{"id":19498,"date":"2026-07-29T08:00:35","date_gmt":"2026-07-29T11:00:35","guid":{"rendered":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=19498"},"modified":"2026-07-29T08:00:35","modified_gmt":"2026-07-29T11:00:35","slug":"la-condena-por-las-viviendas-que-nunca-existieron-en-concepcion-del-uruguay","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=19498","title":{"rendered":"La condena por las viviendas que nunca existieron en Concepci\u00f3n del Uruguay"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div class=\"body-noticia clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<p>El 3 de julio de 2026, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepci\u00f3n del Uruguay, con la firma del vocal Mariano Sebasti\u00e1n Mart\u00ednez, dict\u00f3 la Sentencia N\u00b0 122 y conden\u00f3 a cinco personas por los delitos de peculado y falsedad ideol\u00f3gica de documentos p\u00fablicos en concurso ideal. La resoluci\u00f3n, alcanzada a trav\u00e9s del procedimiento de juicio abreviado, puso punto final -al menos para cinco de los seis imputados- a una causa que comenz\u00f3 con una denuncia an\u00f3nima y termin\u00f3 desnudando c\u00f3mo se vaci\u00f3, papel por papel, un programa federal de vivienda destinado a los sectores m\u00e1s humildes de la ciudad. La lectura de los argumentos de la condena se leyeron este \u00faltimo lunes 27 de julio.<\/p>\n<p>Los condenados son Claudio Mart\u00edn Mazzarello, maestro mayor de obra e inspector auxiliar por la Unidad Ejecutora Provincial; Germ\u00e1n Ernesto Stegemann, tambi\u00e9n maestro mayor de obra y responsable t\u00e9cnico del consorcio que administraba los fondos; Rodrigo Alberto Romero Oliva, secretario de ese consorcio; y las presidentas y presidente de las dos cooperativas de trabajo que ejecutaban las obras, Ligia Tamara C\u00e1ceres, de la Cooperativa San Jorge, y Maximiliano David Saavedra, de la Cooperativa La Uni\u00f3n.<\/p>\n<p>Mazzarello y Stegemann recibieron tres a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento condicional. Romero Oliva, C\u00e1ceres y Saavedra fueron condenados a dos a\u00f1os y seis meses, tambi\u00e9n en suspenso. Para los cinco, adem\u00e1s, el tribunal dispuso la inhabilitaci\u00f3n absoluta y perpetua para ejercer cargos p\u00fablicos. Los tres primeros fueron declarados coautores del delito; C\u00e1ceres y Saavedra, part\u00edcipes primarios o necesarios.<\/p>\n<p>El origen del expediente tiene fecha y remitente incierto. El 17 de octubre de 2018, una nota an\u00f3nima lleg\u00f3 al despacho de la entonces procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche. El texto denunciaba, sin rodeos, el robo de las viviendas financiadas con fondos nacionales. Junto a la denuncia ven\u00edan m\u00e1s de un centenar de fojas de documentaci\u00f3n: copias de convenios, certificados de obra, informes del Registro de la Propiedad. Quien escribi\u00f3 aquella nota conoc\u00eda el detalle fino de la operatoria y pon\u00eda el acento en una frase demoledora: el dinero no estaba y las casas no se hab\u00edan construido.<\/p>\n<p>El programa que se pretend\u00eda ejecutar no era menor. Se trataba del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del H\u00e1bitat de Pueblos Originarios y Rurales. Dos convenios, firmados en 2013 entre la Subsecretar\u00eda de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Naci\u00f3n, la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del gobierno de Entre R\u00edos y la Municipalidad de Concepci\u00f3n del Uruguay, preve\u00edan la construcci\u00f3n de 160 viviendas con su infraestructura completa. El acuerdo identificado como ACU 743\/13 abarcaba 80 casas; el ACU 1415\/13, las otras 80. En total, los fondos comprometidos ascend\u00edan a 49.247.140 pesos, una suma considerable para la \u00e9poca.<\/p>\n<p>La modalidad elegida para llevar adelante la obra fue la de un consorcio de gesti\u00f3n, integrado por representantes del municipio, de la provincia y de los beneficiarios, que a su vez contrataba a dos cooperativas de trabajo para la construcci\u00f3n. Ese esquema, pensado para agilizar la ejecuci\u00f3n y dar participaci\u00f3n a la econom\u00eda social, termin\u00f3 siendo el andamiaje que permiti\u00f3 la maniobra. Porque en el centro del mecanismo estaban los certificados de avance de obra: los documentos que, mes a mes, informaban cu\u00e1ntas viviendas se hab\u00edan levantado, en qu\u00e9 grado y con qu\u00e9 inversi\u00f3n, y que habilitaban la llegada de nuevos desembolsos desde la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>El truco fue tan simple como sistem\u00e1tico. En esos certificados -instrumentos p\u00fablicos destinados a acreditar la verdad de la obra- se consign\u00f3 un grado de ejecuci\u00f3n superior al real. Se informaron viviendas m\u00e1s avanzadas de lo que estaban, se declararon obras complementarias que no se ejecutaron y, en el caso m\u00e1s flagrante, se certific\u00f3 el progreso de 80 unidades cuando en el terreno apenas se hab\u00edan iniciado 63. Las diecisiete restantes, ya se dijo, nunca salieron del papel.