{"id":5422,"date":"2026-03-25T07:25:05","date_gmt":"2026-03-25T10:25:05","guid":{"rendered":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=5422"},"modified":"2026-03-25T07:25:05","modified_gmt":"2026-03-25T10:25:05","slug":"corte-reforma-sistema-de-seleccion-de-jueces-para-limitar-la-incidencia-politica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=5422","title":{"rendered":"Corte reforma sistema de selecci\u00f3n de jueces para limitar la incidencia pol\u00edtica"},"content":{"rendered":"<p>La Corte Suprema propuso una reforma en la manera de seleccionar a los candidatos a jueces federales y nacionales y elev\u00f3 el proyecto para que sea analizado por el Consejo de la Magistratura. El objetivo declarado es acotar el margen de intervenci\u00f3n pol\u00edtica en los procesos de selecci\u00f3n.<\/p>\n<p>El nuevo reglamento fue firmado \u00fanicamente por los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y no cuenta con la firma del presidente de la Corte, Horacio Rosatti. Las modificaciones buscan reducir la discrecionalidad pol\u00edtica en los concursos en un momento en que el Consejo de la Magistratura se prepara para un cambio en su correlaci\u00f3n de fuerzas, con mayor presencia del oficialismo de La Libertad Avanza. Seg\u00fan la propuesta, el peso decisivo de la selecci\u00f3n recaer\u00e1 en el dise\u00f1o del banco de preguntas, la definici\u00f3n de criterios de evaluaci\u00f3n y la gesti\u00f3n del proceso.<\/p>\n<p>Los jueces resolvieron elevar el reglamento al Plenario del Consejo de la Magistratura para su tratamiento y comunicarlo a las c\u00e1maras nacionales y federales de todo el pa\u00eds y a los supremos tribunales de las provincias; su aprobaci\u00f3n exigir\u00e1 mayor\u00edas agravadas. Fuentes del Consejo indicaron que Rosenkrantz ven\u00eda trabajando en el proyecto desde hace varios meses y que Lorenzetti lo acompa\u00f1\u00f3; Rosatti qued\u00f3 en soledad, lo que, seg\u00fan el diario La Naci\u00f3n, marca un cambio en la din\u00e1mica interna de la Corte. En el Consejo existen otras propuestas \u2014alrededor de catorce\u2014, pero este instrumento proviene de una acordada de la Corte; un consejero dijo al diario La Naci\u00f3n que el organismo evaluar\u00e1 todas las iniciativas y no est\u00e1 obligado a aceptar lo dispuesto por la Corte.<\/p>\n<p>El reglamento dispone, entre otras cosas, que los concursos se realizar\u00e1n a partir de un banco de preguntas corregido mediante m\u00faltiple choice. Las entrevistas personales pueden aportar puntaje, pero con un tope del 10% del total. Con el argumento de reforzar la transparencia y reducir la discrecionalidad, el esquema redefine no solo c\u00f3mo se eval\u00faa a los candidatos, sino tambi\u00e9n d\u00f3nde reside el poder efectivo en el proceso.<\/p>\n<p>Se impone un giro hacia un modelo m\u00e1s reglado: antes ten\u00edan peso el examen de oposici\u00f3n, los antecedentes y la entrevista personal con valoraci\u00f3n subjetiva; ahora se plantea una l\u00f3gica de evaluaci\u00f3n tabulada, automatizada y con reglas preestablecidas. Entre las novedades figura la obligaci\u00f3n de realizar concursos anticipados, es decir, convocatorias previas a la producci\u00f3n de vacantes, con la intenci\u00f3n de diluir la influencia del contexto pol\u00edtico.<\/p>\n<p>Doble examen<\/p>\n<p>Un cambio central es la implementaci\u00f3n de un doble examen con anonimato reforzado. La primera instancia es de car\u00e1cter general, objetiva y de correcci\u00f3n automatizada, y funciona como filtro t\u00e9cnico. La segunda etapa, de car\u00e1cter pr\u00e1ctico, eval\u00faa la capacidad para resolver casos y redactar sentencias. Todo el proceso se apoya en sistemas que garantizan trazabilidad y anonimato de los postulantes, en un intento por blindar la evaluaci\u00f3n frente a interferencias externas.