año siguiente, último del Frente de Todos.

    “Los incrementos de participación durante el gobierno anterior se dieron en el marco de una instrucción presidencial que exigía paridad en los cargos directivos de la Administración Pública”, señaló Castellani, autora del paper “Desigualdad de género en la Administración Pública. Análisis del caso argentino entre 2009 y 2023″, publicado en la revista del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD).

    “La gestión de Milei desconoce por completo el problema de las brechas de género en cualquiera de sus dimensiones y por eso desmanteló ese entramado normativo generando un retroceso en la participación femenina en cargos de dirección pública”, agregó esta investigadora que estuvo al frente de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Nación en la administración anterior.

    El análisis por ministerios

    Actualmente, el caso más extremo de nula participación femenina en la gestión actual es el Ministerio de Defensa, encabezado por el teniente general Carlos Presti, donde ninguno de los cargos está ocupado por una mujer.

    A esta cartera le siguen el Ministerio de Seguridad Nacional con apenas una mujer entre 13 cargos (8%) – la ministra Monteoliva-, y el Ministerio de Justicia, conducido por Juan Bautista Mahiques, con una sola mujer de ocho posiciones jerárquicas (13%).

    En el resto de las carteras, la presencia femenina tampoco superó una de cada cuatro posiciones. En el Ministerio de Economía, las mujeres ocupan el 16% de los cargos jerárquicos (7 de 45); en Interior, el 20% (2 de 10 puestos de alto rango); y en la Cancillería, el 22% (2 de 9).

    chart visualization

    Por su parte, los Ministerios de Salud y el de Desregulación y Transformación del Estado tienen un 25% de presencia femenina en cargos jerárquicos: 4 de 16, y 2 de 8 puestos de alto rango, respectivamente.

    Las mayores proporciones de mujeres se concentran en tres organismos, aunque sin alcanzar la paridad. El Ministerio de Capital Humano encabeza el listado con un 37% de representación femenina (7 de 19 cargos).

    Sandra Pettovello encabeza el ministerio con mayor cantidad de mujeres en cargos de decisión política

    Le sigue Presidencia de la Nación, con 6 mujeres en 19 puestos jerárquicos ocupados, el 32%. Incluye a la Secretaría General, cuya titular es Karina Milei, y bajo cuya órbita está la subsecretaria de Planificación, María Belén Agudiez; la secretaría Legal y Técnica, María Ibarzábal; la subsecretaria de Planeamiento Estratégico, María Paula Taddei Farfán; la subsecretaría de Patrimonio Cultural, Liliana Varela; la subsecretaria de Gestión y Desarrollo Cultural, Florencia Iannello

    Karina Milei, María Ibarzábal y 
María Belén Agudiez, tres de las mujeres con cargo jerárquico en el área de Presidencia

    El mismo porcentaje de representación femenina – 32% – se repite en la Jefatura de Gabinete, con 7 mujeres de los 22 puestos de alto rango.

    En comparación con la gestión anterior, la mayor reducción de las designaciones políticas de mujeres en puestos de jerarquía se registra en las secretarías y subsecretarías. En el primer caso, la proporción femenina pasó de 37% en 2022 al 15% en 2026. En tanto, en las subsecretarías descendió del 42% al 25% este año, mientras que los hombres pasaron a concentrar tres de cada cuatro cargos de alto rango (75%).

    chart visualization

    En lo concerniente a la edad de los funcionarios que ocupan puestos jerárquicos, el promedio es de 51 años, existiendo una dispersión de 8 años de edad entre ministros (58 años) y subsecretarios (50 años). La variable etaria no está discriminada por género.

    El universo de la APN

    Infobae analizó también el Directorio del Estado, donde figura el listado de todas las personas que trabajan o prestan servicios para la APN, incluyendo la administración central (como los ministerios y las Fuerzas Armadas); la descentralizada, como la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); y otros entes como el PAMI y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

    El registro contiene 358.974 nombres y discrimina quienes son planta permanente, transitoria, contratados y bajo locación de servicios. De este total, el 61% de agentes son varones y el 39% mujeres.

    De ese universo de datos se desprende que en solo 8 organismos de un total de 87 la relación se invierte.

    Aquellos que muestran una participación de mujeres mayor del 60 % son la Comisión Nacional Antidopaje (75%); el Banco Nacional de Datos Genéticos (73%); el Instituto Nacional del Teatro (67%); la Comisión Nacional de Valores; la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, estas tres últimas con el 64% de participación femenina. Le siguen la Administración Nacional de Establecimientos de Salud y el Ministerio de Salud, con 63%.

    table visualization

    Por otro lado, la mayoría de varones se da en la Prefectura Naval Argentina, donde representan el 80%; la Dirección Nacional de Vialidad, Gendarmería Nacional, la Administración Nacional de Aviación y el Estado Mayor del Ejército, todos con el 74% de hombres; y el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa con el 70% de integrantes del género masculino.

    Procesamiento y visualización de datos: Daniela Czibener

    Carga y chequeo: Desiré Santander