{"id":32115,"date":"2026-10-27T07:43:37","date_gmt":"2026-10-27T10:43:37","guid":{"rendered":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=32115"},"modified":"2026-10-27T07:43:37","modified_gmt":"2026-10-27T10:43:37","slug":"causa-contratos-alejandro-almada-seguira-detenido-en-la-unidad-penal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=32115","title":{"rendered":"Causa Contratos: Alejandro Almada seguir\u00e1 detenido en la Unidad Penal"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div class=\"body-noticia clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<p>La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paran\u00e1, Mar\u00eda Carolina Castagno, confirm\u00f3 este lunes la continuidad de la prisi\u00f3n preventiva en la Unidad Penal N\u00b0 1 de la capital entrerriana para Alejandro Almada, imputado en la megacausa que investiga el desv\u00edo de fondos mediante \u201cContratos Truchos\u201d en la Legislatura provincial.<\/p>\n<p>Almada -quien es cu\u00f1ado de Juan Pablo Aguilera, este a su vez cu\u00f1ado del exgobernador Sergio Urribarri, adem\u00e1s de empleado de la C\u00e1mara de Diputados- continuar\u00e1 alojado en el establecimiento penitenciario tras desestimarse el recurso de apelaci\u00f3n presentado por su abogado defensor, Miguel \u00c1ngel Cullen. La resoluci\u00f3n ratific\u00f3 la decisi\u00f3n previamente adoptada por el juez de Garant\u00edas Juli\u00e1n Carlos Vergara, quien el pasado 13 de octubre hab\u00eda prorrogado la medida cautelar por 30 d\u00edas, fijando su vencimiento para el pr\u00f3ximo 12 de noviembre.<\/p>\n<p>Seg\u00fan registr\u00f3 <em>Entre R\u00edos Ahora<\/em>, la decisi\u00f3n de la magistrada se produjo en el marco de una audiencia en la que se expusieron en detalle las posturas encontradas entre el Ministerio P\u00fablico Fiscal y la defensa t\u00e9cnica respecto a la existencia de peligros procesales y la viabilidad de medidas alternativas de coerci\u00f3n. Gu\u00edatur\u00edstica Entre<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n cautelar de Almada se agrav\u00f3 de manera determinante en septiembre pasado. El 12 de septiembre, la jueza de Garant\u00edas Marina Barbagelata dispuso su primer env\u00edo a la c\u00e1rcel de Paran\u00e1 por 30 d\u00edas, medida acordada inicialmente entre las partes en el marco de tratativas para una posible salida alternativa mediante un juicio abreviado.<\/p>\n<p>En dicho esquema de negociaci\u00f3n, el imputado evaluaba reconocer la comisi\u00f3n del delito de fraude a la Administraci\u00f3n P\u00fablica a cambio de una pena menor a los 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo que solicita la Fiscal\u00eda en su requerimiento de remisi\u00f3n a juicio. Sin embargo, a\u00fan las partes no formalizaron ning\u00fan acuerdo de abreviado.<\/p>\n<p>Sin embargo, el origen del encarcelamiento preventivo se remonta al sistem\u00e1tico quebrantamiento de las reglas de conducta impuestas a Almada en 2019. Entre aquellas restricciones, la obligaci\u00f3n principal consist\u00eda en informar y solicitar autorizaci\u00f3n judicial ante cada eventual salida de la ciudad de Paran\u00e1.<\/p>\n<p>Pese a dicha prohibici\u00f3n expresamente notificada, las investigaciones del Ministerio P\u00fablico Fiscal comprobaron que Almada cruz\u00f3 las fronteras nacionales en incalculables oportunidades con destino a Foz do Igua\u00e7u, Brasil. Ante la constataci\u00f3n de estos movimientos irregulares, las autoridades judiciales tramitaron su pedido de captura internacional. El imputado termin\u00f3 present\u00e1ndose de manera espont\u00e1nea en un paso fronterizo, momento en el que fue formalmente aprehendido.