{"id":22091,"date":"2026-08-13T17:34:44","date_gmt":"2026-08-13T20:34:44","guid":{"rendered":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=22091"},"modified":"2026-08-13T17:34:44","modified_gmt":"2026-08-13T20:34:44","slug":"la-justicia-debe-perseguir-a-las-grandes-bandas-de-narcotraficantes-los-chicos-que-consumen-son-victimas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=22091","title":{"rendered":"\u201cLa Justicia debe perseguir a las grandes bandas de narcotraficantes, los chicos que consumen son v\u00edctimas\u201d"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div class=\"body-noticia clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<p>El fiscal general Jos\u00e9 Ignacio Candioti destac\u00f3 que el Tribunal Oral Federal de Paran\u00e1 recept\u00f3 la postura del Ministerio P\u00fablico Fiscal y <a href=\"https:\/\/www.analisisdigital.com.ar\/judiciales\/2026\/08\/13\/narcotrafico-el-tof-de-parana-condeno-leonardo-airaldi-12-anos-y-le-impuso-una-multa-de-118-millones\">conden\u00f3 a Leonardo Airaldi y a otros integrantes de una organizaci\u00f3n dedicada al narcotr\u00e1fico<\/a>, tras m\u00e1s de cinco meses de audiencias. Remarc\u00f3 la gravedad de los hechos, el volumen de prueba reunido, el secuestro de casi 30 kilos de coca\u00edna en Puerto Gaboto, la prisi\u00f3n preventiva dispuesta para Juan Andr\u00e9s Erbes, las multas millonarias y la necesidad de que los hechos de esa magnitud no queden impunes. Asimismo, Candioti dijo que el dinero de las millonarias multas impuestas debe tener como destino los lugares y las personas da\u00f1ados por las drogas y el narcotr\u00e1fico.<\/p>\n<p>Luego de que el TOF condenara a Airaldi a 12 a\u00f1os de prisi\u00f3n y fijara penas para otros integrantes de la banda, Candioti valor\u00f3 la resoluci\u00f3n judicial y afirm\u00f3: \u201cEl Tribunal dio la sentencia luego de m\u00e1s de cinco meses de audiencias, recept\u00f3 la postura del Ministerio P\u00fablico Fiscal y dict\u00f3 una condena importante. Consider\u00f3 que Airaldi era responsable del delito de organizador, el delito m\u00e1s severo que tiene la ley 23.737, que castiga a quien tiene los medios para predisponer las medidas conducentes para que un grupo de personas, de manera conjunta y organizada, se dedique al comercio de estupefacientes\u201d.<\/p>\n<p>Sobre la valoraci\u00f3n de la prueba realizada por el Tribunal, sostuvo: \u201cEn el alegato hab\u00edamos dicho, y hoy los tres jueces en forma un\u00e1nime as\u00ed lo receptan, que estaba absolutamente acreditado que hab\u00eda un actuar plural y organizado en la comercializaci\u00f3n de estupefacientes; que era un hecho muy grave\u201d.<\/p>\n<h2>El cargamento de coca\u00edna y el da\u00f1o social<\/h2>\n<p>Al referirse al secuestro de 29,5 kilos de coca\u00edna en una vivienda de Puerto Gaboto (Santa Fe), uno de los hechos analizados durante el debate, el fiscal se\u00f1al\u00f3: \u201cUstedes imag\u00ednense que se hab\u00eda secuestrado casi 30 kilos de coca\u00edna de muy alta pureza en lo que se denomin\u00f3 la causa Santa Fe. Pon\u00edamos de significaci\u00f3n en el alegato el da\u00f1o que se iba a causar a la sociedad cuando esta droga llegara a destino, cosa que por el accionar de las fuerzas de seguridad no fue as\u00ed, porque se secuestr\u00f3 en ese domicilio\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl material probatorio estaba, se merec\u00eda la condena, el Tribunal as\u00ed lo estableci\u00f3. Tambi\u00e9n estableci\u00f3 penas pecuniarias millonarias, que nosotros hab\u00edamos pedido en el alegato, e hizo lugar al pedido de prisi\u00f3n preventiva para quien, a criterio de la fiscal\u00eda, era la persona que le segu\u00eda en importancia a Airaldi en la organizaci\u00f3n: Erbes. Estaba en libertad hasta ahora, nosotros hab\u00edamos pedido su prisi\u00f3n preventiva porque nos parec\u00eda que hab\u00eda riesgo procesal a su respecto\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<h2>\u201cNo quedaron impunes estos graves hechos\u201d<\/h2>\n<p>Candioti vincul\u00f3 la sentencia con la necesidad de sancionar el accionar de las organizaciones narcocriminales: \u201cEstamos conformes y, fundamentalmente, creo que lo importante es que se hizo justicia. No quedaron impunes estos graves hechos acometidos\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n record\u00f3 el planteo realizado durante el alegato junto al equipo de fiscales integrado tambi\u00e9n por Juan Podhainy y Mar\u00eda Esponda y Mart\u00edn Uriona, representante de la Procuradur\u00eda de Narcocriminalidad: \u201cYo resaltaba algo que hab\u00edamos trabajado con la gente de Suma de Voluntades en unas jornadas que se hicieron ac\u00e1 en Paran\u00e1. Su titular, Anabel Albornoz, pon\u00eda de manifiesto el flagelo de la droga, c\u00f3mo est\u00e1 llegando a los barrios y el perjuicio que eso ocasiona en la sociedad\u201d.