{"id":14434,"date":"2026-06-23T10:00:58","date_gmt":"2026-06-23T13:00:58","guid":{"rendered":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=14434"},"modified":"2026-06-23T10:00:58","modified_gmt":"2026-06-23T13:00:58","slug":"anularon-procesamiento-del-barbero-narco-de-concordia-porque-no-lo-indagaron-en-el-juzgado-federal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cliente1.publisher.highstack.com.ar\/?p=14434","title":{"rendered":"Anularon procesamiento del barbero narco de Concordia porque no lo indagaron en el Juzgado Federal"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div class=\"body-noticia clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<p>La C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Paran\u00e1 declar\u00f3 la nulidad absoluta del procesamiento con prisi\u00f3n preventiva de Ulises Facundo Lower, el barbero de Concordia que hab\u00eda sido capturado con m\u00e1s de un kilo de coca\u00edna y un arma de fuego en abril. El Tribunal, integrado por Beatriz Aranguren, Mateo Busaniche y Cintia G\u00f3mez, determin\u00f3 que el Juzgado Federal de Concordia vulner\u00f3 garant\u00edas constitucionales al dictar el procesamiento bas\u00e1ndose en una declaraci\u00f3n indagatoria prestada ante la justicia provincial, la cual ya no ten\u00eda competencia en la materia.<\/p>\n<p>El caso se origin\u00f3 el 14 de abril de 2026 por una denuncia por violencia de g\u00e9nero radicada ante la Jefatura Departamental de Concordia por la expareja de Lower. En su declaraci\u00f3n, la mujer no solo relat\u00f3 los hechos de violencia, sino que alert\u00f3 a las autoridades sobre la peligrosidad del hombre, asegurando que pose\u00eda un arma de fuego enterrada en la vivienda de su hermana y que se dedicaba a la venta de drogas.<\/p>\n<p>A ra\u00edz de esta informaci\u00f3n, el Juzgado de Garant\u00edas N\u00b0 2 de Concordia orden\u00f3 un allanamiento que se llev\u00f3 adelante el 18 de abril. Durante el registro de un auto VW Vento, los efectivos policiales hallaron un cargador, un<strong>a\u00a0<\/strong>pistola calibre 9 mil\u00edmetros y ladrillo de coca\u00edna, que tras el test arroj\u00f3 un peso de poco m\u00e1s de un kilo, con la marca Delf\u00edn, que indica su env\u00edo directo desde los centros de producci\u00f3n y su alta pureza.<\/p>\n<p><strong>La indagatoria de la pol\u00e9mica<\/strong><\/p>\n<p>El conflicto jur\u00eddico se origin\u00f3 en el traspaso del expediente del fuero provincial al federal. El 20 de abril, Lower fue indagado en la Fiscal\u00eda local bajo las normas del c\u00f3digo de C\u00f3digo Procesal Penal entrerriano. Cuatro d\u00edas despu\u00e9s, el juez de Garant\u00edas se declar\u00f3 incompetente en lo que respecta a la Ley de Drogas, debido a que la cantidad de droga exced\u00eda el narcomenudeo, y remiti\u00f3 las actuaciones al Juzgado Federal de Concordia.<\/p>\n<p>La jueza federal Anal\u00eda Ramponi acept\u00f3 la competencia el 6 de mayo y, el 18, dict\u00f3 el procesamiento de Lower por tenencia con fines de comercializaci\u00f3n, manteniendo su prisi\u00f3n preventiva. Pero no le tom\u00f3 una nueva declaraci\u00f3n indagatoria en sede federal, sino que dio por v\u00e1lida la realizada anteriormente en sede provincial.<\/p>\n<p>El abogado defensor de Lower, Javier Orduna, present\u00f3 un recurso de apelaci\u00f3n donde solicit\u00f3 la nulidad de todo lo actuado en la instancia federal. Sostuvo que se viol\u00f3 el principio de inmediatez y el debido proceso, ya que su asistido no tuvo la oportunidad de defenderse ante la autoridad que finalmente lo proces\u00f3.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, Orduna atac\u00f3 el fondo de la acusaci\u00f3n: sobre la calificaci\u00f3n legal, argument\u00f3 que la acusaci\u00f3n de &#8220;comercializaci\u00f3n&#8221; era conjetural. Se\u00f1al\u00f3 que, pese al kilo de coca\u00edna, en los allanamientos no se encontraron balanzas, elementos de fraccionamiento ni otros indicios t\u00edpicos del tr\u00e1fico a gran escala, por lo que solicit\u00f3 que el hecho se encuadre como \u201ctenencia simple\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, cuestion\u00f3 el riesgo de fuga mencionando que Lower es peluquero de oficio, tiene un amplio grupo familiar en Concordia y un arraigo que no fue valorado adecuadamente, por lo que consider\u00f3 que deb\u00eda ser excarcelado.<\/p>\n<p>El fiscal general interino, Jos\u00e9 Ignacio Candioti, defendi\u00f3 la validez del procesamiento. Para la Fiscal\u00eda, la declaraci\u00f3n en sede provincial era leg\u00edtima porque se realiz\u00f3 respetando las garant\u00edas constitucionales y con asistencia t\u00e9cnica. Candioti fue enf\u00e1tico al justificar la finalidad comercial de la droga: destac\u00f3 que el hallazgo de un kilogramo de coca\u00edna compactada, la presencia de una marca distintiva (el &#8220;Delf\u00edn&#8221;) y su ubicaci\u00f3n junto a un arma de fuego cargada son elementos que, valorados en conjunto, resultan incompatibles con una hip\u00f3tesis de consumo personal.<\/p>\n<p>Respecto a la prisi\u00f3n preventiva, el fiscal subray\u00f3 que existe un peligro concreto para la denunciante, quien podr\u00eda sufrir &#8220;actos de presi\u00f3n, intimidaci\u00f3n o represalia&#8221; debido a su v\u00ednculo previo con el imputado.<\/p>\n<p><strong>El fallo de la C\u00e1mara Federal<\/strong><\/p>\n<p>Al momento de resolver, la camarista Beatriz Aranguren, con la adhesi\u00f3n de Busaniche y G\u00f3mez, record\u00f3 que el art\u00edculo 36 del C\u00f3digo Procesal Penal de la Naci\u00f3n es tajante: la inobservancia de las reglas de competencia produce la nulidad de los actos. La C\u00e1mara enfatiz\u00f3 que la declaraci\u00f3n indagatoria es el acto de defensa por excelencia y que, al pasar la causa al fuero federal, era obligatorio cumplir con este rito procesal de forma independiente.<\/p>\n<p>\u201cAsiste raz\u00f3n a la defensa en cuanto postula la nulidad del auto de procesamiento, toda vez que los actos realizados por la justicia ordinaria carecen de validez como consecuencia de la declaraci\u00f3n de incompetencia material&#8221;, sentenci\u00f3 el tribunal.<\/p>\n<p>De esta manera, la C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Paran\u00e1 resolvi\u00f3 anular el procesamiento y la prisi\u00f3n preventiva dictados el 18 de mayo, devolver el legajo al Juzgado Federal de Concordia para que, con &#8220;la premura que el caso exige&#8221; dado que Lower sigue detenido, se le reciba una nueva y v\u00e1lida declaraci\u00f3n indagatoria conforme a la ley federal.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Paran\u00e1 declar\u00f3 la nulidad absoluta del procesamiento con prisi\u00f3n preventiva de Ulises Facundo Lower, el barbero de Concordia que hab\u00eda sido capturado con m\u00e1s de un kilo de coca\u00edna y un arma de fuego en abril. 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