{"id":30095,"date":"2026-10-11T16:33:46","date_gmt":"2026-10-11T19:33:46","guid":{"rendered":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=30095"},"modified":"2026-10-11T16:33:46","modified_gmt":"2026-10-11T19:33:46","slug":"causa-amenazas-airaldi-allanaron-oficina-clave-de-la-up-9-y-apartaron-a-dos-funcionarios-penitenciarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=30095","title":{"rendered":"Causa amenazas-Airaldi: allanaron oficina clave de la UP 9 y apartaron a dos funcionarios penitenciarios"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div class=\"body-noticia clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<p>La Unidad Penal N\u00ba 9 de Gualeguaych\u00fa, conocida como la Granja El Potrero, vuelve a quedar en el centro de una investigaci\u00f3n judicial que pone bajo la lupa no solamente la circulaci\u00f3n de tel\u00e9fonos celulares objetos prohibidos dentro de la c\u00e1rcel, sino tambi\u00e9n los mecanismos de control, las responsabilidades funcionales y la conducci\u00f3n del establecimiento.<\/p>\n<p>El procedimiento realizado por efectivos de Gendarmer\u00eda en la Oficina de Tratamiento Correccional, por orden judicial, y el allanamiento simult\u00e1neo del domicilio particular de un funcionario de esa dependencia, profundizan los interrogantes sobre lo que sucede puertas adentro de la unidad penitenciaria.<\/p>\n<p>Pero hay un dato que agrega un nuevo cap\u00edtulo a esta historia: en el marco de la investigaci\u00f3n relacionada con Leonardo Airaldi, la Direcci\u00f3n del Servicio Penitenciario de Entre R\u00edos resolvi\u00f3 administrativamente pasar a disponibilidad a dos funcionarios de la UP 9.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n abre un escenario de mayor gravedad institucional y obliga a formular una pregunta que hasta ahora parece quedar en segundo plano: si la investigaci\u00f3n avanza sobre personal de la c\u00e1rcel y ya hubo medidas administrativas contra dos agentes, \u00bfcu\u00e1l es la evaluaci\u00f3n que se hace sobre la responsabilidad de quienes conducen el establecimiento?<\/p>\n<p><strong>Dos funcionarios separados<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan la informaci\u00f3n vinculada con las medidas administrativas adoptadas, los dos funcionarios pasados a disponibilidad cumpl\u00edan tareas diferentes dentro de la estructura de la UP9.<\/p>\n<p>Uno de ellos es un suboficial con jerarqu\u00eda de cabo primero, que se desempe\u00f1aba como celador y manten\u00eda contacto cotidiano y directo con la poblaci\u00f3n penitenciaria.<\/p>\n<p>El segundo es un oficial que anteriormente se hab\u00eda desempe\u00f1ado como jefe de Seguridad Interna y que, al momento de las medidas, cumpl\u00eda funciones en el \u00e1rea de Tratamiento Correccional.<\/p>\n<p>Se trata de dos posiciones que, desde distintas responsabilidades, forman parte de la estructura operativa de una c\u00e1rcel: por un lado, el contacto cotidiano con los internos; por el otro, funciones vinculadas con la organizaci\u00f3n y el funcionamiento interno del establecimiento.<\/p>\n<p>El pase a disponibilidad constituye una medida administrativa que debe analizarse dentro de su alcance y de las actuaciones correspondientes. No equivale, por s\u00ed mismo, a una declaraci\u00f3n de culpabilidad ni permite afirmar que los agentes hayan cometido un delito.<\/p>\n<p>Sin embargo, la decisi\u00f3n demuestra que las consecuencias institucionales de la investigaci\u00f3n ya no se limitan al secuestro de dispositivos electr\u00f3nicos o a las actuaciones judiciales.<\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n tambi\u00e9n tiene repercusiones dentro de la estructura del Servicio Penitenciario.<\/p>\n<p>Ahora bien, si se adoptaron medidas respecto de dos integrantes de la unidad, resulta leg\u00edtimo preguntar cu\u00e1les son los criterios utilizados para evaluar las responsabilidades en los distintos niveles de conducci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Gendarmer\u00eda ingres\u00f3 a una oficina sensible<\/strong><\/p>\n<p>El allanamiento realizado en la Oficina de Tratamiento Correccional no es un detalle menor. Los investigadores no se limitaron a revisar un pabell\u00f3n o un espacio de alojamiento. El procedimiento alcanz\u00f3 una dependencia administrativa espec\u00edfica y estuvo acompa\u00f1ado por otra medida judicial en el domicilio de un trabajador vinculado con esa \u00e1rea.<\/p>\n<p>La Justicia deber\u00e1 establecer qu\u00e9 elementos buscaba, qu\u00e9 documentaci\u00f3n o dispositivos fueron examinados, qu\u00e9 se secuestr\u00f3 y si existe alguna relaci\u00f3n entre esos elementos y los hechos investigados en la causa Airaldi.<\/p>\n<p>La circunstancia de que el procedimiento haya alcanzado esa oficina vuelve especialmente relevante conocer qu\u00e9 funciones cumpl\u00edan las personas vinculadas con la dependencia y cu\u00e1l era el circuito de controles que operaba dentro de la unidad.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n debe aclararse que un allanamiento no demuestra, por s\u00ed solo, que las personas que trabajan en el lugar hayan cometido una irregularidad. Su alcance y sus resultados deben surgir de las actuaciones judiciales.<\/p>\n<p><strong>El caso Airaldi y los celulares dentro de la c\u00e1rcel<\/strong><\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n que involucra a Leonardo Airaldi ya hab\u00eda puesto a la UP9 en el centro de la atenci\u00f3n judicial por la presunta utilizaci\u00f3n de tel\u00e9fonos celulares dentro del establecimiento.<\/p>\n<p>En febrero de 2026 se realizaron procedimientos en el penal en los que, seg\u00fan la informaci\u00f3n difundida sobre la causa, fueron secuestrados dispositivos electr\u00f3nicos y otros elementos que quedaron sujetos a investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La circulaci\u00f3n de tel\u00e9fonos dentro de una c\u00e1rcel plantea un problema que excede a quien los utiliza.<\/p>\n<p>Un dispositivo prohibido puede ser escondido por un interno, pero la investigaci\u00f3n sobre su ingreso y permanencia tambi\u00e9n puede exigir examinar los controles, las requisas, los accesos y las responsabilidades de quienes tienen funciones de vigilancia.<\/p>\n<p>Eso no significa que necesariamente haya existido colaboraci\u00f3n interna. Significa que, cuando aparecen elementos prohibidos dentro de un establecimiento penitenciario, corresponde investigar c\u00f3mo llegaron all\u00ed y si los mecanismos de prevenci\u00f3n funcionaron adecuadamente.<\/p>\n<p>En el caso Airaldi, esa pregunta adquiere una dimensi\u00f3n adicional por el contexto judicial en el que se produjeron los procedimientos.<\/p>\n<p><strong>Fuente: <\/strong><em><strong>Radio M\u00e1xima<\/strong><\/em><strong> de Gualeguaych\u00fa y <\/strong><em><strong>El Entre R\u00edos.<\/strong><\/em><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Unidad Penal N\u00ba 9 de Gualeguaych\u00fa, conocida como la Granja El Potrero, vuelve a quedar en el centro de una investigaci\u00f3n judicial que pone bajo la lupa no solamente la circulaci\u00f3n de tel\u00e9fonos celulares objetos prohibidos dentro de la c\u00e1rcel, sino tambi\u00e9n los mecanismos de control, las responsabilidades funcionales y la conducci\u00f3n del establecimiento. 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