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  • Crisis en bares y restaurantes: vence el plazo para pedir exención de ABL en CABA para gastronomía y hospedaje

    Crisis en bares y restaurantes: vence el plazo para pedir exención de ABL en CABA para gastronomía y hospedaje

    El 31 de marzo próximo es la fecha límite para que los establecimientos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires soliciten la exención del ABL por seis meses, una medida destinada a atenuar el impacto de la caída de la actividad en el sector gastronómico y hotelero. La resolución, promulgada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), está dirigida exclusivamente a bares, restaurantes y hoteles, rubros que evidencian una clara retracción en la demanda y en el movimiento comercial.

    Hasta el momento, 4.267 contribuyentes ya accedieron a este beneficio fiscal, lo que demuestra el alcance de la política de alivio impulsada por la administración porteña. La exención cubre el impuesto correspondiente al período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026. Así, la AGIP pretende acompañar a un sector considerado estratégico para la economía y el turismo de la ciudad.

    Para acceder al beneficio, los propietarios o responsables de bares, restaurantes y hoteles deben presentar una solicitud formal mediante el sistema Trámites a Distancia (TAD), disponible en https://tad.buenosaires.gob.ar/. La tramitación es obligatoria y debe efectuarse antes del vencimiento, fijado para el 31 de marzo. Esta medida administrativa se presenta como una de las principales herramientas fiscales locales para sostener un sector con fuerte incidencia en el empleo y en la actividad económica urbana.

    Cada solicitante deberá consignar información precisa y detallada: número de partida inmobiliaria y el domicilio de explotación, que debe estar correctamente registrado en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE). Si el inmueble funciona bajo un contrato de locación o comodato, es imprescindible indicar la fecha de inicio y de finalización del contrato, así como el nombre y apellido o la razón social del locatario o comodatario y el CUIT cuando corresponda.

    El formulario exige además que el solicitante declare la actividad económica desarrollada en el inmueble según la clasificación del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES). Solo podrán acceder a la exención las actividades declaradas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que estén asociadas a la gastronomía y al hospedaje.

    Calificada por la AGIP como un alivio fiscal, la medida responde a un contexto de fuerte retracción del sector. Comercios gastronómicos y hoteleros han reportado caídas en la actividad en los últimos meses, lo que llevó a la administración porteña a priorizar políticas que reduzcan la carga tributaria. El objetivo declarado es evitar cierres definitivos y proteger los puestos de trabajo vinculados a estos rubros.

    La exención contempla situaciones especiales para quienes ya abonaron las cuotas 1, 2 y/o 3 del ABL 2026 antes de solicitar el beneficio. En esos casos, la AGIP descontará automáticamente lo pagado del saldo de las cuotas restantes del ejercicio. De ese modo, quienes efectuaron pagos anticipados no pierden el beneficio: el sistema ajusta el saldo pendiente en función de la exención otorgada.

    Para quienes optaron por abonar el ABL de manera anticipada cubriendo la totalidad del año, la normativa prevé la generación de un crédito fiscal equivalente a la mitad de lo abonado. Ese crédito se imputará automáticamente en las cuotas correspondientes al año 2027, ofreciendo un mecanismo de compensación que evita la doble imposición y protege el equilibrio financiero de los contribuyentes.

    La implementación de esta exención atiende tanto a reclamos del sector como a la evidencia de la caída de la actividad. El sector gastronómico y hotelero forma parte de una de las cadenas de valor más amplias de la ciudad, con alto impacto en el empleo y en el movimiento turístico. La AGIP identificó a estos rubros como prioritarios para sostener la recuperación económica en un contexto de debilidad de la demanda interna.

    El trámite, canalizado por TAD, exige que los contribuyentes reúnan y adjunten toda la documentación respaldatoria, incluidos los datos contractuales y registrales. La administración porteña dispuso que la evaluación se realice con celeridad para que los beneficiarios puedan acceder al alivio fiscal lo antes posible. Además, la automatización de descuentos y créditos busca evitar trámites presenciales y reducir la carga administrativa tanto para los contribuyentes como para la administración.

    El beneficio no se otorga de manera automática: exige una solicitud expresa, por lo que los responsables de bares, restaurantes y hoteles deben prestar atención a requisitos y plazos. La AGIP aclaró que solo se considerarán las solicitudes presentadas hasta el 31 de marzo de 2026. La omisión de este trámite implicará la imposibilidad de acceder al beneficio para el semestre correspondiente.

    La exención de ABL para el sector gastronómico y hotelero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se inscribe en una serie de medidas fiscales destinadas a sostener la actividad económica local. Focalizar el alivio en estos rubros responde a su rol en la generación de empleo y su aporte a la recaudación. Según datos oficiales, los más de 4.000 inmuebles beneficiados representan una porción significativa del total de establecimientos de la ciudad.

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