<\/p>\n<p>Los n\u00fameros que reconstruy\u00f3 la investigaci\u00f3n son elocuentes. En el ACU 743\/13, hacia febrero de 2016 se hab\u00eda certificado un avance financiero del 92,90 por ciento, equivalente a casi 19 millones de pesos. La auditor\u00eda posterior determin\u00f3 que el avance real de obra rondaba el 73,62 por ciento. La diferencia -ese 19,28 por ciento de m\u00e1s- representaba fondos justificados sobre trabajo inexistente. En el ACU 1415\/13 el desfasaje era todav\u00eda m\u00e1s grosero: se certific\u00f3 un 68,58 por ciento cuando la obra real no superaba el 26,45 por ciento. El exceso trepaba al 42,13 por ciento.<\/p>\n<p>La constataci\u00f3n material lleg\u00f3 de la mano de la Gendarmer\u00eda Nacional. El 15 de noviembre de 2018, en un allanamiento ordenado por la Justicia, un subalf\u00e9rez y un arquitecto de la fuerza recorrieron el predio para verificar, con sus propios ojos, qu\u00e9 hab\u00eda realmente construido. El informe fue lapidario: contaron 143 viviendas en distintas etapas de edificaci\u00f3n, muchas de ellas con terminaciones deficientes, humedad, revoques irregulares y aislaciones falladas. Faltaban, respecto de las 160 comprometidas, las diecisiete que jam\u00e1s se hab\u00edan iniciado.<\/p>\n<p>A la constataci\u00f3n de Gendarmer\u00eda se sumaron las auditor\u00edas internas que orden\u00f3 la gesti\u00f3n municipal que asumi\u00f3 a fines de 2015. El ingeniero Guillermo Ben\u00edtez, convocado como responsable t\u00e9cnico, recorri\u00f3 casa por casa y determin\u00f3 porcentajes de avance sensiblemente inferiores a los que figuraban en los certificados. El contador Fernando Picart hizo lo propio con la situaci\u00f3n econ\u00f3mica y financiera del consorcio y detect\u00f3, ya en marzo de 2016, un d\u00e9ficit que superaba los siete millones de pesos. M\u00e1s tarde, el ingeniero H\u00e9ctor Daniel Ruiz D\u00edaz, incorporado en 2017 para terminar la primera etapa, confirm\u00f3 lo mismo: los certificados de la segunda tanda de viviendas informaban un avance que no se correspond\u00eda con la realidad, e incluso las diecisiete casas nunca iniciadas aparec\u00edan con un porcentaje certificado.<\/p>\n<p>El peritaje contable oficial, a cargo del contador H\u00e9ctor Eduardo Enrique, del Ministerio P\u00fablico Fiscal, puso cifras al perjuicio. Solo en concepto de mano de obra, la suma de ambos convenios arrojaba un posible da\u00f1o de m\u00e1s de 13 millones de pesos a valores hist\u00f3ricos. Actualizado con los \u00edndices de la construcci\u00f3n, el monto se multiplicaba varias veces. El perito tambi\u00e9n advirti\u00f3 sobre las obras complementarias -redes cloacales, agua potable, apertura de calles, iluminaci\u00f3n- cuya ejecuci\u00f3n se certific\u00f3 sin que existieran constancias t\u00e9cnicas que respaldaran ese avance.<\/p>\n<p>La prueba caligr\u00e1fica cerr\u00f3 el c\u00edrculo. El peritaje de la Divisi\u00f3n Criminal\u00edstica estableci\u00f3 que las firmas estampadas en los certificados fraudulentos pertenec\u00edan efectivamente a los imputados. Stegemann, como responsable t\u00e9cnico, rubricaba pr\u00e1cticamente todos los certificados; C\u00e1ceres y Saavedra firmaban en representaci\u00f3n de sus cooperativas; Mazzarello suscrib\u00eda en su car\u00e1cter de inspector de la Unidad Ejecutora Provincial. La imputada C\u00e1ceres se hab\u00eda negado a confeccionar cuerpo de escritura, por lo que se recurri\u00f3 a su firma indubitada en la declaraci\u00f3n de imputada para el cotejo.<\/p>\n<p>El expediente reconstruy\u00f3 tambi\u00e9n el circuito del dinero. Los fondos nacionales ingresaban a una cuenta del municipio en el Banco Naci\u00f3n y, mediante decretos y \u00f3rdenes de transferencia, pasaban a una cuenta del consorcio en el Nuevo Banco de Entre R\u00edos. Desde all\u00ed se pagaba a las cooperativas, en su mayor\u00eda por transferencia y, en ocasiones, mediante cheques que se cobraban en ventanilla. La pericia contable de Anal\u00eda Rolhaiser detect\u00f3 que el consorcio no llevaba los libros contables obligatorios, que faltaban remitos de materiales y que buena parte de la documentaci\u00f3n respaldatoria se hab\u00eda extraviado. Una carpeta con los remitos, seg\u00fan declar\u00f3 la administrativa Dulce Squivo, desapareci\u00f3 del obrador tras una supuesta tormenta.