<\/p>\n<p>\u201cComo operadores judiciales no nos podemos desatender de esa circunstancia. Por eso tambi\u00e9n era importante que, cuando suceden hechos de esta magnitud, no queden impunes, sino que sean debidamente sancionados; que los culpables paguen por esas acciones disvaliosas que realizan; y que ojal\u00e1 esos ni\u00f1os de esos barrios que mostraba la gente de Suma de Voluntades en los videos puedan estar en la escuela, en las plazas del barrio, en los clubes haciendo deporte, y no siendo v\u00edctimas de los narcotraficantes con todo el da\u00f1o que le generan a la sociedad\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n<h2>La investigaci\u00f3n y las pruebas<\/h2>\n<p>Consultado sobre el trabajo desplegado durante el juicio, Candioti remarc\u00f3 la intervenci\u00f3n de distintas fuerzas de seguridad en investigaciones que confluyeron en una misma hip\u00f3tesis: \u201cLa prueba nos parec\u00eda importante. Declararon funcionarios de diversas fuerzas de seguridad, porque se trat\u00f3 de una investigaci\u00f3n que abarc\u00f3 primero la Prefectura Naval Argentina; segundo, la Polic\u00eda de Entre R\u00edos; en Santa Fe, la Polic\u00eda Federal Argentina y la Guardia Rural Los Pumas. Distintas fuerzas de seguridad de distintas provincias, algunas nacionales y otras provinciales, todas con la misma hip\u00f3tesis: que ac\u00e1 hab\u00eda un grupo de personas que se dedicaban al comercio de estupefacientes\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEsos funcionarios policiales y de estas fuerzas de seguridad vinieron a declarar en el juicio, como usted bien dice, bajo juramento. Dieron raz\u00f3n de sus dichos, explicaron y le dieron al tribunal todas las argumentaciones de por qu\u00e9 consideraban que este grupo de personas liderado por Airaldi era responsable de la comercializaci\u00f3n de estupefacientes\u201d, a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cEl material cargoso era muy abundante, convergente, plural y siempre en el mismo sentido. Los jueces, por unanimidad, hoy los tres as\u00ed lo entendieron y dieron cuenta, con el grado de certeza que requiere una sentencia condenatoria, que no era un accionar aislado de una persona, sino un grupo de personas que de manera conjunta y coordinada se dedicaban a estas actividades tan disvaliosas de la comercializaci\u00f3n de estupefacientes\u201d, complet\u00f3.<\/p>\n<h2>El caso de Soledad Touzet<\/h2>\n<p>Respecto de la \u00fanica mujer sentada en el banquillo, el fiscal explic\u00f3 por qu\u00e9 no recurrir\u00e1n la pena de tres a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional impuesta por el tribunal: \u201cNo la vamos a casar por dos motivos. Primero, porque en el alegato dijimos pr\u00e1cticamente lo que dijeron los jueces ahora. Pens\u00e1bamos que ese caso deb\u00eda ser analizado de una manera distinta. Yo argument\u00e9 que no solo era una mujer vulnerable, sino que ella en su declaraci\u00f3n hab\u00eda pedido perd\u00f3n, hab\u00eda contado toda la violencia que hab\u00eda sufrido por parte de Leonardo Airaldi, todos sus padecimientos y el miedo que ten\u00eda\u201d.<\/p>\n<p>\u201cTambi\u00e9n recurr\u00ed a una figura que no es del Derecho argentino, sino que nace en el derecho americano, pero luego Argentina la toma, que se llama mujeres de las circunstancias. Argument\u00e9 que Soledad era una mujer de las circunstancias y que, si bien ten\u00eda conocimiento de su accionar disvalioso, ten\u00edamos que tener en cuenta su vulnerabilidad y la ascendencia que ten\u00eda Airaldi sobre ella, que la hab\u00eda puesto en ese particular lugar y que por ende merec\u00eda una atenuaci\u00f3n en su responsabilidad\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cEl Tribunal lo entendi\u00f3 as\u00ed, simplemente le impuso tres meses menos a lo pedido por la Fiscal\u00eda. La legislaci\u00f3n actual establece que para el recurso de casaci\u00f3n la fiscal\u00eda lo tiene cuando la decisi\u00f3n de los jueces es sustancialmente menor a la de la fiscal\u00eda. Ac\u00e1, como el Tribunal puso tres meses menos, ni siquiera tendr\u00edamos recurso de casaci\u00f3n. Por m\u00e1s que lo tuvi\u00e9semos, estamos conformes con la resoluci\u00f3n del tribunal porque creemos que es justa\u201d, cerr\u00f3.<\/p>\n<h2>Multas, decomisos y asistencia a las v\u00edctimas<\/h2>\n<p>Sobre el destino de las multas y los bienes decomisados, Candioti explic\u00f3: \u201cEso se tiene que hacer efectivo, al igual que los bienes decomisados. Los bienes decomisados van a la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n y se utilizan para distintas finalidades. Una de las finalidades tambi\u00e9n es el trabajo contra las adicciones, que eso es importante\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLo fundamental es que los operadores judiciales y la Justicia persigan a las grandes bandas de narcotraficantes, mientras que los chicos que consumen en realidad son las v\u00edctimas. A esos chicos que consumen y son v\u00edctimas hay que ayudarlos, por ejemplo, con programas de adicciones y con centros de recupero para los adictos\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El fiscal general Jos\u00e9 Ignacio Candioti destac\u00f3 que el Tribunal Oral Federal de Paran\u00e1 recept\u00f3 la postura del Ministerio P\u00fablico Fiscal y conden\u00f3 a Leonardo Airaldi y a otros integrantes de una organizaci\u00f3n dedicada al narcotr\u00e1fico, tras m\u00e1s de cinco meses de audiencias. 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