<\/p>\n<p>La entrevista personal, que hasta ahora fue uno de los momentos de mayor incidencia pol\u00edtica, pierde peso: su puntaje queda limitado al 10% y su capacidad para alterar el orden de m\u00e9rito se reduce al m\u00ednimo. Deja de ser el espacio donde se defin\u00edan muchas ternas.<\/p>\n<p>En paralelo, el reglamento incorpora un sistema tabulado para la evaluaci\u00f3n de antecedentes. La formaci\u00f3n acad\u00e9mica, los promedios universitarios, la experiencia profesional y la trayectoria en la funci\u00f3n judicial ser\u00e1n ponderados mediante criterios objetivos y previamente definidos, con la intenci\u00f3n de reemplazar valoraciones subjetivas por m\u00e9tricas verificables, inform\u00f3 el diario La Naci\u00f3n. Adem\u00e1s, se avanza en la digitalizaci\u00f3n del tr\u00e1mite: cada postulante contar\u00e1 con un legajo \u00fanico, auditable y accesible, lo que, seg\u00fan la propuesta, mejora la transparencia y el control.<\/p>\n<p>El nuevo modelo reduce de manera ostensible la capacidad de intervenci\u00f3n de los consejeros para influir en entrevistas o alterar el orden de m\u00e9rito, ya que esa facultad queda acotada. Esto responde a quejas frecuentes de candidatos que, tras rendir bien, perd\u00edan posiciones en la lista definitiva \u2014o, al rev\u00e9s, quienes sub\u00edan en la lista por razones pol\u00edticas pese a un rendimiento intermedio en los ex\u00e1menes.<\/p>\n<p>As\u00ed, el poder operativo en los concursos pasa a concentrarse en el dise\u00f1o del banco de preguntas, en la definici\u00f3n de los criterios de evaluaci\u00f3n y en la gesti\u00f3n del proceso. La Corte Suprema consolida de ese modo su influencia sobre la selecci\u00f3n, en desmedro del Consejo de la Magistratura.<\/p>\n<p>Entre los cambios principales figura la fijaci\u00f3n de pautas objetivas para la categor\u00eda \u201cespecializaci\u00f3n\u201d e la incorporaci\u00f3n de indicadores como el rendimiento acad\u00e9mico en la carrera de grado. Mientras que antes el examen consist\u00eda en la elaboraci\u00f3n de una sola sentencia, ahora se establecen dos etapas: en la primera se eval\u00faan los conocimientos jur\u00eddicos; en la segunda, la capacidad para resolver situaciones pr\u00e1cticas del fuero. El nuevo dise\u00f1o pretende mayor amplitud y objetividad en la comprobaci\u00f3n de conocimientos te\u00f3ricos y pr\u00e1cticos.<\/p>\n<p>Para evitar filtraciones y sesgos, quienes elaboran el examen no son los mismos que lo corrigen. La primera etapa utiliza calificaci\u00f3n automatizada para medir conocimientos sin discrecionalidad; la segunda fija criterios claros para asignar puntajes en la resoluci\u00f3n de casos. Se preserva el anonimato de los concursantes y se prioriza la aplicaci\u00f3n de normas neutrales e igualitarias en la correcci\u00f3n.<\/p>\n<p>Finalmente, se limita la discrecionalidad de la Comisi\u00f3n de Selecci\u00f3n en la convocatoria a entrevistas y en la asignaci\u00f3n de puntos que muchas veces cambiaban los resultados derivados de antecedentes y ex\u00e1menes. El prop\u00f3sito declarado es eliminar la discrecionalidad pol\u00edtica en la evaluaci\u00f3n y privilegiar el resultado t\u00e9cnico emergente de la valoraci\u00f3n de antecedentes y del examen.<br \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Suprema propuso una reforma en la manera de seleccionar a los candidatos a jueces federales y nacionales y elev\u00f3 el proyecto para que sea analizado por el Consejo de la Magistratura. El objetivo declarado es acotar el margen de intervenci\u00f3n pol\u00edtica en los procesos de selecci\u00f3n. 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