<\/p>\n<p>En la trama declaratoria desfilaron funcionarios municipales, t\u00e9cnicos y responsables de la obra. Casi todos coincidieron en un punto: el control t\u00e9cnico de los avances no correspond\u00eda a la Municipalidad ni al intendente, sino al inspector designado por la Unidad Ejecutora Provincial. El exintendente Carlos Schepens, durante cuya gesti\u00f3n se iniciaron las obras, sostuvo que la firma que \u00e9l y otros funcionarios estampaban respond\u00eda a una exigencia formal del convenio y que nunca le informaron de irregularidad alguna. La misma l\u00ednea sigui\u00f3 el exsecretario de Gobierno Ricardo Vales, quien record\u00f3 que en m\u00e1s de una oportunidad se discuti\u00f3 internamente la innecesariedad de que el intendente firmara certificados de naturaleza eminentemente t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>Hay, en la sentencia, un ausente central. Mario Jorge Acu\u00f1a, quien fue secretario de Obras P\u00fablicas de la Municipalidad y, simult\u00e1neamente, presidente del consorcio durante el desarrollo de la obra, no suscribi\u00f3 el acuerdo de juicio abreviado. Su nombre aparece una y otra vez en las testimoniales: era quien acercaba los certificados a la firma, quien discut\u00eda los porcentajes de avance, quien presid\u00eda las reuniones del consorcio. La documentaci\u00f3n de la causa le fue devuelta a la Unidad Fiscal para que su situaci\u00f3n se resuelva por la v\u00eda ordinaria. Su juicio, por lo tanto, sigue pendiente.<\/p>\n<p>En la fundamentaci\u00f3n jur\u00eddica, el tribunal distingui\u00f3 con precisi\u00f3n los dos delitos en juego. El peculado protege el correcto funcionamiento de la administraci\u00f3n p\u00fablica y la integridad del patrimonio estatal; se configura cuando un funcionario sustrae, o permite que otro sustraiga, caudales cuya administraci\u00f3n le fue confiada por su cargo. La falsedad ideol\u00f3gica de documento p\u00fablico, en cambio, protege la fe p\u00fablica: se produce cuando se insertan declaraciones falsas en un documento aut\u00e9ntico, destinado a acreditar hechos que resultan mendaces. Como una \u00fanica maniobra lesion\u00f3 ambos bienes jur\u00eddicos, el hecho qued\u00f3 encuadrado en un concurso ideal. Entre los agravantes, el juez ponder\u00f3 la naturaleza de los hechos, la extensi\u00f3n del da\u00f1o causado y la directa participaci\u00f3n de cada acusado. Como atenuantes, consider\u00f3 la falta de antecedentes penales computables, la edad laboral activa de los condenados y el reconocimiento de los quebrantos normativos. El balance deriv\u00f3 en las penas de cumplimiento condicional, acompa\u00f1adas de una regla de conducta: fijar domicilio y no modificarlo sin autorizaci\u00f3n del tribunal durante tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>Detr\u00e1s del expediente, de los certificados y de los peritajes, queda una realidad de ladrillo y cemento. Las primeras 80 viviendas del ACU 743\/13 se terminaron y se entregaron a fines de 2018; all\u00ed fueron reubicadas familias de un asentamiento del barrio San Isidro. La segunda etapa, en cambio, qued\u00f3 inconclusa. Diecisiete casas nunca se empezaron, y los fondos que la Naci\u00f3n remiti\u00f3 como ampliaci\u00f3n presupuestaria -algo m\u00e1s de tres millones y medio de pesos de ese entonces- terminaron devueltos, porque el municipio no obtuvo respuesta sobre si alcanzaban para concluir la obra.<\/p>\n<p>El fallo de Concepci\u00f3n del Uruguay se inscribe en una serie de causas que, en los \u00faltimos a\u00f1os, han expuesto los mecanismos de sustracci\u00f3n de fondos p\u00fablicos en Entre R\u00edos. Lo distintivo, esta vez, es la materialidad del da\u00f1o: no se trata de un perjuicio abstracto, sino de familias que esperaron una vivienda que, en diecisiete casos, nunca lleg\u00f3 a existir. Los certificados dec\u00edan que estaban construidas. El terreno, y la Justicia, dijeron lo contrario.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 3 de julio de 2026, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepci\u00f3n del Uruguay, con la firma del vocal Mariano Sebasti\u00e1n Mart\u00ednez, dict\u00f3 la Sentencia N\u00b0 122 y conden\u00f3 a cinco personas por los delitos de peculado y falsedad ideol\u00f3gica de documentos p\u00fablicos en concurso ideal. 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