<\/p>\n<p><strong>Los argumentos de la defensa: cauci\u00f3n real y alternativa domiciliaria<\/strong><\/p>\n<p>El abogado defensor Miguel \u00c1ngel Cullen solicit\u00f3 el cese de la detenci\u00f3n en el establecimiento carcelario. En su reemplazo, propuso la concesi\u00f3n de un arresto domiciliario con monitoreo mediante tobillera electr\u00f3nica, acompa\u00f1ado por una cauci\u00f3n real de elevado valor patrimonial.<\/p>\n<p>Cullen ofreci\u00f3 como garant\u00eda de embargo el inmueble familiar ubicado en calle Los Ceibos 1159, de la ciudad de Paran\u00e1, vivienda donde habita la madre del imputado y donde fijar\u00eda residencia el propio Almada. El letrado remarc\u00f3 que dicho inmueble pertenece al acervo hereditario de la familia y que el resto de los hermanos estaban dispuestos a suscribir la garant\u00eda requerida.<\/p>\n<p>Asimismo, la defensa argument\u00f3 que no exist\u00eda peligro de entorpecimiento probatorio \u2014coincidiendo en que la instrucci\u00f3n est\u00e1 agotada con el pedido de elevaci\u00f3n a juicio\u2014 ni riesgo de fuga, subrayando adem\u00e1s que las empresas citadas en Brasil pertenecen formalmente a la ex pareja de Almada y no a su defendido. \u201cOfrecemos un medio concreto, que es la fijaci\u00f3n de una cauci\u00f3n real, y esto es lo que a nosotros nos agravia: el no haber tratado las medidas alternativas que ofrecemos en su momento como posibilidad para evitar la prisi\u00f3n preventiva en la unidad penal. Nosotros tenemos esta posibilidad, incluso legislada en el art\u00edculo 749 del C\u00f3digo Procesal Penal, que dice que siempre que el peligro de fuga o de entorpecimiento para la averiguaci\u00f3n de la verdad pueda ser razonablemente evitado por la aplicaci\u00f3n de otra medida menos gravosa para el imputado, el juez podr\u00e1 imponer alguna de las medidas siguientes en sustituci\u00f3n de la prisi\u00f3n preventiva\u201d.<\/p>\n<p>Refiri\u00e9ndose concretamente a la suficiencia del inmueble familiar ofrecido frente a las deficiencias del monitoreo electr\u00f3nico, Cullen enfatiz\u00f3: \u00abCreemos que sujetarlo a que exista disponibilidad del aparato electr\u00f3nico nos parece pr\u00e1cticamente un salto al vac\u00edo, porque sabemos de la escasez de los sistemas de monitoreo. Y en este caso en particular, nosotros ofrecemos una alternativa mucho m\u00e1s viable, m\u00e1s r\u00e1pida e incluso much\u00edsimo m\u00e1s fuerte, porque significa nada m\u00e1s y nada menos que poner como garant\u00eda de cumplimiento el inmueble familiar, el inmueble donde vive su madre, donde vive Alejandro Almada que pertenece a toda la familia por sucesi\u00f3n patrimonial\u00bb.<\/p>\n<p>Para concluir su alocuci\u00f3n, la defensa invoc\u00f3 el principio constitucional de presunci\u00f3n de inocencia: \u201cNosotros no vamos ahora a explicar algo que todas las partes ya sabemos, que significa la necesidad de garantizar, sobre todo, la existencia real del principio de inocencia\u201d.<\/p>\n<p><strong>La postura de los fiscales<\/strong><\/p>\n<p>A su tiempo, los fiscales Ignacio Aramberry y Patricia Yedro sopesaron que, si bien el riesgo de entorpecer la investigaci\u00f3n se encuentra neutralizado \u2014debido a que la causa ya cuenta con pedido formal de elevaci\u00f3n a juicio\u2014, el peligro de fuga se mantiene plenamente vigente y con alta intensidad.<\/p>\n<p>Los representantes del Ministerio P\u00fablico Fiscal revelaron datos migratorios contundentes: Almada registr\u00f3 m\u00e1s de 440 pares de salidas y entradas al pa\u00eds vecino a trav\u00e9s del paso fronterizo Tancredo Neves, que une Puerto Iguaz\u00fa con Foz do Igua\u00e7u, efectuando en varias ocasiones residencias prolongadas que se extendieron hasta por un a\u00f1o entero en territorio brasile\u00f1o.<\/p>\n<p>Asimismo, la Fiscal\u00eda argument\u00f3 que Almada cuenta con un notable respaldo econ\u00f3mico y log\u00edstico en el exterior. Seg\u00fan detallaron los fiscales, su expareja, Micaela Banegas, figura como titular de cinco emprendimientos comerciales radicados en Brasil por un valor estimado en 820 mil reales (equivalentes a aproximadamente 161 mil d\u00f3lares estadounidenses), los cuales abarcan firmas dedicadas a servicios tur\u00edsticos.<\/p>\n<p>Al fundamentar la necesidad de mantener la prisi\u00f3n preventiva efectiva, el fiscal Ignacio Aramberry expuso: \u201cEntendemos que la comparecencia espont\u00e1nea del imputado no hace desaparecer estos datos objetivos: v\u00ednculos familiares, v\u00ednculos comerciales, radicaci\u00f3n y emprendimientos comerciales de personas muy allegadas al imputado en el vecino pa\u00eds no hacen desaparecer para nada estas situaciones que se van a mantener con el paso del tiempo\u201d.<\/p>\n<p>Finalmente, sobre la naturaleza de las medidas cautelares y la necesidad de evitar la frustraci\u00f3n de la funci\u00f3n punitiva del Estado, el fiscal remarc\u00f3: \u00abNos parece un error dogm\u00e1tico exigir para la aplicaci\u00f3n de la prisi\u00f3n preventiva que, efectivamente, una persona se profugue o se mantenga en la clandestinidad, porque el r\u00e9gimen cautelar busca precisamente esto: prevenir y conjurar un riesgo latente y concreto asentado sobre elementos objetivos\u00bb.<\/p>\n<p><strong>La resoluci\u00f3n de la jueza Castagno<\/strong><\/p>\n<p>Al momento de dictar su veredicto, la jueza Mar\u00eda Carolina Castagno respald\u00f3 en forma integral el criterio sustentado por el Ministerio P\u00fablico Fiscal y convalid\u00f3 lo actuado por el juez de Garant\u00edas Juli\u00e1n Vergara, considerando que su resoluci\u00f3n fue debidamente fundada y el plazo fijado resulta razonable y acotado.<\/p>\n<p>En sus fundamentos, la magistrada concluy\u00f3 que en la causa s\u00ed existe un riesgo abstracto y concreto de fuga. Para arribar a esa decisi\u00f3n, la jueza Castagno ponder\u00f3 tres elementos centrales: en primer lugar, la capacidad econ\u00f3mica y log\u00edstica del imputado, evidenciada en su entorno cercano y sus facilidades de desplazamiento hacia el extranjero; en segundo lugar, el antecedente objetivo de incumplimiento, reflejado en las m\u00e1s de 400 salidas del pa\u00eds no autorizadas hacia Brasil mientras reg\u00eda una restricci\u00f3n judicial formal; y en tercer lugar, la severidad de la pena en expectativa, que asciende a 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo solicitados por la Fiscal\u00eda para el eventual debate oral y p\u00fablico.<\/p>\n<p>Con este fallo, Alejandro Almada continuar\u00e1 privado de su libertad en la Unidad Penal N\u00b0 1 de Paran\u00e1 al menos hasta el pr\u00f3ximo 12 de noviembre, fecha en la que se cumplir\u00e1 el plazo estipulado para la prisi\u00f3n preventiva.\u00a0<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paran\u00e1, Mar\u00eda Carolina Castagno, confirm\u00f3 este lunes la continuidad de la prisi\u00f3n preventiva en la Unidad Penal N\u00b0 1 de la capital entrerriana para Alejandro Almada, imputado en la megacausa que investiga el desv\u00edo de fondos mediante \u201cContratos Truchos\u201d en la Legislatura provincial. 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